RECURSO DE QUEJA POR EXCESO O DEFECTO EN LA EJECUCIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO
Enviado por ciroascencio • 13 de Julio de 2018 • Reseña • 1.580 Palabras (7 Páginas) • 673 Visitas
RECURSO DE QUEJA POR EXCESO O DEFECTO EN LA EJECUCIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO
JUICIO DE AMPARO 783/2014
CUADERNO PRINCIPAL
C. JUEZ TERCERO DE DISTRITO EN EL
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR
CON RESIDENCIA LA PAZ.
P R E S E N T E
ALFREDO ARROYO MARQUEZ, en mi calidad de tercero perjudicado, personalidad que debidamente tengo acreditada en autos del EXPEDIENTE citado al rubro, con toda atención y respetuosamente comparezco y digo:
Que a través del presente ocurso de conformidad con las disposiciones de los artículos de conformidad con lo dispuesto por los artículos 97 fracción e , inciso a) 98 , 99 100, 101, 102 103 y demás relativos de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, acudo a promover por mediación de su Señoría El CORRESPONDIENTE RECURSO DE QUEJA POR DEFECTO Y EXCESO EN EL CUMPLIMIENTO DE LA EJECUCION DE SENTENCIA DEL PRESENTE JUICIO DE AMPARO , lo anterior en razón de los hechos que por este medio denuncio los cuales son imputables a los c.c. :
MAGISTRADO DE LA PRIMERA SALA UNITARIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA ENTIDAD CON RESIDENCIA BIEN CONOCIDA EN LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR.
JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL PARTIDO JUDICIAL DE LA PAZ. CON DOMICILIO BIEN CONOCIDO EN LA CIUDAD DE LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR.
LO ANTERIOR SE DEDUCE DE LOS SIGUIENTES;
H E C H O S
PRIMERO. En fecha seis del mes de diciembre del año dos mil cuatro, ante la fe del licenciado HECTOR CASTRO Y CASTRO, Notario Público Número (7) de la Entidad, se expidió la escritura pública 59927, cincuenta y nueve mil novecientos veintisiete del volumen (932) novecientos treinta y dos relacionada con un acto de adjudicación del predio identificado como inmueble lote número 8 de la manzana 143 ubicado en la esquina que forman las calles de ROSARIO MORALES Y JOSE MARIA MORALES de la colonia Juárez en Cabo San Lucas B,C,S, con clave catastral 402-002-162-08,
SEGUNDO. La escritura de merito fue presentada para su inscripción en el registro publico de la Propiedad y el Comercio de los Cabos asignándole el regisro
LAS AUTORIDADES HOY RESPONSABLES DE MANERA DESLEAL E IRRESPONSABLE OCULTARON A SU SEÑORIA, JUEZ TERCERO DE DISTRITO QUE CON ANTELACION A LA PRESENTE DEMANDA DE AMPARO, DIRECTO DICHAS AUTORIDADES JUNTO CON EL DIRECTOR DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y EL COMERCIO DE LOS CABOS, EL JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL Y FAMILIAR CON RESIDENCIA EN CABO SAN LUCAS BAJA CALIFORNIA SUR Y EL NOTARIO PUBLICO NUMERO SIETE EL REGISTRO 54 DEL VOLUMEN X E.P. DE LA SECCIÓN I, DE FECHA 09 DE JULIO DE 1996 EN LO CONDUCENTE A LA CANCELACIÓN DE LA ANOTACIÓN DE LA ESCRITURA PÚBLICA 59,927 DEL VOLUMEN 932 DE FECHA 06 DE DICIEMBRE DEL 2004 DEL NOTARIO PÚBLICO NUMERO 07 DEL ESTADO
EL LA IMPOSIBILITADOD JURIDICA QUE TIENEN PARA CUMPLIR CON EL TRAMITE DE EJECUCION EN LOS TERMINOS QUE SE LES PRECISA EN SU ATENTO AUTO DE FECHA ______________., LO ANTERIOR POR LA GRAVE OMISION DE SU PARTE DE NO DARLE CUENTA COMO LO PRECISA LA LEY DE LA MATERIA DE ENTEREARLE QUE ESTAS MISMAS AUTORIDADES, SON AUTORIDADES RESPONSABLE FRENTE AL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO 599/2013 SUSTANCIADO CON TODAS LAS FORMALIDADES DE LA LEY ANTE DICHO ORGANO COLEGIADO, EL CUAL LES TIENE POR CUMPLIDA Y EJECUTADA LA EJECUCION DE LA SENTENCIA DERIVADA DE DICHO PROCESO CUYA SENTENCIA FIRME Y EJECUTORIADA CAUSO ESTADO DE COSA JUZGADA Y POR TAL VIRTUD ENTERARON A ESA SUPERIORIDAD QUE HABIAN CUMPLIDO CON LA MISMA; DECLARANDO LA NULIDD ABSOLUTA DE LA ESCRITURA PUBLICA ___________Y ASI MISMO EN EJECUCION DEL FALLO PROTECTO PROCEDIERON EN EL AMBITO DE SUS ATRIBUCIONES A CANCELAR LOS ASIENTOS REGISTRALES DE DICHO DOCUMENTO EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y EL COMERCIO, CUYO DIRECTOR QUE NO ES AUTORIDAD RESPONSABLE EN EL PRESENTE PROCEDIMEINTO CIRCUNTANCIA QUE LE OBLIGABA A RECHAZAR TODO ACTO QUE MDIFICARA LA EJECUCION DE SENTENCIA DEL JUICIO DE AMPARO DIRECTO 599/2013 CUYA COPIA AGREGO AL PRESENTE ESCRITO PARA ACREDITAR QUE EL PASADO DIA 25 DE MAYO DEL PRESENTE DOS MIL DIECIOCHO ESTA AUTORIDAD DOLOSA E IRRESPONSABLEMENTE ACATO LA ORDEN DE LAS AUTORIDADES RESPONSABLES EN EL PRESENTE JUICIO DE AMPARO, ESPECIFICAMENTE DEL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL PARTIDO JUDICIAL DE LA PAZ. CON DOMICILIO BIEN CONOCIDO EN LA CIUDAD DE LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR. CONTENIDA EN EL OFICIO 251/2018 DEL CUAL ANEXO COPIA A TRAVES DE ATENTO EXHORTO ORDENO AL DIRECTOR DEL
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