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Relación jurídica en la cual de las partes denominada deudor se encuentra constreñida a realizar un pago


Enviado por   •  9 de Marzo de 2016  •  Apuntes  •  381 Palabras (2 Páginas)  •  243 Visitas

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Obligaciones:

Relación jurídica en la cual de las partes denominada deudor se encuentra constreñida a realizar un pago o dar una prestación o abstenerse de hacer algo, a favor de otra llamada acreedor quien tiene derecho a exigir cualquiera de las conductas señalados.

Donde surge:

  • Contratos
  • Declaraciones unilateral de la voluntad: Si en una tienda de Autoservicio destina una oferta del 1° al 15 del mes vigente en todas las cervezas.

El que por anuncios u ofrecimientos hechos al público se comprometa a alguna  prestación en favor de quien llene determinada condición o desempeñe cierto servicio, contrae la obligación de cumplir lo prometido.


[pic 1]

  • Enriquecimiento sin causa: Yo siembro zanahorias en mi huerta, pero plante zanahorias en el lote vecino que no es de mi propiedad (con conocimiento o no), las zanahorias que crezcan en mi terreno si es enriquecimiento con causa puesto que el terreno es mío, a mi me costo y le estoy sacando provecho, todo bajo la ley, pero las zanahorias que recolecte del terreno ajeno no me pertenecen porque es fruto de una propiedad ajena, pero yo las tome y me enriquecí con ellas sin causa alguna, haciendo que el dueño del terreno que tenía derecho a la ganancia de las zanahorias tuviera perdidas por que yo las tome.


[pic 2]

  • Gestión de negocios: Un profesor ve muy confundido a un alumno, entonces ofrece sus servicios gratuitamente para darle asesorías y ayudarlo en sus calificaciones.

[pic 3]

Hecho ilícitos civiles y penales: en el caso del médico que omite atender a un paciente, a su requerimiento.

[pic 4]

Incumplimiento: cubrir el monto en dinero por causar daños y perjuicio. 1663-1666, 2004-202

Formas de incumplir:

No se cumplió:

  1. Indemnización compensatoria 2007 F.I y 2008

(valor de la obligación + daños + perjuicios)

  1. Clausula penal 2018 CCP ( pena o contrato y no probar daños y perjuicios)

No se cumplió a tiempo:

  1. Indemnización moratoria 2207 F.II y 2009 (daños y perjuicios)
  2. Cláusula penal 2019 CCP ( pena y contrato y no probar daños y perjuicios)

No se cumplió de la manera convenida:

  1. Indemnización 2010 CCP ( daños + perjuicios)
  2. Cláusula penal 2020 CCP (pena)

Atributos personas físicas:

Nombre: Denominación que distingue a una persona ( Arts 63 a 73 CCP)(Art 181-183 CCP)

Denominación: nombre x

Razón social: APELLIDOS DE LOS SOCIOS

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