SALARIO MÍNIMO EN VENEZUELA
Enviado por marioheredia • 24 de Mayo de 2013 • 441 Palabras (2 Páginas) • 494 Visitas
SALARIO MÍNIMO Y REG. DE LA LOTTT
Gaceta Oficial N° 40.157 con el decreto de aumento del salario mínimo mensual obligatorio para los sectores público y privado, que comenzó a regir a partir del 1° de mayo de 2013. El aumento del salario mínimo para trabajadores y pensionados se ubicará este año entre 38% y 45%. A partir del 1° de mayo se aplicará un incremento de 20%, que ubicará el salario en casi 2.457 bolívares. Sobre ese monto se hará el aumento de 10% en septiembre. El tercer aumento, que oscilará entre 5% y 10%, dependiendo de la inflación, se cancelará a partir en noviembre.
Gaceta Oficial N° 40.157 Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, sobre el tiempo de trabajo: establece la obligación del patrono de anunciar los horarios de trabajo.
* La normativa fija las reglas para las jornadas ordinarias, a tiempo parcial y la limitación a la prolongación de jornada.
* El reglamento establece además que la prestación de servicios en horas extraordinarias deberá fundamentarse en las circunstancias previstas en el art 179 o 180 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica del Trabajo, y deberá ser autorizada por el Inspector del Trabajo competente.
* En todos los casos las horas extraordinarias se pagarán conforme a lo establecido en el art. 118 de la LOT, salvo que resulte más favorable al trabajador.
* El tiempo destinado al descanso y alimentación, establecido en el art. 168 de la LOT, "podrá fraccionarse en dos partes iguales, previo acuerdo de los trabajadores con el patrono. En ningún caso podrá laborarse más de cinco horas continuas".
* El trabajador tendrá derecho a descansar dos (2) días continuos a la semana, en los que se incluirá el día domingo, pudiendo establecerse los días de descanso sábado y domingo o domingo y lunes.
* En los supuestos de trabajos no suceptibles de interrupción, en los términos previstos en el art. 185 de la LOT, podrán pactarse otros días distintos a los indicados anteriormente, siempre que los días de descanso sean continuos.
* En todos los casos, el trabajo en día domingo deberá pagarse de conformidad con lo establecido en el art. 120 de la LOT.
* Cuando un trabajador preste servicio en uno o dos días que le corresponda a su descanso semanal, tendrá derecho a disfrutar, en el transcurso de la semana siguiente, de uno o dos días continuos de descanso compensatorio remunerado, sin que puedan sustituirse por un beneficio de otra naturaleza.
* Si el trabajo se prestare en un día feriado, el trabajador no tendrá derecho al descanso compensatorio, sino al pago de la remuneración adicional a que se refiere el art. 120 de la
...