REFORMA LABORAL EN MEXICO
Enviado por JMRDSR • 6 de Marzo de 2013 • 3.808 Palabras (16 Páginas) • 419 Visitas
REFORMA LABORAL
La nueva reforma laboral, cuya iniciativa acaba de ser aprobada en la Cámara de los Diputados, ha dividido a nuestro País entre los que temen despidos masivos y una mayor escases de empleo, y los que creen que con los nuevos cambios existen más posibilidades de tener una economía emergente y competitiva.
La reforma, uno de los cambios estructurales pedidos por el empresariado, que llevaba 42 años estancada en México, está ahora en manos del Senado, que la analizara y discutirá, con la facultad de poder modificarla.
La minuta que discute el Senado tiene ventajas y desventajas para los trabajadores.
VENTAJAS DE LA NUEVA REFORMA LABORAL:
Una de las cosas más positivas de la propuesta de esta Reforma Laboral es que pugna por que los sindicatos como son la CTM, CROC, FROC, SNTE y demás que ya han mencionado que no aceptarán, es que deberán rendir cuentas y manejaran de manera transparente sus cuotas.
El presidente Calderón incluyó en su iniciativa varios preceptos para forzar a los sindicatos a rendir cuentas a sus agremiados, pero esta propuesta no prosperará por la negativa del PRI a aceptarla y del PAN a defenderla. El tricolor defiende a sus organizaciones y centrales obreras corporativas y al blanquiazul lo único que le interesa es favorecer los intereses de los empresarios para contratar y despedir gente sin darles prestaciones ni indemnizarlos.
Otro punto rescatable que podemos ver dentro de esta iniciativa presidencial, es prohibir el empleo a menores de 14 años de edad. También se quiere impedir que menores de 18 años se desempeñen en las minas y se pretende mejoras las condiciones humanas y laborales en dichos centros de trabajo, con la garantía de que los mineros tendrán aire y elementos técnicos de protección, y así poder evitar accidentes como los que últimamente son muy sonados.
Además, una propuesta novedosa y muy del mundo actual es apoyar el trabajo en línea, aquel que se realiza a distancia, utilizando tecnologías de la información y la comunicación como formas de empleo en casa, lo cual significaría un paso hacia el futuro.
Además propone aumentar el monto de indemnización por muerte del empleado, suprimir las juntas federales y locales de conciliación y arbitraje, suprimir la llamada “cláusula de exclusión por separación”.
Un punto muy rescatable de la iniciativa es alentar el voto libre, directo y secreto en la elección de la directiva sindical y promover la rendición de cuentas por parte de las organizaciones laborales, aunque todo apunta que el PRI ya logró eliminar a sus sindicatos y organismos corporativos la molestia de tener que rendir cuentas.
LO NEGATIVO DE LA REFORMA CALDERÓNICA
Entre las propuestas de Felipe Calderón que lesionan a los trabajadores están las de legalizar el pago por horas, ya que se da a los empresarios la facilidad legal de prorratear los salarios de los empleados, con el pretexto de que solamente se les contrató por 3 o 4 horas. Otra falla grave de la reforma del presidente es que faculta a los empleadores para despedir a la gente sin derechos luego de 6 meses de emplearlos.
Una grave omisión de la propuesta laboral calderónica es que no limita ni regula los fondos públicos que los gobiernos federal y estatales dan a sindicatos como el SNTE o el de los petroleros. Tampoco incluyó precepto alguno que garantice que los salarios mínimos, ahora sí, garanticen una vida digna para la gente.
Un ataque más de Felipe Calderón contra los trabajadores es que su propuesta acaba con la indemnización de 90 días de salario a los empleados cesados sin justificación y, por el contrario, da a los empresarios un libertinaje legal total para contratar y despedir gente, sin tener que darles prestaciones y liquidarlos cuando ya no le sirvan.
A 3 meses de acabar su fracasado sexenio, el Presidente Felipe Calderón quiere dejarles un “regalo de despedida” a los empresarios al convertir en legales las subcontrataciones u outsourcing (contratos de prueba, trabajo de temporada, etc), para que los trabajadores sean empleados un determinado tiempo sin generar derechos ni tener prestaciones.
Finalmente, otra grave falla de la reforma de Felipe Calderón es que condiciona, limita y atenta contra el derecho de huelga de los trabajadores, porque establece muchos límites y circunstancias con las que las autoridades laborales podrán declarar inválida cualquier huelga. También aumenta las exigencias y los requisitos para que un grupo de trabajadores se sindicalice o una organización laboral se convierta en la titular de un contrato colectivo de trabajo
En especial, la iniciativa presidencial establece límites temporales cerrados para que, cuando los sindicatos de funcionarios públicos decidan irse a la huelga, el gobierno federal, estatal o municipal de que se trate recurra a la justicia laboral y determine si la decisión de la institución laboral se apega a derecho o no.
La reforma laboral que se debate en México contiene aspectos interesantes y novedosos, aunque "es difícil poner números" al impacto positivo que tendría en la generación de empleos formales
Algunos pros y contras de la reforma que se discute en el Senado son los siguientes:
1. Salarios caídos. ¿Qué sucede cuando un trabajador se va a juicio con la empresa? Los salarios vencidos o caídos se deben pagar sobre el "salario integrado", de acuerdo al artículo 89 de la Ley Federal del Trabajo. Estos constituyen una indemnización para el trabajador que alegó ante la Junta de Conciliación y Arbitraje haber sido despedido injustificadamente, y que el patrón no haya acreditado en el juicio la razón por la que dio por terminada la relación con el trabajador.
La iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo pretende establecer un límite a la generación de salarios vencidos para combatir la indebida práctica de prolongar los juicios.
Desventaja: Sales Boyoli explica que los salarios caídos tienen naturaleza de "reparar un daño"; es decir, se paga al trabajador lo que dejó de percibir porque lo despidieron injustificadamente.
En la ley actual si se dicta sentencia en contra de la empresa, está obligada a pagar el total de salarios caídos.
Con la reforma se establece como tope que se paguen los salarios de un año, pero después de esos 12 meses, ese pago tendrá un interés
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