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Relaciones Laborales


Enviado por   •  24 de Septiembre de 2014  •  950 Palabras (4 Páginas)  •  138 Visitas

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1.-¿Quiénes son los facultados para aplicar la Ley de Responsabilidades del Servidor Público?

1. Las Cámaras de Senadores y Diputados del Congreso de la Unión

2. La Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Consejo de la Judicatura Federal

3. La Secretaría de la Función Pública

4. El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa;

5. Los tribunales de trabajo y agrarios

6. El Instituto Federal Electoral

7. La Auditoría Superior de la Federación

8. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos

9. El Banco de México, y

10. Los demás órganos jurisdiccionales e instituciones que determinen las leyes.

2.- JUICIO POLITICO Y CASOS EN QUE SE APLICA.

Término utilizado para designar el procedimiento para fincar responsabilidad política o oficial a un servidor público.

El órgano político al que se le encomienda el papel de juez decidirá sobre imputaciones de carácter político, como lo son las violaciones a la Constitución y a la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos según lo muestra el Diario Oficial a la fecha del 31 de diciembre de 1982, mas no penales que implican alguna violación a las leyes penales. Asi las sanciones que determine en su caso el órgano juzgador serán de carácter eminentemente político, a saber:

1.- La remoción del cargo desempeñado

2.-La inhabilitación para ocupar un cargo o desempeñar comisiones de carácter público hasta por veinte años.

El juicio político está establecido por el artículo 110, integrante del título cuarto de la Constitución, que fuera reformado en los términos actuales el 28 de diciembre de 1982.

El juicio político no procede contra el presidente de la República, al cual sólo se le podrá encausar por la comisión de delitos graves del orden común, según el artículo 108 constitucional

Los sujetos de juicio político son los siguientes servidores públicos:

*Senadores

*Diputados al Congreso de la Unión

*Ministros de la Suprema Corte de Justicia

*Magistrados de circuito

*Jueces de distrito,

*Secretarios de despacho

*Jefes de departamento administrativo (incluido el Departamento del Distrito Federal)

*Procurador general de la República

*Procurador general de justicia del Distrito Federal

*Magistrados y Jueces del fuero común del Distrito Federal

*Directores generales o equivalentes de los organismos del sector paraestatal.

Por lo que respecta a los gobernantes de los estados, diputados locales y magistrados de los tribunales superiores de justicia locales, serán sujetos de juicio político federal en lo que concierne a violaciones graves a la Constitución federal, especialmente en su título quinto y a las leyes federales.

Las legislación vigente aplicable a los servidores públicos contiene distintos tipos de responsabilidad reguladas independientemente.

La responsabilidad civil del servidor público, que se manifiesta en una reparación pecuniaria, se establece en el Código Civil para el Distrito Federal.

La responsabilidad penal, aplicable sólo después de una declaración de procedencia por la Cámara de Senadores, si se trata del presidente de la República, o por la de Diputados según sea en contra de algunos de los demás servidores, acarreará una sanción penal

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