ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Reforma Hacendaria Sueldos Y Salarios


Enviado por   •  3 de Abril de 2014  •  620 Palabras (3 Páginas)  •  287 Visitas

Página 1 de 3

REFORMA HACENDARIA - PERSONAS FÍSICAS CON INGRESOS POR SUELDOS Y SALARIOS.

Modificación en la tarifa aplicable.

• Incremento de la tarifa del impuesto a cargo: 32% para personas con ingresos anuales entre $750 mil pesos y $1 millón de pesos; 34% para ingresos entre $1 millón y un peso hasta los $3millones; y para ingresos superiores a los $3 millones se aplicará la tarifa del 35%.

2014

Tarifa ISR Mensual

Límite inferior Límite superior Cuota fija Por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior %

0.01 496.07 0 1.92%

496.08 4,210.41 9.52 6.40%

4,210.42 7,399.42 247.23 10.88%

7,399.43 8,601.50 594.24 16.00%

8,601.51 10,298.35 786.55 17.92%

10,298.36 20,770.29 1,090.00 21.36%

20,770.30 32,736.83 3,327.42 23.52%

32,736.84 62,500.00 6,141.95 30.00%

62,500.01 83,333.33 15,070.90 32.00%

83,333.34 250,000.00 21,737.57 34.00%

250,000.01 En adelante 78,404.23 35.00%

Deducciones personales.

Las deducciones personales estarán limitadas a la cantidad que resulte menor entre 4 SMG vigente en el D. F. elevados al año ($94,462.80) o el 10% del total de los ingresos del contribuyente incluyendo los exentos.

• Gastos médicos, dentales y hospitalarios, así como el transporte escolar obligatorio se deberá pagar mediante cheque, transferencia, tarjeta de crédito o débito o bien, de servicios para su deducibilidad. Excepto en zonas rurales sin servicios financieros.

Exenciones.

• El monto exento en enajenación de casa habitación se reduce a 700,000 UDI’s ($3,500,000.00). Dicha exención aplica únicamente si en los últimos cinco años a la fecha de la enajenación no se presentó una enajenación similar.

• Se elimina la exención en la enajenación de acciones de sociedades mexicanas, se pagará el 10% sobre la ganancia obtenida. En caso de resultar pérdida solo se aplicará contra la ganancia de la misma naturaleza. Para ingresos por dividendos se aplicará el mismo porcentaje.

Las modificaciones en las deducciones de personas morales afectarán a su vez los sueldos y salarios de personas físicas:

• Las aportaciones a fondos de pensiones y jubilaciones, así como erogaciones por remuneraciones a trabajadores (previsión social, fondo de ahorro, pagos por separación, gratificaciones, horas extras, prima vacacional, prima dominical, etc.) serán deducibles únicamente en un 53%.

• Las deducciones por concepto de remuneraciones al trabajador cuyo monto exceda de $2 mil pesos deberá pagarse mediante trasferencia electrónica desde cuentas a nombre del contribuyente.

• Las cuotas de seguridad social a cargo de los trabajadores pagadas por los patrones no serán deducibles.

• Vales de despensa otorgados a los trabajadores

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (5 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com