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Retencion De Impuesto Sobre La Renta


Enviado por   •  19 de Enero de 2013  •  1.798 Palabras (8 Páginas)  •  752 Visitas

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Retenciones del impuesto sobre la renta

La retención del impuesto sobre la renta no es más que un pago anticipado que el beneficiario de un determinado enriquecimiento debe efectuar al fisco nacional, el cual podrá ser compensado al momento del cálculo en la autoliquidación definitiva del impuesto sobre la renta del ejercicio fiscal que corresponda.

Fundamento legal

El régimen de retenciones de la Ley de Impuesto sobre la renta, se fundamenta en el artículo 86 de la ley, el cual dispone:

"Los deudores de los enriquecimientos netos o ingresos brutos a que se contraen los artículos 27, parágrafo octavo, 31, 34, 35, 36, 37. 38, 39. 40. 41, 48, 63, 64 y 76 de esta Ley, están obligados a hacer la retención del impuesto en el momento del pago o del abono en cuenta y a enterar tales cantidades en una oficina receptora de fondos nacionales, dentro de los plazos y formas que establezcan las disposiciones de esta Ley y su Reglamento. Igual obligación de retener y enterar el impuesto en la forma señalada, tendrán los deudores de los enriquecimientos netos, ingresos brutos o renta bruta a que se refiere el parágrafo cuarto de este articulo."

Retención sobre sueldos, salarios y demás remuneraciones similares

PERSONAS NATURALES RESIDENTES EN EL PAÍS (ART. 79 DE LA LISLR)

Los enriquecimientos obtenidos o que estimen obtener este tipo de contribuyentes estarán obligados a presentar la declaración definitiva de rentas si dentro del ejercicio fiscal presentan el siguiente resultado:

1. Enriquecimiento global neto anual superior a 1.000 unidades tributarias,

2. Ingresos brutos superiores a 1.500 unidades tributos.

Se determinarán como enriquecimientos netos que no admiten costos ni deducciones a determinados ingresos brutos, tales como (art. 31 de la Islr).

• 1) Sueldos, salarios, pensiones, obvenciones y demás remuneraciones similares, distintas de los viáticos, devengados por las personas naturales residentes o no en el país, por la prestación de servicios personales bajo relación de dependencia.

• 2) Intereses por concepto de préstamos u otros créditos otorgados por instituciones constituidas en el exterior y no domiciliadas en el país, pues solo se gravarán con un impuesto proporcional de (4,95%) sobre tales intereses (art. 52 de la ISLR)

• 3) Participaciones gravadas con impuestos proporcionales, se considerarán los enriquecimientos derivados de ganancias de capital (dividendos) y a las ganancias fortuitas (juegos y apuestas) cuya gravabilidad está sujeta a una alícuota fija, y los enriquecimientos netos obtenidos por las empresas de seguros y reaseguros, las cuales están sujetas a un impuesto proporcional del (10%).

Formulario AR-I

UTILIZACION DEL FORMULARIO AR-I

El formulario AR-I se utiliza para que el trabajador bajo relación de dependencia, determine el porcentaje de retención de impuesto que su agente de retención le aplicará sobre los sueldos, salarios y demás remuneraciones análogas que le pague o le abone en cuenta durante el curso del año civil.

¿QUIÉNES DEBEN PRESENTAR EL FORMULARIO AR-I?

El formulario debe ser presentado únicamente por las personas naturales residentes en el país que estén bajo relación de dependencia laboral.

ENRIQUECIMIENTOS QUE DEBEN DECLARARSE EN EL FORMULARIO AR-I

• a. Los salarios

• b. Las dietas

• c. Las primas de transporte

• d. Las primas de residencias

• e. La primas de jerarquía

• f. Los gastos de administración

• g. Las horas extraordinarias

• h. Las horas extraordinarias en días feriados

• i. Las vacaciones no disfrutadas

• j. Las remuneraciones especiales

• k. Las utilidades o aguinaldos

• l. Las obvenciones

• m. Los emolumentos

• n. Las habilitaciones

• o. Los bonos vacacionales

• p. Los bonos de estímulo

• q. Las vacaciones por venta bajo relación de dependencia

• r. Las pensiones (distintas a retito, jubilaciones o invalidez.)

• s. Y otras remuneraciones recibidas a cambio de prestar servicios bajo relación de dependencia.

Otros deberes de los agentes de retención

• Recibir la forma AR-I, que se expresa el porcentaje de retención aplicable a los pagos de sueldos y salarios y demás remuneraciones similares, por parte de tales beneficiarios, aplicando dicho porcentaje de retención a realizar cada pago. Igualmente debe revisar la información contenida en dicha forma y de observar algún error, lo debemos informar al beneficiario.

• Determinar el porcentaje de retención aplicable a sueldos, salarios y demás remuneraciones similares.

• Presentar las retenciones anuales de retenciones en donde consta la identificación de las personas o comunidades objetos retención, las cantidades pagadas o abonadas en cuenta y los impuestos retenidos y enterados durante el año anterior (ejercicio fiscal), ante la gerencia regional de tributos internos con jurisdicción en su domicilio fiscal.

• Entregar a los beneficiarios de los pagos sujetos a retención, sueldos y salarios y demás remuneraciones similares, un comprobante por cada retención de impuesto indicando el monto pagado o abonado en cuenta y la cantidad retenida y una relación del total pagado o abonado en cuenta.

ENRIQUECIMIENTOS QUE DEBEN EXCLUIRSE DEL FORMULARIO AR-I

Viáticos, gastos de representación, primas de vivienda cuando provengan de una obligación de la Ley Organiza del Trabajo, lo que obtenga por cajas o cooperativas de ahorro, las gratificaciones no relacionadas con el trabajo y que voluntariamente le conceda el patrono, y cualesquiera otro enriquecimiento no asimilable al sueldo.

MONTO A PARTIR DEL CUAL DEBE PRESENTARSE EL FORMULARIO AR-I

El formulario deberá presentarse cuando el beneficiario estime obtener uno o más deudores o pagadores un enriquecimiento global neto anual superior a 1.000 unidades tributarias; o ingresos brutos mayores de 1.500 unidades tributarias; debe presentarse esta información (art. 2 decreto 1.808)

PRESENTACIÓN DEL FORMULARIO AR-I

El formulario debe presentarse normalmente dentro de la primera quincena del mes de enero de cada año y, en todo caso, antes de hacerse efectiva la primera remuneración del ejercicio, se cual fuere el mes a partir del cual se comience a obtener salarios u otras remuneraciones similares (art. 4, parágrafo 2 decreto

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