REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA C.R.B.V & Fuerza Armada Nacional
Enviado por 26290036 • 16 de Abril de 2016 • Trabajo • 1.668 Palabras (7 Páginas) • 251 Visitas
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
C.R.B.V & Fuerza Armada Nacional
Venezuela llevando a cabo el mandato de Dios y el ejemplo de nuestro libertador, de nuestros antepasados y aquellos que ayudaron que este país estuviera libremente en soberanía. Los fines supremos que permiten establecer una sociedad democrática donde el pueblo ejerza su voluntad soberana a través de la participación activa y protagónica en todos los niveles de dirección estatal. Del mismo modo desarrollar una sociedad de diferente raza y pluricultural atendiendo a las características propias del país. Igualmente lograr un estado de justicia donde cada cual reciba lo que le corresponda, también adoptar una estructura estatal federal descentralizada basada en los principios de cooperación, solidaridad, corresponsabilidad y concurrencia para así garantizar la protección y el ejercicio universal e indivisible de los derechos humanos. Para ello se establecieron los siguientes artículos a cumplirse por el estado venezolano, en este caso se explicaran los primeros 18:
ART.1-tiene como máximo fin, defender los derechos fundamentales de la República Bolivariana de Venezuela, incluyendo su inmunidad, su integridad y su autodeterminación. Resalta los valores del Libertador Simón Bolívar, como valores fundamentales de nuestra doctrina, y declara que nuestro Estado, es irrenunciablemente libre, e independiente, por lo tanto es autónomo, y tiene el derecho de estipular sus leyes, y establecerlas bajo sus parámetros establecidos, promoviendo la libertad, la igualdad, la justicia y la paz internacional. ART.2-Este artículo da por establecido el hecho de que Venezuela es un Estado que está fundamentado en la forma de gobierno basado en la Democracia, que defiende los derechos humanos, respeta la pluralidad política, y que mantiene responsabilidad social para con ciudadanos, además de que tiene como principios fundamentales, el respeto por la vida, la justicia, la solidaridad entre los conciudadanos, y la igualdad de derechos y obligaciones, para cada uno de ellos. ART.3-resalta los valores de la Educación, y del trabajo, que tiene el Estado, como recursos esenciales para alcanzar los fines personales y sociales, que requieren los ciudadanos, tales como; su defensa, su desarrollo, el respeto a su dignidad, la promoción del bienestar y la prosperidad social, el ejercicio democrático y además de permitir construir una sociedad que establezca la justicia, defienda la paz, y garantice el cumplimiento de los principios, derechos y deberes establecidos en la Constitución. ART.4-se refiere a que la República Bolivariana de Venezuela, tiene como base gubernamental, un poder descentralizado, que se rige por los principios de cooperación, solidadridad, y correponsabilidad entre otros, que destacan entre los lineamientos que sostiene la Constitución Bolivariana de Venezuela. ART.5-resalta la importancia de que la Soberanía reside directa e indirectamente en el pueblo, quien la ejerce a través del sufragio, y demás parámetros establecidos en la Ley, y que todos los órganos del Estado deben someterse a la voluntad de la misma. ART.6-tiene como finalidad establecer que el Gobierno del Estado, sólo debe estar sustentado en los principios democráticos, en la forma de gobierno descentralizado, los mandatos pueden llegar a ser revocables, siempre y cuando sea necesario, deben otorgarse a partir de elecciones, debe hacerse de forma responsable, y debe efectuarse de forma alternativa. ART.7-Este artículo le confiere a la Constitución Bolivariana de Venezuela, todo el poder jurídico, al cual todas las personas y órganos que ejercen el poder público deben estar sometidos a sus leyes establecidas. ART.8-establece que los símbolos patrios son; La bandera nacional, el himno nacional, y el escudo de armas actuales, y que tanto sus significados, características y usos, deben ser regulados mediante la ley. ART.9-establece cuáles serán idiomas de uso oficial, que deben ser respetados en todo el territorio nacional, el Idioma Castellano, y los idiomas de uso oficial por los pueblos indígenas, por ser patrimonio cultural de la Nación y de la Humanidad. ART.10-establece cómo estará constituido el territorio nacional, y sus demás espacios geográficos, los cuales se corresponderán a los de la Capitanía General de Venezuela antes del 19 de abril de 1810, y sus modificaciones solo serán resultado de los tratados y laudos aprobados que no tienen nulidad alguna. ART.11-establece los lineamientos acerca de cómo estará establecida la Soberanía de la República Bolivariana de Venezuela, y los espacios donde se ejercerá la misma. Tales como los espacios continental e insular, lacustre y fluvial, mar territorial, áreas marinas interiores, además del suelo y el subsuelo de éstos, el espacio aéreo continental, insular y marítimo y los recursos que en ellos se encuentran, sus productos derivados y los correspondientes intangibles que por causas naturales allí se encuentren. Además establece que la República tiene derechos sobre las áreas que son o puedan ser patrimonio de la humanidad, siempre y cuando se respete los términos, extensiones y condiciones establecidas en acuerdos internacionales y en la legislación venezolana. ART.12-Este artículo confiere todo el derecho de dominio público a los espacios donde existiesen yacimientos mineros, o de hidrocarburos; existentes en el territorio nacional, encontrados en el mar territorial, zona económica exclusiva, y plataforma continental respectivamente; y además enfatiza que las costas marinas son de dominio público. ART.13-Este artículo, anula totalmente toda posibilidad de que el Territorio Nacional, sea cedido bajo ningún concepto basado en un tiempo parcial o temporal, y bajo ningún proceso de traspaso, arrendamiento, a ninguna otra Nación extranjera o a otros sujetos de derecho internacional. También confiere al Estado venezolano, el derecho de mantener su espacio geográfico libre de cualquier establecimiento de bases militares extranjeras, o instalaciones que tengan algún carácter militar. Además, establece que los estados extranjeros u otros sujetos del derecho internacional, podrán adquirir inmuebles para sedes diplomáticas o de consulado, solo mediante las garantías de reciprocidad, dentro del área que se determine para ello, y respetándose lo que establezca la ley siempre con el propósito principal de salvaguardar la soberanía nacional. Queda establecido que las tierras baldías, localizadas en dependencias federales, islas fluviales o lacustres, pueden ser aprovechadas de manera que no implique transferencia de la propiedad, ni en forma directa o indirecta. ART.14-establece que los territorios que por libre determinación de sus habitantes, y con la aprobación de la Asamblea Nacional, se incorporen al territorio nacional, la ley deberá establecer un régimen jurídico especial. ART.15- Esta ley establece que el Estado, tiene la responsabilidad de implementar una política integral sobres todos los espacios fronterizos del territorio nacional, bien sea espacios terrestres, marítimos o insulares, con el fin de preservar la integridad del territorio, defender su soberanía, proteger la identidad nacional, y proteger la diversidad y el ambiente. Debe adaptarse a las características distintivas de cada frontera, adecuarse al desarrollo económico, social e integral de las mismas, y debe dictaminar una ley orgánica de fronteras, para poder establecer las obligaciones y objetivos de dicha responsabilidad. ART.16-establece que con el fin de organizar políticamente a la República, el territorio nacional se divide en el de los Estados, Distrito Capital, Dependencias federales y Territorios federales y que además, El territorio se organizará en Municipios. También establece que la división político territorial será regulada por ley orgánica, que garantice la autonomía de cada municipio, descentralice el poder político administrativo. Esta ley, podrá disponer la creación de territorios federales en determinadas áreas de los Estados, y su vigencia dependerá de un referéndum aprobatorio en dicha entidad. Además, podrá dársele la categoría de Estado, a un territorio federal mediante una ley especial. ART.17-establece cuales son las dependencias federales, e indica que son las islas marítimas no integradas al territorio de un Estado, además de las que se formen o aparezcan en el mar territorial o en la Plataforma Continental, y su régimen y administración deberás estar establecidas en la ley. ART.18-se refiere a la designación de la Ciudad de Caracas, como la Capital de la República Bolivariana de Venezuela, y que en ella, estarán establecidos los órganos del Poder Nacional. Esto, no impedirá en forma alguna, que el ejercicio del Poder Nacional, no pueda manifestarse en otros lugares de la República. También establece que una ley especial, deberá establecer todos los lineamientos relacionados a la unidad político territorial de la ciudad de Caracas, su organización, su gobierno, administración, competencia y recursos, y garantizará que su gobierno mantenga los principios de democracia y participación.
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