REQUISITOS DE LA FUSION
Enviado por gabicuil • 11 de Mayo de 2014 • 413 Palabras (2 Páginas) • 463 Visitas
REQUISITOS LEGALES DE LA FUSION
La Ley General de Sociedades Mercantiles establece como requisitos para la fusión, aquellos enumerados para la transformación:
Celebrar una Asamblea Extraordinaria.
Levantar el Acta de Fusión. Términos y condiciones de la fusión.
Solicitar y obtener autorización ante La Secretaria de Relaciones Exteriores.
Protocolización del Acta de fusión.
Publicar el acuerdo de la fusión.
Inscripción del Acta en el Registro Publico del Comercio.
Régimen Fiscal de la Fusión.
Efecto Fiscal sobre las Sociedades Fusionadas
Estas se disuelven sin llegar a liquidarse, ya que sus bienes, derechos y obligaciones, pasan a la sociedad fusionante, perdiendo así la personalidad jurídica que tenían y en consecuencia desaparecen como sociedades.
Efecto Fiscal sobre la Sociedad Fusionante
Esta adquiere los bienes, los derechos y las obligaciones de las sociedades fusionadas, reflejándose esto, por lo general, en un incremento patrimonial que aumenta su capital.
Efecto Fiscal sobre los Socios o Accionistas
Ellos reciben acciones o partes sociales de la Sociedad fusionante, al cambio de sus acciones o partes sociales de aquellas que se extinguen en la fusión.
Efecto Fiscal sobre los Acreedores
Estos se convierten en acreedores de la sociedad fusionante, si no se opusieron en tiempo a la fusión, como consecuencia del traslado a la sociedad fusionante de las obligaciones de las fusionadas que ocurren en la fusión.
Código Fiscal de la Federación
El art. 14 Establece que se entiende por enajenación de bienes.
Fraccion IX. La que se realice mediante fusión o escisión de sociedades, excepto en los supuestos a que se refiere el artículo 14-B de este Código.
Art. 14-B Fraccion I. No hay enajenación de bienes cuando:
Se presente en aviso de Fusion
Que la sociedad fusionante continúe realizando las actividades que realizaban antes de la fusión, durante mínimo un año inmediato posterior a la fecha en la que surta efectos la fusión. Salvo que se reúnan los siguientes supuestos:
1. Cuando los ingresos de la actividad preponderante de la fusionada correspondientes al ejercicio inmediato anterior a la fusión, deriven del arrendamiento de bienes que se utilicen en la misma actividad de la fusionante.
2. Cuando en el ejercicio inmediato anterior a la fusión, la fusionada haya percibido más del 50% de sus ingresos de la fusionante, o esta última haya percibido más del 50% de sus ingresos de la fusionada.
Que la sociedad que subsista o la que surja con motivo de la fusión, presente las declaraciones de impuestos del ejercicio y las informativas que en los términos establecidos por las leyes fiscales les
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