Requisitos Para Formar Empresa
Enviado por lenygali • 2 de Julio de 2015 • 2.491 Palabras (10 Páginas) • 211 Visitas
CONSTITUCION Y FORMALIZACION DE UNA EMPRESA
Antes de iniciar las actividades de tu negocio requieres realizar una serie de pasos y trámites que te exigen las diferentes entidades del estado para convertirte en una empresa formalizada.
PERSONA NATURAL O PERSONA JURÍDICA
Al iniciar un negocio, tienes dos caminos a seguir: como persona natural con negocio o bajo la forma de persona jurídica. A continuación, evaluaremos cada una de ellas para que identifiques cuál es la indicada para tu empresa.
Persona natural con negocio
Bajo esta modalidad, tú como persona natural puedes ejercer actividades económicas directamente, y como tal, eres responsable de las obligaciones de tu negocio.
Pasos para inscribirte como persona natural con negocio
No requieres realizar una inscripción en Registros Públicos (SUNARP). Solo debes ir a la SUNAT y solicitar tu RUC (Registro Único de Contribuyentes) como Persona Natural con Negocio.
¿En qué casos debería elegir la modalidad de Persona natural con negocio?
• Si vas a iniciar negocios pequeños como: bodegas, juguerías, peluquerías, zapaterías, entre otros.
• Negocios en donde tus clientes van a ser exclusivamente personas y en actividades que estén comprendidas en el Nuevo RUS (Régimen Único Simplificado).
• Negocios en los cuales tu exposición al riesgo (responsabilidad ilimitada) ante potenciales deudas u obligaciones con terceros sean manejables en relación a tu patrimonio personal.
Persona jurídica
La modalidad de Persona Jurídica representa a una organización con responsabilidad limitada y que tiene como objetivo social realizar actividades económicas. Bajo la legislación peruana existen varias modalidades de las cuales te recomendamos cuatro para iniciar tu negocio: Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.), Sociedad Anónima (S.A.), Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.) y Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (S.R.L.).
¿Qué tipo de persona debo elegir?
Dependiendo del número de socios y otras características debes elegir la modalidad empresarial que mejor se adecúe a tus necesidades. A continuación, vamos a describir a cada una de ellas.
E.I.R.L (Empresa Individual de Responsabilidad Limitada)
Características
• Constituida por voluntad unipersonal (un solo dueño), con patrimonio propio distinto al de su Titular, que se constituye para el desarrollo exclusivo de actividades económicas de pequeña empresa.
• El capital de la empresa deberá estar íntegramente suscrito y pagado al momento de constituirse la misma.
• El patrimonio de la empresa está constituido inicialmente por los bienes que aporta quien la constituye. Puedes aportar dinero y/o activos no- monetarios. La empresa tiene patrimonio propio (conjunto de bienes a su nombre), que es distinto al patrimonio del titular o dueño.
• La responsabilidad de la empresa está limitada a su patrimonio. El titular del negocio no responde personalmente por las obligaciones de la empresa.
• El titular será solidariamente responsable con el gerente de los actos infractorios de la ley practicados por su gerente. Siempre que consten en el libro de actas y no hayan sido anulados. En los demás casos, la responsabilidad del titular y del gerente será personal.
• Las acciones legales contra las infracciones del gerente prescriben a los dos años a partir de la comisión del acto que les dio lugar.
• Se constituye para el desarrollo exclusivo de actividades económicas de pequeña empresa.
Denominación
La empresa adoptará una denominación que le permita individualizarla, seguida de la indicación “Limitada” o acompañada de sus siglas: E.I.R.L. También puede utilizar su nombre abreviado (siglas).
Órganos de la empresa
• El Titular, es el órgano máximo de la empresa que tiene a su cargo la decisión de los bienes y actividades.
• La Gerencia, es designada por el titular, tiene a su cargo la administración y representación de la empresa.
• El titular puede asumir el cargo de gerente, en cuyo caso asumirá las facultades, deberes y responsabilidades de ambos cargos y se le denominará: “Titular – gerente”.
NOTA: Esta modalidad de empresa está regulada por el D.L N° 21621 “Ley de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada”.
S.A. (Sociedad Anónima)
Características
• Conformada por un número mínimo de 2 accionistas, no tiene un número máximo de accionistas.
• Es la modalidad ordinaria y la más tradicional.
• Su nacimiento es voluntario (usualmente surge de la voluntad de los futuros socios).
• Como excepción, su nacimiento puede ser legal, puesto que hay casos en que la ley impone el modelo de la Sociedad Anónima, no pudiendo optarse por otro (por ejemplo, para la constitución de bancos y sociedades agentes de bolsa).
• El capital social se encuentra representado por títulos valores negociables.
• Posee un mecanismo jurídico propio y dinámico orientado a separar la propiedad de la administración de la sociedad.
• Puede inscribir sus acciones en el Registro Público del Mercado de Valores.
Denominación
• La Sociedad Anónima puede adoptar cualquier denominación con la indicación “Sociedad Anónima” o las siglas S.A.
• Cuando se trate de sociedades cuyas actividades sólo pueden desarrollarse, de acuerdo con la ley, por sociedades anónimas, el uso de la indicación o de las siglas es facultativo.
Órganos de la empresa
• Junta General de Accionistas, es el órgano supremo de la sociedad, está integrado por el total de accionistas.
• Su actividad se encuentra limitada por el estatuto.
• Cada acción da derecho a un voto.
• Directorio, órgano colegiado de existencia necesaria y obligatoria. Este órgano es elegido por la Junta General de Accionistas, conformada por un mínimo de 3 personas. Los miembros del directorio pueden ser socios.
• Gerente, es nombrado por el directorio. Es el representante legal y administrativo de la empresa.
• Subgerente, reemplaza al gerente en caso de ausencia.
S.A.C. (Sociedad Anónima Cerrada)
Características
• Será constituido por un mínimo de dos accionistas y un máximo de veinte.
• Se impone el
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