Reglamento UES Facultad de Ciencias Económicas
Enviado por Joshua Rubio • 10 de Marzo de 2018 • Resumen • 742 Palabras (3 Páginas) • 434 Visitas
Universidad de El Salvador
Facultad de Ciencias Económicas
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Computación I
Ing. Erick Pérez
Grupo Teórico 25
Nombre: Carnet
Rubio Carías, Josué Daniel RC18008
Ciudad Universitaria, Domingo 18 de febrero de 2018
Resumen de artículos
Art. 111
Aquellos estudiantes que en su CUM acumulado menor a 7.0 la Administración Académica de la Facultad, los someterá a un proceso para mejorar su rendimiento, el cual se le conoce como asesoría, a cambio los que tengan arriba de 7.0 no están obligados a someterse a ese proceso
Art.116
Para un estudiante poder inscribir Unidades de Aprendizaje hay requisitos que cumplir, por ejemplo, nuevo ingreso deberán cancelar matricula de escolaridad y primer cuota del ciclo I, además de los formularios de ingreso.
Antiguo Ingreso necesita cancelar matricula y primer cuota, además de estar solvente en Bibliotecas y laboratorios y por ultimo realizar asesoría.
Reingreso deberá cancelar matricula, debe estar solvente en bibliotecas y laboratorios y haber realizado el proceso de reingreso correspondiente
Hijos de Trabajadores y Becarios o Exentos, estar solventes en bibliotecas y laboratorios, además presentar comprobante de condición de becario o exento.
Art. 118
Los estudiantes que reprueben materias, para la segunda matrícula quedan sujetos a la carga académica que se les brinde en asesoría y a dos condiciones; si se inscribe 1 en tercera matricula, puede inscribir hasta 2 materias de primera o segunda matricula, pero si lleva dos materias en tercera no puede inscribir ninguna materia adicional.
Art 120
Los estudiantes que agoten el derecho a tercera matricula se verán obligados a cambiar de carrera donde no tengan que cursar la materia no aprobada ni en tercera matricula.
Art. 121
La única condición para autorizar una inscripción condicionada es que el motivo sea el no pago de cuotas en el cual se extenderá una carta de compromiso de prórroga de pago, que al finalizar el período se pierde dicho derecho.
Art. 122
No procede la legalidad por ningún organismo ni autoridad de la categoría de estudiante oyente.
Art. 124
Cuando ocurra una modificación, y la materia de tercera matrícula desaparezca, el estudiante podrá continuar con su carrera.
Art. 125
El retiro de Unidades de Aprendizaje se puede en línea o en la Administración Académica dentro de 4 semanas de iniciado el ciclo, considerado periodo ordinario.
Art. 126
El retiro de las unidades en periodo extraordinario será autorizado por Junta Directiva a partir de la quinta a decima semana y será otorgada por motivos de fuerza mayor.
Art. 128
El retiro especial de todas las Unidades de Aprendizaje se podrá a partir de la onceava semana hasta la finalización del ciclo por causa justificada.
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