RECURSO DE AMPARO ADMINISTRATIVO CONTRA EL INE Y UNION FENOSA
Enviado por msanchez2014 • 4 de Marzo de 2015 • 2.366 Palabras (10 Páginas) • 684 Visitas
Recurso de Amparo
Honorable Sala Civil del Tribunal de Apelaciones circunscripción Managua
Soy, xxxxxxxXXXXXXXXXXXXX, mayor de edad, casado, abogado y del domicilio de Managua, quien se identifica con cedula de identidad ciudadana numero XXXXXXXXXXX. Ante Vosotros con el debido respeto comparezco, expongo y digo:
El Recurrente:
Señor: XXXXXXXXX, mayor de edad, casado, abogado y del domicilio de Managua, quien se identifica con cedula de identidad ciudadana numero XXXXXXXX Interpone este recurso en su calidad personal como usuario del servicio de Energía Eléctrica NIS numero XXXXXXX.-
Funcionarios contra quienes se interpone el Recurso
1.2. El presente Recurso se interpone en contra de los siguientes funcionarios, de conformidad con lo estipulado en la Ley de Amparo:
1. El Señor Jose David Castillo Sanchez, Presidente del quien en su calidad de Presidente del Consejo de Dirección del Instituto Nicaragüense de Energía (INE). Es rector de la normativa, así como es superior jerárquico de los otros funcionarios del INE recurridos.
2. El Señor Jose Antonio Castañeda Méndez, Miembro del Consejo de Dirección del Instituto Nicaragüense de Energía (INE). Mayor de edad, casado y del domicilio de Managua, quien en tal calidad Administra la normativa Nacional de energía eléctrica en conjunto con los otros funcionarios recurridos.
3. El Señor Jose Manuel Obando Solano, Miembro del Consejo de Dirección del Instituto Nicaragüense de Energía (INE). Mayor de edad, casado y del domicilio de Managua, quien en tal calidad Administra la normativa Nacional de energía eléctrica en conjunto con los otros funcionarios recurridos.
Acto Impugnado
2. A) La arbitraria e injusta Resolución Numero INE. 0XXXXX-01-2015, aprobada por el Consejo de Dirección en sesión Ordinaria del día catorce de enero del dos mil quince. Y
B) La Arbitraria e Injusta Resolución Numero INE. XXXXXXX-02-2015, aprobada por el Consejo de Dirección en sesión Ordinaria del día Once de febrero del dos mil quince. Por entender que tanto la Resolución del Instituto Nicaragüense de Energía (INE), providencia del ….. de enero del dos mil quince, como la resolución denegatoria realizada por el consejo Directivo del INE, en la vista de mi recurso de revisión y posterior recurso de apelación por la vía administrativa respecto de la petición de suspensión del cobro indebido que me ha estado realizando Unión Fenosa, Disnorte Dissur, la misma efectuada por mi en fecha …….., han vulnerado mi derecho a la igualdad entre todos los nicaragüenses por cuanto mis recursos no son escuchados como consumidor del servicio de energía eléctrica. Que garantiza el
Artículo 27.- Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho a igual protección. No habrá discriminación por motivos de nacimiento, nacionalidad, credo político, raza, sexo, idioma, religión, opinión, origen, posición económica o condición social. De la Constitución política de la Republica.
Antecedentes de los Actos que se Impugnan
3. Durante el Mes de Junio del año dos mil once, solicite el servicio de energía eléctrica por primera vez, (medidor nuevo), en la ubicación que sita: XXXXXXXXXXXXXXXXX
Durante el primer mes de consumo la factura me llego por un monto que aunque alto para la ubicación de mi vivienda y los equipos electrodomésticos que poseo, estaba dentro de lo razonable y la cual pague por evitarme problemas posteriores por mora, en la siguiente facturación correspondiente al mes de Julio el consumo se disparo casi en un 200% en relación a la primera factura.
Inicialmente lo asocié con el alta en el costo de la energía, pero después vi con consternación que los meses subsiguientes se mantenía la tendencia alcista y fue entonces que a partir de la facturación de Agosto 2011 procedí a reclamar y así consecutivamente mes a mes, factura tras factura, una mayor que la siguiente, he agotado todas las vías administrativas del reclamo desde la primera instancia hasta la Junta Directiva del INE, en cada caso, en cada mes, y quienes nada más han ido ratificando una tras otra las facturaciones emitidas por Disnorte Dissur, a pesar de mis argumentos probatorios de alteración del consumo:
Más que evidente en el recuadro siguiente donde esquematizo el abismo que existe entre la primera factura de Junio 2011 y la factura de Octubre del 2014, como pueden observar de C$ 745.70 mi factura ha subido a 6,302.66. Para un incremento en el monto de mi factura del 88% y siendo que yo no he realizado cambios en mis equipos electrodomésticos, ni en mis hábitos de uso de energía, es inconcebible e inaudito este incremento.
Factura # Consumo Mes Facturado KWH Lectura anterior Días Cobrados Monto de Factura
XXXXXXX Del 28/10/2014 al 27/11/2014 Noviembre
609 22713 30 C$5,367.54
XXXXXXXXXX Del 27/09/2014 al 28/10/2014 Octubre
676 22037 31 C$6,302.66
XXXXXXXXXXXX del 16/06/2011 al 27/06/2011 Junio/2011 143 0 11 días C$ 745.70
Es Inaudito que el incremento en mi consumo se halla elevado de 13 KWT por día que según Disnorte yo consumía en Junio del 2011, a 21.8 KWT por día en la actualidad. Pero no es solamente esa la disparidad e incongruencia sino que YO NO HE REALIZADO NINGUN CAMBIO EN MI DOMICILIO, sigo teniendo los mismos equipos que tenía antes, la misma rutina, las mismas personas habitamos la vivienda, NO HAY RAZON PARA EL ALTA DEL CONSUMO DE ENERGIA.
En su resolución los señores del consejo directivo de INE, REPITEN COMO CAJA DE RESONANCIA, que la variación se debe a las horas de uso de los artefactos y a los días facturados, y que por lo tanto ese consumo facturado es real. Si ustedes honorables magistrados observan el recuadro, verán que este argumento no tiene validez pues es más que evidente la tendencia alcista de mi factura entre un mes y otro, sin justificación alguna pues como repito yo no he realizado ningún cambio en mi casa.
Veamos el desglose.
Días facturados octubre 31 días facturados noviembre 30
KWT octubre 676 KWT noviembre 609
Monto factura octubre 6,302.66 Monto factura octubre 5,367.54
Honorables Señores Magistrados quiere decir que en UN DIA yo consumí 87.30 KWTT equivalentes en córdobas a C$935.12.- sin más ni más, porque según los señores del Consejo Directivo del Ine, la factura varía por los días facturados y el consumo. Honorables señores, las rutinas en los hogares son constantes, las personas no cambian los hábitos diariamente ni
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