Reforma propuesta por Felipe Calderón
Enviado por aletz4 • 24 de Enero de 2013 • 1.389 Palabras (6 Páginas) • 424 Visitas
Reforma propuesta por Felipe Calderón (FC) Lo que dice la Ley Federal del Trabajo (en vigencia)
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Subcontratación(outsourcing)
Art 15-A.-Se regula el outsourcing y se ponen límites para la responsabilidad solidaria.
Se aprobó una adición al artículo 15, para las empresas que ejecutan obras y servicios en forma exclusiva o para otros. En la ley aún vigente no hay límites para la responsabilidad solidaria, que en todos los casos tienen una responsabilidad compartida con los trabajadores.
La CTPD modificó la propuesta de FC, pero se respetó el sentido de la iniciativa. Los cambios fueron en la redacción y no en el fondo. Se establecen límites a la responsabilidad solidaria que tienen los contratantes de las outsourcings.
Artículo 25. ...
II. Si la relación de trabajo es para obra o tiempo determinado, por temporada o por tiempo
indeterminado y, en su caso, si está sujeta a un periodo de prueba o de capacitación
inicial; Artículo 25.- El escrito en que consten las condiciones de trabajo deberá contener:
II. Si la relación de trabajo es por obra o tiempo determinado o tiempo indeterminado; Aquí agregan la parte del periodo de capacitación inicial.
Artículo 35. Las relaciones de trabajo pueden ser para obra o tiempo determinado, por temporada o por tiempo indeterminado y en su caso podrá estar sujeto a prueba o a capacitación inicial. A falta de estipulaciones expresas, la relación será por tiempo indeterminado. Artículo 35.- Las relaciones de trabajo pueden ser para obra o tiempo determinado o por tiempo indeterminado. A falta de estipulaciones expresas, la relación será por tiempo indeterminado Aquí agregan la parte del periodo de capacitación inicial, o el periodo de prueba para ver si reunimos las actitudes y habilidades antes de contratarnos.
Art 39-A: Propone los contratos de prueba hasta por 6 meses
Es una adición al artículo 39 referente a la “duración de las relaciones de trabajo”.
Se modificó la propuesta de FC. La CTPS estableció que los periodos de prueban alcanzarán una máximo de 180 días (6 meses) para cargos directivos y 30 días (1 mes) para trabajadores. Se establece que de no acreditar la competencia del trabajador, se dará por terminada la relación de trabajo, sin ningún tipo de responsabilidad social o laboral del patrón, sólo se le pagara las prestaciones devengadas por el periodo de prueba. Se generara antigüedad en caso de crearse una relación de trabajo
Art 39-B: Contratos de capacitación por 3 meses. Adición al artículo 39. Predominó la propuesta de FC, que fija una cuota de 3 meses para que el trabajador, de reciente ingreso, adquiera los conocimientos o habilidades para desempeñar su actividad. De no ser contratado, no hay responsabilidad legal del patrón para indemnizarlo con 3 meses de sueldo (como actualmente ocurre).
Artículo 39-C. La relación de trabajo con periodo a prueba o de capacitación inicial, se
hará constar por escrito; en caso contrario se entenderá que es por tiempo indeterminado. Adición al artículo 39. Aquí nos habla que se debe decir por escrito que el trabajador esta en periodo de prueba o capacitación.
Artículo 39-D. Los periodos a prueba y de capacitación inicial son improrrogables. Adición al artículo 39. Aquí no marca que los periodos de prueba no uede exceder de los marcado anteriormente.
Artículo 39-E. Cuando concluyan los periodos a prueba o de capacitación inicial y
subsista la relación de trabajo, ésta se considerará por tiempo indeterminado y el
tiempo de vigencia de aquellos se computará para efectos del cálculo de la antigüedad. Adición al artículo 39. Nos indioca que después de haber pasado el periodod de prueba se computara el mes o los dias en en cual estuvimos en dicho periodo para generar la antigüedad.
Artículo 39-F. Las relaciones de trabajo por tiempo indeterminado serán continuas por
regla general, pero podrán pactarse para labores discontinuas cuando los servicios
requeridos sean para labores fijas y periódicas de carácter discontinuo, en los casos
de actividades de temporada o que no exijan la prestación de servicios toda la semana, el mes o el año. Adición al artículo 39. Nos indica que las relación de trabajo por tiempo indeterminado que será continua.
Artículo 83: Pago por hora, sin excederse de la jornada máxima legal (8 horas) y donde patrón y empleado negocian el monto
(Actualmente dice) Art 83. El salario puede
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