Resumen Banarios
Enviado por marianadelaroche • 24 de Febrero de 2015 • 24.262 Palabras (98 Páginas) • 234 Visitas
1. REPORTO
Contrato por medio del cual el reportador (banco), adquiere de un tercero (reportado) títulos valores mediante el pago de un precio con la obligación de transferirle los mismos u otros de idéntica especie, contra el reconocimiento de un precio aumentado o del mismo precio más una prima, comisión o interés.
Existe una doble transmisión
El contrato recae sobre títulos fungibles (seriales y al portador), de fácil consecución en el mercado y permiten en la práctica sustituir los recibidos por otros de idéntica especie y calidad.
Obligaciones del Reportador (Banco):
• Conservación jurídica de los títulos, que quiere decir que tiene q tomar medidas que garanticen la posibilidad de adquirir otro tanto en el mercado para satisfacer en tiempo la obligación de transmitirlos al reportado.
• Ejercitar derechos derivados del título, para mantener la integridad económica de los títulos.
• Retransmitir los títulos.
Obligaciones del Reportado:
• Readquirir los títulos por el mismo precio recibido por él + intereses.
• Pagar la remuneración: Reconocimiento pecuniario que hace el reportado al reportador por la concesión del dinero y por la conservación de los títulos y su posterior devolución.
• Hacer provisión
• Reembolsar los gastos que el reportador hubiere tenido en la conservación de los títulos.
Plazo: El contrato se entenderá celebrado por un plazo que no exceda el último día hábil del mes respectivo, a menos a la fecha de contratación sea posterior al día 20 de dicho mes, caso en el cual se entenderá que el plazo de liquidación se traslada al último día hábil del mes siguiente.
De ninguna manera el plazo extenderá más de 45 días.
Terminación: a. Vencimiento del plazo acordado.
b. Incumplimiento de las obligaciones de cualquiera de los contratantes.
i) DEPÓSITOS EN CUENTAS CORRIENTES
Con el mismo término existen dos tipos de actos en el código de comercio y una noción general de contabilidad que también se debe tener en cuenta para lograr diferenciarlas:
2. Cuenta corriente contable
Es obligación del comerciante llevar libros de comercio y en ellos los registros contables de todas sus actividades. Cuando existe una relación con un cliente y ésta afecte una cuenta de abonos y cargos, en lenguaje contable se dice que hay una cuenta corriente, es decir el movimiento de débitos y créditos que establezcan un saldo permanente a favor o en contra del comerciante son llamados cuentas corrientes contables.
Por ser los bancos comerciantes es necesario que lleven este tipo de cuentas, pues en su negocio más que en ningún otro se crean relaciones contantes con sus clientes, de débitos y créditos
3. Cuenta corriente mercantil
Los créditos y débitos derivados de las remesas mutuas de las partes se considerarán como partidas indivisibles de abono o de cargo en la cuenta de cada cuentacorrentista, de modo que sólo el saldo que resulte a la clausura de la cuenta constituirá un crédito exigible.
La clausura y la liquidación de la cuenta en los períodos de cierre no producirán la terminación del contrato, sino en los casos previstos en el Artículo 1261”
La cuenta corriente mercantil se surte de esta cuenta corriente contable y la utiliza dándole ciertas características especiales es decir, utiliza esas relaciones de negocios más o menos permanentes y les añade un elemento de certeza, aplazando la exigibilidad de las obligaciones reciprocas y precisando una fecha de corte, en la cual se deduce de manera inequívoca la existencia de un saldo a cargo de una de las partes.
Ejemplo: La empresa A surte de llantas a Bogotá y B es un comercializador de camiones y automóviles. A y B establecen un contrato de cuenta corriente mercantil por medio del cual A le compra unos camiones a B para trasportar sus llantas y B le compra las llantas de los camiones y automóviles que comercializa. Establecen como fecha cierta 2 años al cabo de los cuales se comparan las cifras se compensan las deudas (es decir se le resta a los activos los pasivos) y del resultado que de aquí , la parte que haya quedado con saldo a favor puede exigirle a la otra que le pague lo que le quede debiendo.
Características:
Continuidad: hay una relación permanente de negocios entre las partes.
Por verificarse: existen unas remesas reciprocas entre las partes de manera que en principio no se sabe quien resultará deudor y quien acreedor
Es única: aglutina todas las obligaciones mutuas que surgen entre las partes como consecuencia de sus remesas
Indivisible: No es posible exigir ninguna de las obligaciones de manera separada, es decir ninguna de las partes puede exigir alguna de las obligaciones que aparezcan en la cuenta corriente contable, hasta que no se llegue la fecha cierta.
4. Cuenta Corriente Bancaria
“ARTÍCULO 1382. Por el contrato de depósito en cuenta corriente bancaria el cuentacorrentista adquiere la facultad de consignar sumas de dinero y cheques en un establecimiento bancario y de disponer, total o parcialmente, de sus saldos mediante el giro de cheques o en otra forma previamente convenida con el banco.
Todo depósito constituido a la vista se entenderá entregado en cuenta corriente bancaria, salvo convenio en contrario.”
El Contrato de cuenta corriente bancaria (En algunos países llamado contrato de cuenta de cheques) es un contrato especifico donde son facultados los titulares para hacer depósitos y retiros en dinero, producen estos últimos mediante la utilización de un titulo valor denominado cheque. Es el cheque en estos contratos el titulo típico de disposición de recursos
4.1 Análisis de la cuenta corriente mercantil frente a la bancaria
Aunque hay ciertas diferencias, doctrinal y jurisprudencialmente se a comenzado a tratar el contrato de cuenta corriente bancario como un tipo de contrato de cuenta corriente mercantil. Sin embargo hay unas diferencias entre unos y otros.
Cuenta Corriente Mercantil Cuenta Corriente Bancaria
La obligación solo es exigible en el momento del corte La obligación es exigible permanentemente.
Un hecho determinante en estos contratos es la compensación Solo en los países que se perite el sobregiro en los cheques se puede hablar de compensación
Las relaciones entre las partes quedan todas integradas al banco Puede haber otras relaciones
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