Recurso de inconfonrmidad por nulidad de notificaciones
Enviado por Lola Flores • 29 de Enero de 2018 • Práctica o problema • 893 Palabras (4 Páginas) • 287 Visitas
INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE
LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES.
H. COMISION DE INCONFORMIDADES Y VALUACION
P R E S E N T E.
ASUNTO: Se impugna notificación.
ADRIAN MONTER HERNANDEZ, representante legal de la empresa COMPAÑÍA PERFORADORA MEXICO, S. A. P. I. DE C.V., con REGISTRO PATRONAL C35-13053-10 personalidad que tengo debidamente acreditada ante este H. Instituto, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones, la casa marcada con el número 8 de Rincón Pirules, Colonia Ejidos de San Pedro Mártir, Delegación Tlalpan, Código Postal 14640 en la Ciudad de México y autorizando para actuar en los términos del artículo 19, en relación con el 200 del Código Fiscal de la Federación al Licenciado RAUL FLORES PEREZ, EDUARDO DAVID BERZUNZA PATIÑO, BEATRIZ MORALES LOPEZ y ANGÉLICA MITCHEL VALDEZ ARCOS así como a los pasantes de Derecho GUSTAVO CARRASCO ROSAS, DOLORES ANGULO FLORES, MARÍA GRISELDA CAPETILLO MATA, MYRIAM ROCÍO VÁZQUEZ VELÁZQUEZ y EDITH PEÑA VÁZQUEZ ante esa H. Comisión, respetuosamente comparezco para exponer:
Que, con fundamento en el artículo 129, fracción II y último párrafo del citado precepto jurídico del Código Fiscal de la Federación, hago valer la nulidad de notificaciones respecto de una supuesta omisión en el pago de las aportaciones al INFONAVIT, correspondiente al bimestre 1º de 2007, identificado con el número de folio 152071C3513053108, en los siguientes términos:
1. AUTORIDADES DE DONDE EMANA EL ACTO IMPUGNADO
- Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
1.2. C. Jefe del Departamento de Verificación del INFONAVIT.
2. MOTIVOS DE INCONFORMIDAD
2.1. Niego lisa y llanamente, acorde al artículo 68 del Código Fiscal de la Federación, conocer el acto que se combate, ya que igualmente niego que el mismo me haya sido dado a conocer conforme a derecho, pues desconozco totalmente tanto el acto como la notificación del mismo, ya que en forma puramente casual y accidental supe que existía, pero desconozco su contenido; por lo tanto, con fundamento en el artículo 129, fracción II y último párrafo del citado precepto legal, del Código Fiscal de la Federación, hago valer la nulidad de notificaciones, toda vez que manifiesto desconocer el contenido de la resolución, cuya notificación se impugna a través de este medio de defensa y en consecuencia solicito que el procedimiento para sustanciar el medio de defensa que se hace valer, se realice siguiendo los lineamientos de la fracción II y último párrafo del artículo 129 del Código Fiscal de la Federación.
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