Resumen.
Enviado por 123carmensofia • 22 de Julio de 2014 • Tesis • 789 Palabras (4 Páginas) • 148 Visitas
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
LICEO NACIONAL ANTONIO JOSÉ DE SUCRE
RUBIO ESTADO TÁCHIRA
REGLAMENTO INTERNO DE LA BIBLIOTECA LICEO NACIONAL
“ANTONIO JOSÉ DE SUCRE”
Rubio, Enero de 2014
REGLAMENTO INTERNO DE LA BIBLIOTECA
LICEO NACIONAL “ANTONIO JOSÉ DE SUCRE “
CAPÍTULO I
PRINCIPIOS GENERALES
Artículo 1: La BIBLIOTECA LICEO NACIONAL “ANTONIO JOSÉ DE SUCRE”, es un centro cultural educativo al servicio del personal Directivo, Docente, Administrativo, Personal de Apoyo, Consejo Estudiantil, Estudiantes del LN “ANTONIO JOSÉ DE SUCRE”.
Artículo 2: La BIBLIOTECA LICEO NACIONAL “ANTONIO JOSÉ DE SUCRE”, se regirá por este reglamento. El cual debe ser cumplido por el personal de la Biblioteca y los usuarios.
Artículo 3: La BIBLIOTECA LICEO NACIONAL “ANTONIO JOSÉ DE SUCRE” y su personal dependen del Ministerio del Poder Popular para la Educación bajo la supervisión de la Dirección del Liceo Nacional “ANTONIO JOSÉ DE SUCRE”
Artículo 4: La BIBLIOTECA estará conformada por la dotación bibliográfica del Ministerio del Poder Popular para la Educación, y la donación realizada por el Colegio el Buen Maestro, bajo la custodia de los docentes – Bibliotecarios en el apoyo de las actividades curriculares de 1ro,2do,3ro,4to,5to año .
Artículo 5: La BIBLIOTECA es definida como un centro de estrategias educativa, cuya finalidad es promover en los estudiantes la construcción de un aprendizaje activo, participativo y al mismo tiempo propiciar actividades de investigación en las diferentes campos del saber con la colaboración del personal Docente – Bibliotecario.
CAPITULO II
DE LA ORGANIZACIÓN
Artículo 6: La BIBLIOTECA, se organiza de acuerdo a lo pautado por el Ministerio del Poder Popular para la Educación.
Artículo 7: Se podrán hacer préstamos hasta por CUATRO DÍAS de los libros, textos complementarios y recreativos, a los docentes, administrativo, personal de apoyo, del Liceo Nacional “ANTONIO JOSÉ DE SUCRE”, firmando en el control de solicitud de préstamo la salida y de igual manera al entregar el libro y los estudiantes se les hará el prestamos en el mismo dia.
Artículo 8: No se podrán prestar para afuera los libros que sean ejemplares únicos, Enciclopedias, Atlas, Diccionarios, libros que sean considerados por el Personal- Bibliotecario solo para uso dentro del Área de la Biblioteca.
Artículo 9: Los Mapas y Juego de Geometría tan solo será prestado y devueltos por el personal a los docentes que los solicito a los docentes bibliotecarios.
Artículo
...