Puesta A Disposicion
Enviado por wendoku • 9 de Septiembre de 2014 • 2.096 Palabras (9 Páginas) • 278 Visitas
SECRETARIA DE GOBERNACIÓN
INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN
DELEGACIÓN FEDERAL EN OAXACA.
ASUNTO: DENUNCIA DE HECHOS Y PUESTA A DISPOSICIÓN.
OFICIO NÚM. DFCHIS/SLHHTN/XXXX/2014.
HUEHUETAN, CHIAPAS; 08 DE SEPTIEMBRE 2014.
AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA FEDERACIÓN
PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
TAPACHULA, OAXACA
P R E S E N T E.
JUAN PITAS, MELVIN LOPEZ, MIGUEL ETCETERA, Agentes Federales de Migración, comisionados en la Caseta de Inspección migratoria denominada Huehuetan, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en el carretera costera kilometro 267+800 Huehuetan Estación, Chiapas, exactamente en las oficinas de la Subdelegacion Local del INM en Huehuetan, Chiapas; ante Usted con el debido respeto comparecemos y exponemos:
Que con fundamento en lo establecido por el artículo 16, 21 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 162 de la Ley de Migración; 2 y 117 del Código Federal de Procedimientos Penales, por medio del presente me permito PONER A SU DISPOSICIÓN a la persona que manifestó llamarse MAURILIO AYALA GARCIA y VICTORINO HERNANDEZ GARCIA, quienes manifestaron ser de nacionalidad MEXICANA, con la calidad de PROBABLES RESPONSABLES POR LA COMISIÓN DEL DELITO PREVISTO Y SANCIONADO POR EL ARTICULO 159 FRACCION III, 162 DE LA LEY DE MIGRACIÓN EN CONCORDANCIA CON EL ARTICULO 200 PARRAFO SEGUNDO DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE MIGRACION y DEMAS APLICABLES Y/O LO QUE RESULTE, en base a los siguientes hechos:
Que los suscritos, ostentamos el cargo de Agentes Federales de Migración adscritos a la Delegación Federal Chiapas, al estar realizando labores de revisión migratoria comisionados a la Caseta de Inspección Migratoria denominada Huehuetan, siendo alrededor de las 12:00 horas del día de hoy 08 ocho de septiembre 2014 dos mil catorce, en el punto de revisión carretero ubicado en el kilometro 267+800 de la carretera Costera Federal 200 tramo Tapachula–Huehuetan, se le marcó el alto a un vehículo particular marca Nissan, modelo 2005, color Gris, con placas de circulación del estado de Oaxaca numero TKV-1414, con tarjeta de circulación G 068847, a favor de Jose Guadalupe Lopez Sanchez, con numero de motor GA16836141T, con número de serie 3NIEB3ISX5K316929, el cual detuvo su marcha, procediendo a pedirles una identificación el conductor manifestó llamarse MAURILIO AYALA GARCIA, dijo ser originario de Oaxaca y que no portaba ningún documento de identificación. Seguidamente el copiloto del vehículo manifestó llamarse VICTORINO HERNANDEZ GARCIA, quien se identificó con Credencial para Votar número IDMEX1212871648<<1816076545039, con domicilio BARR CENTRO 70934, SANTA MARIA COLOTEPEC, OAX, y posteriormente nos percatamos que en el interior del vehículo se encontraban en la parte de atrás 2 personas, quienes al solicitarle una identificación mostraron una actitud nerviosa exhibiendo cada uno credencial para votar con fotografía, el primero a nombre de MARCO ANTONIO ROJAS CRUZ, con domicilio en EL C POPOYOTE SN, LOC EL POPOYOTE 70946, SANTA MARIA TONAMECA, OAXACA, con número de folio 1925115603185, el cual los rasgos físicos de la fotografía no coinciden con la persona que portaba dicha credencial para votar, por lo cual al entrevistarlo de manera minuciosa se contradijo en su nombre en diferentes ocasiones, posteriormente aceptó ser de nacionalidad GUATEMALTECA quien se identificó con Documento Personal de Identificación (DPI) número 2622-66520-1420 a nombre de ABNER NOE ALVAREZ LOPEZ con fecha de nacimiento 27 de diciembre de 1983 originario de Quesada Jutiapa de la Republica de Guatemala; posteriormente la segunda persona que viajaba en la parte trasera del vehículo como pasajero presentó credencial para votar con fotografía a nombre de PEDRO JIMENEZ MARTINEZ, con domicilio VENTANILLA SN, LOCALIDAD VENTANILLA 70934, SANTA MARIA COLOTEPEC, OAXACA con número de folio 1824095486644, el cual de la misma manera los rasgos físicos de la fotografía no coinciden con la persona que portaba dicha credencial para votar, por lo que manifestó ser de nacionalidad GUATEMALTECA, de nombre NELSON ESTUARDO MEJIA ESQUIVEL de fecha de nacimiento 01 de abril de 1980, originario de Ixcan, Playa Grande, Quiche, Guatemala, ambos extranjeros manifestaron que las personas que los transportaban en el interior del vehículo marca Tsuru ya descrito, saben que responden a los nombres de MAURILIO AYALA GARCIA y VICTORINO HERNANDEZ GARCIA, quienes les cobrarían la cantidad de 12,000 doce mil Quetzales a cada uno por llevarlos hasta la Ciudad de Reynosa Tamaulipas, habiendo pagado únicamente la cantidad de 6,000 seis mil quetzales hasta el momento y que al llegar a su destino final les pagarían el resto de la cantidad en dinero acordada; motivo por el cual al advertir probable conducta ilícita procedimos a asegurar al C. MAURILIO AYALA GARCIA y VICTORINO HERNANDEZ GARCIA, y resguardar a las 02 personas de nacionalidad extranjera de nacionalidad Guatemalteca en esta Subdelegación Local de Huehuetan, para la debida integración de la presente puesta y certificación medica.
A entrevista de los suscritos, Maurilio Ayala García manifestó que iban hacia el norte, por lo que procedimos a solicitar sus pertenencias a fin de ser puestas también a disposición de la Autoridad Investigadora, siendo que en el teléfono celular marca LG número 9541328390 de su propiedad, se lee en el Whats App, una conversación con WILO, en la que se advierte que se encontraban consiguiendo credenciales de elector de personas que presentaran parecido físico con los extranjeros y hacen diversas manifestaciones en relación al ilícito de tráfico de personas, por lo que se realizaron tomas fotográficas de la conversación mismas que se agregan en placas fotográficas para que obren como corresponda.
Así mismo se hace del conocimiento a esta representación social que en todo momento se actuó con estricto apego a derecho y respetando las garantías individuales de los involucrados en los hechos y respetando los derechos humanos reconocidos en la constitución Federal y la ley de la materia.
Por estos hechos se pone a su disposición a las personas quienes dijeron llamarse MAURILIO AYALA GARCIA y VICTORINO HERNANDEZ GARCIA, ambos de nacionalidad Mexicana, con calidad de PROBABLES RESPONSABLES POR LA COMISIÓN DEL DELITO PREVISTO Y POR EL ARTICULO 159 FRACCION III, 162 DE LA LEY DE MIGRACIÓN EN CONCORDANCIA CON EL ARTICULO 200 PARRAFO SEGUNDO DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE MIGRACION
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