Resumen Del Libro El Alma De La Toga
Enviado por izaith • 29 de Noviembre de 2011 • 4.167 Palabras (17 Páginas) • 2.621 Visitas
LIBERTAD DE DEFENSA.
El particular debe ser libre para defenderse por sí mismo. Salvo en los casos en que esa libertad puede dañar al derecho de las otras partes o al interés público.
Para el ciudadano es vejatorio que le obliguen a decir por boca ajena lo que podría expresar con la propia, y que una cosa tan natural como el pedir justicia haya de confinarla precisamente a un técnico. El pretorio debería tener sus puertas abiertas a todo el mundo, sin atender a otro ritualismo que al clamor de quien solicita lo que ha de menester.
Con ello los abogados ganaríamos en prestigio sin perder sensiblemente en provecho. Lo primero, porque al no ser nuestro ministerio forzoso, sino rogado, se acrecentaría nuestra autoridad. Lo segundo, porque serían pocos los casos en que se prescindiera de nuestra tutela.
Pero se trata de una cuestión de principios, y aunque hubiera de desaparecer por inútil nuestra profesión, esto sería preferible a mantenerla cohibiendo a la sociedad entera y permitiendo que, en vez de buscarnos, nos soporte.
EL AMIANTO
Tengo a los financieros mucha consideración porque sin su capacidad de iniciativa, sin su sed de oro, sin su acometividad y sin su ética maleable, muchas cosas buenas quedarían inéditas y el progreso material sería mucho más lento. Mas no concibo al Abogado Financiero, por la sencilla razón de que si es financiero no puede se r Abogado.
Si un abogado es Financiero, porque al serlo, estarían mezclando el interés propio con el ajeno y poniendo en cada asunto el albur de hacerse poderosos, vienen a consagrar inmensos pactos de cuota-bilis; una cuota-litis hipertrofiada.
Poder y riqueza, fuerza y hermosura, todas las incitaciones, todos los fuegos de la pasión han de andar entre nuestras manos de abogados sin que nos quememos. El mundo nos utiliza y respeta en tanto en cuanto tengamos la condición del amianto.
LOS PASANTES
Para la generalidad de los licenciados, las obligaciones del pasante aparecen establecidas en este orden:
1ª. Leer los periódicos.
2ª. Liar cigarrillos y fumarlos en abundancia cuidando mucho de tirar las cerillas, la ceniza y las colillas fuera de los ceniceros.
3ª. Comentar las gracias, merecimientos y condescendencias de las actrices y cupletistas de moda.
4ª. Disputar - siempre a gritos - sobre política, sobre deportes y sobre el crimen de actualidad.
5ª. Ingerir a la salida del despacho cantidades fabulosas de patatas fritas a la francesa, pasteles, cerveza y vermouth.
6ª. Leer distraídamente autos, saltándose indefectiblemente los fundamentos de derecho en todos los escritos y, en su integridad el escrito de conclusiones.
La enseñanza del bufete no tiene otra asignatura sino la de mostrarse al Abogado tal cual es y facilitar que le vean sus pasante s. No hay lecciones orales, ni tácticas de dómine, ni obligaciones exigibles, ni sanción. Si bien se mira, existe una fiscalización del pasante hacia su maestro, pues, en puridad, este se limita a decir al otro. "entérese usted de lo que hago yo, y si lo encuentra bien, haga usted lo mismo". Por es o el procedimiento de la singular enseñanza consiste en establecer una comunicación tan frecuente y cordial cuanto sea posible.
LA DEFENSA DE LOS POBRES
Constituye la defensa de los pobres una función de asistencia pública, como el cuidado de los enfermos menesterosos. El Estado no puede abandonar a quien, necesitado de pedir justicia, carece de los elementos pecuniarios indispensables para sufragar los gastos del litigio. Mas para llenar esa atención no hace falta, como algunos escritores sostienen, crear cuerpos especiales, ni siquiera encomendarla al ministerio fiscal. Los colegiados de Abogados se bastan para el menester, lo han cubierto con acierto desde tiempo inmemorial, y debieran tomar como grave ofensa el intento de arrebatárselo.
LA TOGA
La toga no representa por sí sola ninguna calidad, cuando no hay cualidades verdaderas debajo de ella se reduce a un disfraz irrisorio. Pero después de hecha esta salvedad, en honor al concepto fundamental de las cosas, conviene reconocer que la toga, como todos los atributos profesionales, tiene para el que la lleva, dos significados: freno e ilusión; y para el que la contempla, otros dos: diferenciación y respeto.
La toga es freno, porque cohíbe la libertad en lo que pudiera tener de licenciosa. Es ilusión, por nuestra función. Por nuestro valer. Por nuestra significación.
Es diferenciación, porque ella nos distingue de los demás circunstantes en el tribunal; y siempre es bueno que quien va a desempeñar una alta misión sea claramente conocido. Y respeto, porque el clarividente sentido popular, al contemplar a un hombre vestido de modo tan severo, con un traje que consagraron los siglos; y, que sólo aparece para menesteres trascendentales de la vida, discurre con acertado simplicísimo: "ese hombre debe ser bueno y sabio".
El abogado que asiste a una diligencia en el local infecto de una escribanía, usa un léxico, guarda una compostura y mantiene unas formulas de relación totalmente distinta de las que le caracterizan cuando sube a un estrado con la toga puesta.
LA MUJER EN EL BUFETE
Como el libro va dedicado a compañeros principales, les diré que importa mucho para vestir la toga (cuya bolsa, por cierto, debe ser bordada por la novia o la esposa) casarse pronto y casarse bien.
¿Procedimiento? Enamorarse mucho y de quien lo merezca.
¿Receta para encontrar esto último? ¡Ah! Eso radica en los arcanos sentimentales. El secreto se descubrirá cuando algún sabio atine a reducir el amor a una definición.
Nada más de la mujer. Vamos con las mujeres. Voy a hacer una dramática declaración. El Abogado no tiene sexo. Así como suena.
Es decir, tenerle sí que le tiene... y, naturalmente, no le está vedado usar de él. Pero en su estudio y en relación con las mujeres que en él entran, ha de poner tan alta su personalidad, de considerarla tan superior a las llamaradas de la pasión y al espoleo de la carne, que su exaltación le conduzca a esta paradoja: el abogado es un hombre superior al hombre. Esto lo digo en el caso de que a un Abogado le toque alguna mujer muy atractiva como cliente. El abogado debe ver el atractivo del caso y no el de la dama.
En pocas palabras, la mujer, con el sexto sentido que tiene, se convertirá, aparte de nuestra pareja, en nuestra mejor consejera en nuestros casos. Por eso recomiendo que exista entera comunicación del Abogado hacia su mujer. Claro, esto solamente cuando la mujer está interesada.
HACIA UNA JUSTICIA PATRIARCAL
Las condiciones apetecibles e indispensables, según mi entender, para un buen procedimiento judicial, son estas cuatro:
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