REFORMA AGRARIA
Enviado por Susi0505 • 26 de Marzo de 2013 • 2.392 Palabras (10 Páginas) • 318 Visitas
INDICE
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1.- INTRODUCCIÓN………………………………………………………………………………….. 1
2.- LEY DE REFORMA AGRARIA 1961 Y SUS IMPLICACIONES.……………………... 2
3.- LEY DE TIERRAS 2001 Y SUS IMPLICACIONES…………………………………… 4
4.- CONCLUSIÓN…………………………………………………………………………….. 6
8.- BIBLIOGRAFIA…………………………………………………………………………… 7
INTRODUCCIÓN
Una Reforma agraria, es el conjunto de medidas políticas, económicas, sociales y legislativas cuyo fin es modificar la estructura de la propiedad y producción de la tierra. Las reformas agrarias buscan solucionar dos problemas interrelacionados, la concentración de la propiedad de la tierra en pocos dueños (latifundismo) y la baja productividad agrícola debido al no empleo de tecnologías o a la especulación con los precios de la tierra que impide o desestima su uso productivo.
Las formas de cambiar la tenencia de la tierra son por medio de la expropiación de la tierra sin indemnización o mediante algún mecanismo de compensación a los antiguos propietarios. Generalmente los resultados sociales son la creación de una clase de pequeños y medianos agricultores que desplazan la hegemonía de los latifundistas. A continuación hablaremos sobre Ley de Reforma agraria de 1961, Ley de Tierras de 2001 y sus implicaciones.
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LEY DE REFORMA AGRARIA 1961 Y SUS IMPLICACIONES
En Venezuela, desde la conquista, los productores agrícolas han tenido acceso a la tierra agrícola mediante procesos esencialmente no mercantiles (invasión, clientelismo, uso de poder político, etc.).Sin embargo, desde fines de los años cincuenta, se ha desarrollado un mercado de la tierra en el ámbito nacional, al cual los agricultores y ganaderos se dirigen a realizar sus ofertas y demandas. Este mercado se compone de tierras privadas así como bienhechurías fomentadas en terrenos públicos. En este sentido la reforma agraria, iniciada en Venezuela hace 41 años, ha jugado un papel relevante al titular las ocupaciones formalmente ilegales herederas de la composición colonial. El desarrollo histórico de la distribución de la tierra en Venezuela dio como resultado un sistema dicotómico de propiedad donde predomino un sistema de plantación-conuco en la región central y un sistema de ganadería intensiva en el hato de los llanos. Las plantaciones orientaban su producción al mercado externo. Estos dos sistemas de producción fueron determinando un patrón de concentración de la propiedad debido a su expansión productiva. Por su lado, la producción familiar campesina corresponde a una evolución de las formas indígenas (áreas de los Andes, y el Macizo Oriental) o de los pueblos de misiones. El sistema de producción campesino, al no tener una vocación expansiva ha visto reducido, en términos relativos, su participación en la tenencia de la tierra. Este panorama histórico puede considerarse, en términos generales, como representativo de la tenencia de la tierra hasta avanzado el siglo XX, a pesar de la pérdida de vigencia de la hacienda como eje de desarrollo agrícola en la región central a partir de los años veinte. A partir de 1950, se desarrollan medianas empresas con características tecnológicas nuevas cuya producción se orienta hacia el mercado interno.
Para 1961, las empresas de mediana superficie aportaban alrededor del 50% de la producción agrícola del país. Al mismo tiempo, el hato llanero inicia un proceso de modernización mientras buena parte del sistema productivo de las haciendas se va reestructurando hacia explotaciones medianas debido en particular a la reforma agraria. El proceso de reestructuración da origen al desarrollo de unidades de explotación campesinas que aplicaron paquetes tecnológicos de explotaciones medianas dando lugar a la sub-optimización de los recursos. Todas estas formas de desarrollo productivo agropecuario obtuvieron el control de la tierra en el marco de procesos políticos en los cuales el Estado ha ocupado siempre un papel determinante. Los sucesivos gobiernos, desde la Corona hasta la actual Administración, organizaron la transferencia al control privado del patrimonio territorial público.
El proceso fue cambiando de figuras jurídicas que van de la merced colonial a los programas vigentes de reforma agraria, pasando por las enajenaciones de baldíos en el siglo XIX. Gran parte de las reformas jurídicas regularizaron situaciones de hecho originadas en la ocupación o en el despojo.
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Algunos estudios destacan la importancia de la reforma agraria implementada a partir de 1958, pero los resultados obtenidos no parecen coincidir con las opiniones emitidas. Al observar la evolución de la tenencia de la tierra, vemos que la reforma agraria no tuvo influencia decisiva en el ámbito de transformación de la estructura de explotaciones pequeñas. Esencialmente existió un incremento de la importancia relativa (de 20,3% a 34,3%) de la superficie de las explotaciones de tamaño medio (de 50 a 1.000ha), las cuales supuestamente no eran el objetivo central de la reforma agraria. En cambio, las pequeñas explotaciones ven su importancia relativa estancarse (alrededor del 8%).Si bien la reforma agraria fue poco activa en el proceso de redistribución de la tenencia entre los pequeños agricultores, cumplió un papel esencial en la transferencia de tierras públicas a manos privadas y en el desarrollo del mercado de tierras.
En el período 1961-1992, la transferencia de la tenencia (ya que a ésta se refiere, y no a la propiedad) en terrenos públicos se adquiere (o se formaliza) a través de dos procesos: el otorgamiento de títulos supletorios y la reforma agraria. Los títulos supletorios son otorgados por los tribunales de primera instancia. Formalizan el reconocimiento de la propiedad de un productor sobre bienhechurías (especificadas en el título) Fomentadas en terrenos públicos. La reforma agraria tampoco transfiere la propiedad: los títulos de” propiedad" de todo tipo entregados por el organismo responsable de su implementación Instituto Agrario Nacional (IAN) dejan a éste el control absoluto de la facultad de disponer del destino de la tierra. El beneficiario no la puede vender sino solamente traspasar
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