Respuesta A La Solicitud Del Ministerio De Gobernación
Enviado por gmpc • 29 de Noviembre de 2013 • 927 Palabras (4 Páginas) • 385 Visitas
Recurso de Reposición Nuevo
Ref _________________________(Identificar acá si hay alguna otra referencia, como un número de expediente).
MINISTERIO DE GOBERNACION
Nombres y Apellidos completos del solicitante, edad, estado civil, profesión u oficio, nacionalidad, domicilio, ante usted, respetuosamente comparezco y
EXPONGO
I. CALIDAD CON QUE ACTÚO (OPTATIVO, solo en caso de ser persona jurídica):En el presente asunto actúo en mi calidad de ______________ de la entidad _______________, calidad que acredito con _________, el cual se encuentra inscrito en ______________ al número ____, folio _____, libro ________, documento que acompaño.
II. DE LA DIRECCION Y PROCURACION: En el presente asunto actúo bajo el dirección y procuración del abogado ____________. (OPTATIVO, solo en caso de decidir auxiliarse por un abogado).
III. LUGAR PARA RECIBIR NOTIFICACIONES: Señalo como lugar para recibir notificaciones ___________.
IV. RAZÓN DE LA GESTIÓN: Comparezco con el objeto de interponer RECURSO DE REPOSICION en contra de la resolución de fecha _____________emitida por el Ministerio de Gobernación (en adelante LA AUTORIDAD RECURRIDA), que se identifica como resolución número ___________ .
Fundamento el presente memorial en la siguiente relación de,
HECHOS
1. DE LA NOTIFICACION. El día ______________ fui notificado de la resolución de fecha _____________emtida por la AUTORIDAD RECURRIDA que se identifica como resolución número ___________ , en la cual se declaró _______________________________.
2. (Hacer constar los demás hechos que sean relevantes en el caso).
FUNDAMENTO DE DERECHO (Optativo)
• LEY DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO:
“ARTICULO 9. RECURSO DE REPOSICION. ”Contra las resoluciones dictadas por los Ministerios, y, contra las dictadas por las autoridades administrativas superiores, individuales o colegiadas, de las entidades descentralizadas o autónomas podrá interponerse recurso de reposición dentro de los cinco días siguientes a la notificación. El recurso se interpondrá directamente ante la autoridad recurrida. /.../”.
“ARTICULO 10. LEGITIMACION. Los recursos de revocatoria y de reposición podrán interponerse por quien haya sido parte en el expediente o aparezca con interés en el mismo.”
“ARTICULO 12. TRAMITE. Encontrándose los antecedentes en el órgano que deba conocer de los recursos de revocatoria o reposición, se correrán las siguientes audiencias:
a) A todas las personas que hayan manifestado su interés en el expediente administrativo y hayan señalado lugar para ser notificadas.
b) Al órgano asesor, técnico o legal, que corresponda, según la naturaleza del expediente. Esta audiencia se omitirá cuando la organización de la institución que conoce del recurso carezca de tal órgano.
c) A la Procuraduría General de la nación.
Las mencionadas audiencias se correrán en el orden anteriormente establecido.”
“ARTICULO 13. PLAZO. El plazo de las audiencias a que se refiere el artículo anterior será en cada caso de cinco días. // Tales plazos son perentorios e improrrogables, causando responsabilidad para los funcionarios del órgano administrativo asesor y de la Procuraduría General de la Nación, si no se evacuan en el plazo fijado.”
“ARTICULO 17. AMBITO DE LOS RECURSOS.
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