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Responsabilidad de transportista


Enviado por   •  6 de Junio de 2013  •  433 Palabras (2 Páginas)  •  288 Visitas

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Responsabilidad de transportista

Daños que se hayan producido durante el transporte aéreo de las mercancías.

Cubre el espacio de tiempo en que las mercancías se encuentran en un aeropuerto, a bordo de una aeronave o en cualquier otro lugar bajo

La responsabilidad está limitada por kilo de mercancía dañada, perdida o transportada con retraso, en 17 Derechos Especiales de Giro, en la actualidad equivalente a 24 dólares americanos.

Este límite puede ser incrementado cuando el usuario, al momento de entregar la mercancía, declara un valor más elevado para el transporte.

Obligación del expedidor

El encargado de enviar las mercaderías tiene derecho, a condición de cumplir con todas las obligaciones resultantes del contrato de transporte, a disponer de la carga y mercancías retirando ambas del aeropuerto de salida o de destino, o deteniéndola en el curso del viaje en caso de aterrizaje, o haciéndola entregar en el lugar de destino o en el curso del viaje a una persona distinta del destinatario originalmente designado, o pidiendo que sea devuelta al aeropuerto de partida.

El encargado no ejercerá este derecho de disposición de forma que perjudique al transportista ni a otros expedidores y deberá reembolsar todos los gastos ocasionados por el ejercicio de este derecho.

• En referencia a la entrega de la carga

Salvo cuando el expedidor haya ejercido su obligación, el destinatario tendrá derecho, desde la llegada de las mercancías al lugar pactado como destino, a pedir al transportista que le entregue la carga a cambio del pago del importe que corresponda y del cumplimiento de las condiciones de transporte.

2. Salvo estipulación en contrario, el transportista debe avisar al destinatario de la llegada de la carga, tan pronto como ésta llegue.

3. Si el transportista admite la pérdida de la carga, o si la carga no ha llegado a la expiración de los siete días siguientes a la fecha en que debería haber arribado a destino, el destinatario podrá hacer valer contra el transportista los derechos que surgen del contrato de transporte.

• La ejecución de los derechos del expedidor y del destinatario

El expedidor y el destinatario podrán hacer valer todos los derechos, cada uno en su propio nombre, sea en su propio interés, sea en el interés de un tercero, a condición de cumplir las obligaciones que el contrato de transporte impone.

• Relaciones entre el expedidor y el destinatario y relaciones entre terceros

Los puntos anteriormente tratados no afectan a las relaciones del expedidor y del destinatario entre sí, ni a las relaciones entre terceros cuyos derechos provienen del expedidor o del destinatario, las disposiciones solo podrán modificarse mediante una cláusula explícita

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