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Requerimiento de pago en contra de Ayuntamiento


Enviado por   •  28 de Agosto de 2018  •  Práctica o problema  •  1.716 Palabras (7 Páginas)  •  126 Visitas

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01/***/16

ACTOR:**********************

VS

DEMANDADO:*****************

Fecha:***********

Asunto: Requerimiento de pago

TRIBUNAL ESTATAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE EN EL ESTADO DE *******

PRESENTE  

***********************************, en mi carácter de apoderado legal dela actor del juicio laboral citado al rubro, con el debido respeto ante Usted, comparezco para exponer:

  1. Que vengo a solicitar copia certificada del acuerdo donde se me reconoce la personalidad jurídica con la que me ostento a mi costa.

  1. Por otro lado, visto el estado procesal de los autos del juicio citado al rubro, y toda vez que los demandados no han dado cumplimiento voluntario al pago de las prestaciones a que fueron condenados en el Laudo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 939, 940, 945, 959 y demás relativos a la Ley Federal del Trabajo, solicito se dicte en contra de la demandada, auto de requerimiento con mandamiento de embargo.

Por lo anterior, se solicita se comisione al C. Actuario para que se constituya en el domicilio de la demandada O BIEN EL ULTIMO SEÑALADO POR EL DEMANDADO O BIEN DE MANERA INDISTINTA SE CONSTITUYA EN EL DOMICILIO DONDE SE EMPLAZO Y NOTIFICO A JUICIO, O DONDE SE ENCUENTREN LOS BIENES DEL DEMANDADO, y/o el que se señale en la diligencia de embargo y requiera de pago de la cantidad antes citada, y en caso de negativa de pago se embarguen bienes que garantice el crédito del actor.

  1. Además, de conformidad con los artículos 17, 688 de la Ley Federal del Trabajo, solicito, por ende, lo siguiente:

  1. INFORME DE AUTORIDAD a cargo de la SECRETARIA DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE, con domicilio ubicado en *************************, a efecto de que informen lo siguiente:
  1. Diga, las personas de nombre nombre AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ******************** tienen alguna unidad automotor registrada a su nombre.
  1. En caso de ser positivo la fracción anterior, de los datos de identificación de su unidad o unidades de las que son propietarios y envié copia certificada y/o simple de los documentos que tengan en sus expedientes con relación a dichos demandados y sus unidades automotor registradas ante Usted.

Lo anterior con fundamento en los artículos 17, 685 y 688 de la Ley Federal del Trabajo.

  1. INFORME DE AUTORIDAD a cargo de la DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTE PUBLICO Y PARTICULAR y/o a través de la SUBDIRECCION DE PERMISOS Y CONCESIONES, con domicilio ubicado en **********, a efecto de que informen lo siguiente:

  1. Diga, las personas de nombre nombre AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ******* tienen alguna unidad automotor registrada a su nombre.
  1. En caso de ser positivo la fracción anterior, de los datos de identificación de su unidad o unidades de las que son propietarios y envié copia certificada y/o simple de los documentos que tengan en sus expedientes con relación a dichos demandados y sus unidades automotor registradas ante Usted.

Lo anterior con fundamento en los artículos 17, 685 y 688 de la Ley Federal del Trabajo.

  1. INFORME DE AUTORIDAD a cargo de la COMISION NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES con domicilio ubicado en Avenida Insurgentes Sur 1971, Colonia Guadalupe Inn, Ciudad de México. C.P. 01020, a efecto de que informe lo siguiente:

 

  1. Diga, las personas de nombre nombre AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE **************** alguna cuenta bancaria unidad automotor registrada a su nombre.

  1. En caso de ser positivo la fracción anterior, de los datos de identificación de su unidad o unidades de las que son propietarios y envié copia certificada y/o simple de los documentos que tengan en sus expedientes con relación a dichos demandados y sus cuentas bancarias registradas ante Usted.

Lo anterior con fundamento en los artículos 17, 685 y 688 de la Ley Federal del Trabajo.

  1. INFORME DE AUTORIDAD a cargo de la REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO EN EL ESTADO DE ****** y al INSTITUTO DE SERVICIOS REGISTRALES Y CATASTRALES DEL ESTADO DE *******, con domicilios ubicados en *********, a efecto de que informen lo siguiente:

  1. Diga, las personas de nombre nombre AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE *******+  tienen algún inmueble a su nombre y en caso de ser positivo envie: a) Folio Electrónico, Expediente Catastral, Ubicación Cartográfica, Datos registrales y de inscripción de sus inmuebles.
  1. Asimismo, se solicita que se abstenga a esta Autoridad de realizar cualquier trámite de enajenación, traslado, donación, transacción respecto de sus inmuebles, a efecto de no dilapidar dichos inmuebles.

Lo anterior con fundamento en los artículos 17, 688 y demás relativos a la ley federal del trabajo.

Para robustecer lo anterior se anexa la siguiente tesis de jurisprudencia que contiene los siguientes datos de identificación, título y contenido siguiente: Época: Décima Época, Registro: 2001446, Instancia: Segunda Sala, Tipo de Tesis: Jurisprudencia, Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Libro XI, Agosto de 2012, Tomo 1, Materia(s): Laboral, Tesis: 2a./J. 66/2012 (10a.), Página: 797, PRUEBA DOCUMENTAL VÍA INFORME EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. EL TRABAJADOR PUEDE SOLICITAR A LA JUNTA QUE REQUIERA A CUALQUIER PERSONA O AUTORIDAD PARA QUE PROPORCIONE LA QUE ESTIME NECESARIA PARA ESCLARECER LA VERDAD. De los artículos 776, 777, 779 y 782 de la Ley Federal del Trabajo, deriva que en el proceso laboral son admisibles todos los medios de prueba, siempre que: 1) No sean contrarios a la moral y al derecho, y 2) Se refieran a los hechos controvertidos cuando no hayan sido confesados por las partes; además de que aquéllos sólo podrán desecharse o no admitirse cuando: a) No tengan relación con la litis planteada; o, b) Fueren inútiles o intrascendentes; también se advierte que, en adición a las pruebas admitidas a petición de parte, la Junta tiene la facultad de realizar las diligencias que estime necesarias para el esclarecimiento de la verdad. Ahora bien, acorde con el artículo 783 de la citada ley, toda autoridad o persona ajena al juicio está obligada a contribuir con información, cuando la autoridad laboral lo requiera y ésta debe proveer lo necesario para obtenerla; en ese contexto, el hecho de que el artículo 803 de la mencionada legislación disponga que cuando se trate de informes o copias que deba expedir alguna autoridad, la Junta deberá solicitarlos directamente, no significa que la petición que se haga en ese sentido, a quien no tiene el carácter de autoridad stricto sensu resulte improcedente, pues lo cierto es que no fue intención del legislador coartar el derecho del trabajador de demostrar su verdad real y legal; de ahí que la prueba documental vía informe puede solicitarse a cualquier persona o autoridad, esto es, a petición del trabajador, o bien motu proprio, en uso de sus facultades, la Junta debe proceder en términos del indicado numeral, lo que no implica prohibición a las partes para que le soliciten que recabe la información en poder de un particular.

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