ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Resumen De Contabilidad De Sociedades


Enviado por   •  7 de Febrero de 2012  •  2.549 Palabras (11 Páginas)  •  2.747 Visitas

Página 1 de 11

Sociedad de Responsabilidad Limitada

Es la sociedad mercantil intermedia que surgió para eliminar las restricciones y exigencias de la sociedad anónima, que se constituye mediante una razón social o denominación y en donde la participación de los socios se limita al monto de su aportación representada mediante partes sociales o de interés y nunca mediante acciones.

Características

Constituye un tipo social que sin alejarse plenamente de los esquemas propios de las sociedades de personas; como es el conocimiento personal de los socios, un número máximo autorizado de ellos (50 actualmente), cierta limitación para transferir a terceros la participación social, instituyendo en tal supuesto el derecho del tanto, entre otras, contiene por otro lado, aspectos que la acercan a las sociedades capitalistas, en donde se destaca la limitación de la responsabilidad de los socios a la simple aportación, por las obligaciones sociales, un capital mínimo para constituirse actualmente de $3,000 000.00

Obligaciones de los socios

La única obligación que tienen los socios es la de cubrir al ente social el monto de su aportación. Sin embargo, además de sus obligaciones generales, tendrán la de hacer aportaciones suplementadas en proporción a sus primeras aportaciones.

Tipos de Aportaciones

Sólo podrán objeto de aportación los bienes o derechos patrimoniales susceptibles de valoración económica y en ningún caso podrán ser objeto de aportación el trabajo o los servicios.

Derechos de los socios

 Derecho del Tanto: Consiste en que cuando se autorice la cesión a favor de una persona extraña de la sociedad, los socios tendrán derecho preferencial para adquirirlo.

 Derecho a Heredar: Consiste en que un socio pueda heredar su parte social sin la necesidad del consentimiento de los otros socios. (Como sucede en las sociedades de personas)

 Patrimoniales: consiste en que los socios participen de las utilidades que las sociedades obtengan anualmente, proporcionalmente al monto de su aportación. Y de participar también en la cuota final de liquidación.

 Corporativos: Destacan desde luego el derecho que tienen los socios de participar en las deliberaciones de la sociedad mediante el voto, así como formar parte de los órganos de la sociedad: en la administración como gerentes o en el consejo de vigilancia, para el caso en que ésta se conforme.

Procedimientos

La sociedad se constituirá mediante escritura pública, que deberá ser inscrita en el Registro Publico de la propiedad. Con la inscripción la sociedad de responsabilidad limitada adquirirá su personalidad jurídica.

Órganos Sociales

La asamblea de los socios es el órgano supremo de la sociedad. Sus resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los socios que representen, por lo menos, la mitad del capital social, a no ser que el contrato social exija una mayoría más elevada. Salvo estipulación en contrario, si esta cifra no se obtiene en la primera reunión, los socios serán convocados por segunda vez, tomándose las decisiones por mayoría de votos, cualquiera que sea la porción del capital representado.

La Administración

La administración de las sociedades de responsabilidad limitada estará a cargo de uno o más gerentes que podrán ser socios o personas extrañas a la sociedad, designados temporalmente o por tiempo indeterminado. Salvo pacto en contrario, la sociedad tendrá el derecho para revocar en cualquier

La Vigilancia

Es un cargo eventual, porque puede o no constituirse y, en su caso, corresponde al consejo de vigilancia, que puede estar integrado por socios o personas ajenas a la sociedad.

SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES

Definición de la sociedad

La Sociedad en comandita por acciones es la que se compone de uno o varios socios comanditados que responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales y de uno o varios socios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus acciones. ( Articulo 207 L.G.S.M. )

Cuando se emiten acciones con valor distinto o derechos desiguales, estas se agrupan por series.

Esta Sociedad se regirá por las reglas relativas a la sociedad anónima, salvo lo dispuesto para las acciones de los socios comanditados, las cuales siempre serán nominativas y no se podrán ceder sin el consentimiento de la totalidad de los accionistas comanditados y el de las dos terceras partes de los comanditarios. (Articulo 208 y 209 de la L.G.S.M.)

Administración de la sociedad

La administración de la sociedad estará a cargo de los accionistas comanditados, y en el caso de que un accionista comanditario se haga cargo de la administración, adquiere la misma responsabilidad de los socios comanditados.

La sociedad puede ser administrada por personas extrañas que no sean accionistas, con la misma responsabilidad de les accionistas comanditados. (Articulo 54 y 55 L.G.S.M. )

El objetivo de estos preceptos es conservar las características de diferencia de responsabilidades, para cada clase de accionistas, lo cual no acontece con la sociedad anónima.

El Órgano Supremo

Los órganos de la sociedad están formados únicamente de los accionistas comanditados, los cuales responden de manera solidaria, subsidiaria e ilimitada. Si se puede estar formado por terceras personas o por accionistas comanditarios, pero de ser así tendrán las mismas responsabilidades que los comanditados.

La Asamblea de Accionistas son el órgano supremo ya que son los dueños, los que aportan el capital social.

El Órgano Representativo

Es el Consejo de Administración, o bien el administrador único.

Su nombramiento consta en escritura pública es decir, debe protocolizarse ante notario público e inscribirse en el Registro público de Comercio.

Los consejeros pueden actuar “en la medida en que deben hacerlo, para que la sociedad pueda realizar su objeto social”.

Los consejeros, generalmente se auxilian de personas, de las cuales uno de ellos recibe el nombre de Gerente General y los demás reciben el nombre de Gerentes o directores, los cuales de “hecho son administradores y representantes de la sociedad. Subordinados al consejo”

El Órgano de Vigilancia y control

Es el consejo de vigilancia o el comisario.

Las personas que integran el Consejo de vigilancia o comisarios, no deben tener parentesco con os Consejeros de Administración.

Los comisarios son las personas encargadas de vigilar permanentemente la gestión social, con independencia de la administración y en interés exclusivo de la sociedad.

ANÁLISIS DE LA SOCIEDAD

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (17 Kb)
Leer 10 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com