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Reorganizacion De Las EMpresas


Enviado por   •  1 de Julio de 2014  •  9.224 Palabras (37 Páginas)  •  307 Visitas

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AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL EN EL PERÚ

UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS

TRABAJO DE DERECHO COMERCIAL

CURSO : DERECHO COMERCIAL

TEMA : REORGANIZACIÓN DE SOCIEDADES

DOCENTE : Teofilo Gamarra

CICLO : VI

Dedicatoria

El presente trabajo esta dedicado a nuestros padres quienes con su apoyo económico y moral son la principal fuente de motivación para seguir perseverando en la lucha para conseguir en un futuro ser profesionales

Introducción

La Fusión y la Escisión son los casos modelos de reorganización empresarial, naturalmente estas pueden presentarse de manera múltiple (por ejemplo escisión de más de una sociedad a la vez) y combinada (por ejemplo escisiones combinadas con fusiones).

En síntesis, la reorganización de las sociedades descansa sobre tres pilares: transformación, fusión y escisión; siendo básicamente estas dos últimas (fusión y escisión) las más versátiles y de las cuales se desprenden otras formas de reorganización que, sin lugar a dudas, constituyen las dos caras de una misma moneda: la concentración empresarial.

Presentación

Este tema es regulado en la Ley General de Sociedades.

Toda sociedad puede transformarse en otra sociedad o persona jurídica que esté regulada por el marco legal nacional, aunque tal transformación no deriva en el cambio de la personalidad jurídica de la sociedad.

En este sentido, se debe tener en cuenta que el artículo 335º de la Leyexplica que la transformación por la que atraviese una sociedad no involucra modificación alguna de la participación porcentual que los socios tengan en la sociedad.

Ahora bien, el proceso de transformación de una sociedad debe ser llevado a cabo teniendo en cuenta los lineamientos establecidos en el marco legal vigente y en el estatuto de la sociedad o de la persona jurídica en cuanto al tema de la modificación del estatuto y del pacto social.

Uno de los derechos más importantes que tienen los accionistas es el derecho de separación y en el caso de la transformación de sociedades, los accionistas lo pueden ejercer de acuerdo al artículo 200º de la Ley pero tal derecho no lo libera de la responsabilidad personal por las obligaciones sociales que se hayan podido configurar antes de la transformación.

Podemos reorganizar una sociedad a través de otra sociedad, disolviendo el capital o el patrimonio o fusionando la sociedad siempre y cuando este bajo el amparo de nuestra legislación

Debe ser formalizada a través de la escritura pública, la misma que contiene la constancia de la publicación de los avisos antes referidos.

Historia

La Reorganización de las Empresas

Los tres problemas fundamentales son: la satisfacción del cliente, el costo del producto y la necesidad de liderazgo que implica la motivación de los empleados.

Hasta mediados de la década de 1970, la “reorganización de las empresas” era referirse a una necesidad casi insólita. Hasta entonces, por regla general, lo importante era crear empresas y lograr que pasaran la primera fasede crecimiento; a partir de este momento su viabilidad futura, por lo menos en lo que se refería al medio plazo, estaba casi asegurada, a poco que se continuara haciendo lo mismo más o menos bien. Esta situación, característica en las economías occidentales, era especialmente en España, ya que los directivos de las empresas españolas contaban con una cierta seguridad en cuanto a que, no entrarían competidores extranjeros, la presión fiscal sería benévola, el costo del dinero sería barato (llegando, incluso, a estar por debajo de la taza de inflación), y el mercado interior absorbería fácilmente lo que se ofreciera, ya que existía una situación de exceso de demanda. Lo importante era producir.

Desde principios de la década de 1980, la estabilidad y la calma han pasado, cediendo su turno a un mar convulso y tormentoso en el que no tiene más remedio que navegar la empresa de hoy. Y al igual que un navío en una mar embravecida, sólo le quedan tres opciones:

1. Atacar frontalmente la fuerza del oleaje.

2. Dejarse llevar por la corriente.

3. Aprovechar la fuerza del mar de manera creativa.

Como los buenos navegantes saben, la primera y la segunda opción raras veces conducen a un buen puerto. La tercera tiene mayores posibilidades de éxito. La actuación frontal sobre una fuerza mayor es una acción de alto riesgo. No juzgar ni decidir y dejarse arrastrar, difícilmente lleva hacia donde se quiere ir.

Reorganizar los recursos y ejercitar las alternativas en función de las oportunidades y amenazas reales que el entorno, el mercado y la empresaobjetiva presenten, es lo más inteligente que cabe hacer y lo que produce los mejores resultados

Significado

Semánticamente la palabra reorganizar quiere decir nueva organización de una cosa de forma diferente (reajuste, reestructuración, modificación, cambio, reforma, renovación), por lo cual si nos referimos a una reorganización de sociedades esto quiere decir cambiar la forma o el tipo de sociedad y esto lo podemos encontrar reglamentado en la Ley general de sociedades Ley Nº 26887

Libro cuarto- normas complementarias

Sección segunda - reorganización de sociedades

TITULO I – TRANSFORMACION

TITULO II - FUSION

TITULO III – ESCISION

TITULO IV - OTRAS FORMAS DE REORGANIZACION

I) Transformación de Sociedades

Mediante la transformación se evita un proceso dilatado y costoso, que puede afectar el crédito de la Compañía, como es de disolver la Sociedad existente y crear otra nueva.

La transformación de las Sociedades Mercantiles se ajusta a diferentes normas, según sus clases.

Se entiende por transformación, en sentido técnico, el cambio de forma o tipo, verbigracia: de Sociedad Colectiva en Sociedad Comandita, de Sociedad Anónima en Sociedad de Responsabilidad Limitada.

Las sociedades constituidas legalmente, podrán transformarse en cualquiera de las otras clases de sociedades consideradas en la ley, sin cambiar su personalidad jurídica, prescrita en el art. 346º de la Ley General de Sociedades derogada. En cambio la Nueva Ley Nº 26887, amplía el ámbito al mencionar que pueden transformarse en

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