SISTEMA DE DETRACCION DEL IGV
Enviado por hirvins • 14 de Octubre de 2013 • 9.121 Palabras (37 Páginas) • 625 Visitas
DETRACCIONES
INTRODUCCIÓN
El Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central-SPOT (Sistema de Detracciones), ha venido aplicándose paulatinamente desde el año 2002 y es un mecanismo que tiene el Estado para garantizar el pago del IGV en sectores con alto grado de informalidad.
El Sistema venía aplicándose ya a productos como el alcohol etílico, azúcar, algodón, caña de azúcar, madera, arena y piedra , desperdicios y desechos metálicos, recursos hidrobiológicos, bienes del inciso A) del Apéndice I de la Ley del IGV (cuando se haya renunciado a la exoneración del IGV), y las operaciones de prestación de servicios de intermediación laboral.
Posteriormente fueron incorporados, el aceite y harina de pescado, embarcaciones pesqueras, los servicios de tercerización (Contratos de Gerencia), arrendamiento de bienes muebles, mantenimiento y reparación de bienes muebles, movimiento de carga y otros servicios empresariales, tales como los jurídicos, de contabilidad y auditoría, asesoramiento empresarial, publicidad, entre otros.
¿Qué es el Sistema de Detracciones del IGV?
Consiste básicamente en la detracción (descuento) que efectúa el comprador o usuario de un bien o servicio afecto al sistema, de un porcentaje del importe a pagar por estas operaciones, para luego depositarlo en el Banco de la Nación, en una cuenta corriente a nombre del vendedor o quien presta el servicio. Éste, por su parte, utilizará los fondos depositados en su cuenta para efectuar el pago de sus obligaciones tributarias.
¿Qué bienes y servicios están comprendidos en el Sistema?
Para un mejor funcionamiento del sistema se ha clasificado los bienes y servicios sujetos al mismo en tres anexos: los anexos 1 y 2 reúnen los bienes y el anexo 3, los servicios cada uno de ellos con sus correspondientes porcentajes de detracción.
¿Cuáles son las Operaciones sujetas al Sistema?
Las operaciones sujetas al sistema difieren de acuerdo a su ubicación en el correspondiente anexo. Así tenemos:
1. Tratándose de los bienes señalados en el Anexo 1, y siempre que el importe de las operaciones sujetas al Sistema sean mayores a media (1/2) UIT, son las siguientes:
• La venta gravada con el IGV
• El retiro considerado venta al que se refiere el inciso a) del artículo 3° de la Ley del IGV
• El traslado de estos bienes fuera del centro de producción, así como desde cualquier zona geográfica que goce de beneficios tributarios hacia el resto del país.
ANEXO 1
BIENES SUJETOS AL SISTEMA
| |DEFINICIÓN |DESCRIPCIÓN |PORCENTAJE |
|1 |Azúcar |Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales 1701.11.90.00, 1701.91.00.00 y |10% |
| | |1701.99.00.90. | |
|2 |Alcohol etílico |Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales 2207.10.00.00, 2207.20.00.00 y |10% |
| | |2208.90.10.00. | |
|3 |Algodón |Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales 5201.00.10.00/5201.0090.00 y |12% |
| | |5203.00.00.00, excepto el algodón en rama sin desmontar | |
| | |(Numeral 3 incorporado por el artículo 1° de la Resolución de Superintendencia N° | |
| | |260-2009/SUNAT, publicada el 10.12.2009 y vigente a partir del 11.12.2009). | |
2. Tratándose de los bienes señalados en el Anexo 2 , las operaciones sujetas al Sistema son las siguientes:
• La venta gravada con el IGV
• El retiro considerado venta al que se refiere el inciso a) del artículo 3° de la Ley del IGV
ANEXO 2
BIENES SUJETOS AL SISTEMA
|DEFINICIÓN |DESCRIPCIÓN |PORCENTAJE |
|1 |Recursos hidrobiológicos|Pescados destinados al procesamiento de harina y aceite de pescado comprendidos |9% (1) |
| | |en las subpartidas nacionales 0302.11.00.00/0305.69.00.00 y huevas, lechas y | |
| | |desperdicios de pescado y demás contemplados en las subpartidas nacionales | |
| | |0511.91.10.00/0511.91.90.00. | |
| | |Se incluyen en esta definición los peces vivos, pescados no destinados al | |
| | |procesamiento de harina y aceite de pescado, crustáceos, moluscos y demás | |
| | |invertebrados acuáticos comprendidos en las subpartidas nacionales | |
| | |0301.10.00.00/0307.99.90.90,cuando el proveedor hubiera renunciado a la | |
| | |exoneración contenida en el inciso A) del Apéndice I de la Ley del IGV. | |
|2 |Maíz amarillo duro |La presente definición incluye lo siguiente: |7% |
| | |a) Bienes comprendidos en la subpartida nacional 1005.90.11.00. | |
| | |b) Sólo la harina de maíz amarillo duro comprendida en la subpartida nacional | |
| | |1102.20.00.00. | |
| | |c) Sólo los grañones y sémola de maíz amarillo duro comprendidos en la | |
| | |subpartida nacional 1103.13.00.00. | |
| | |d) Sólo "pellets" de maíz amarillo duro comprendidos en la subpartida nacional | |
| | |1103.20.00.00. | |
| | |e) Sólo los granos aplastados de maíz amarillo duro comprendidos en la | |
| | |subpartida nacional 1104.19.00.00. | |
| | |f) Sólo los demás granos trabajados de maíz amarillo duro comprendidos en la | |
| | |subpartida nacional 1104.23.00.00. | |
| | |g) Sólo el germen de maíz amarillo duro entero, aplastado o molido comprendido | |
| | |en la subpartida nacional 1104.30.00.00. | |
| | |h) Sólo los salvados, moyuelos y demás residuos del cernido, de la molienda o de| |
| | |otros tratamientos del maíz amarillo duro, incluso en "pellets", comprendidos en| |
| | |la subpartida nacional 2302.10.00.00. | |
|3 |Algodón en rama sin |Algodón en rama sin desmontar contenidos en las subpartidas nacionales |15% |
| |desmontar |5201.00.10.00/5201.00.90.00, cuando el proveedor hubiera renunciado a la | |
| | |exoneración contenida en el Inciso A) del Apéndice I de la Ley del IGV. | |
| | | | |
| | |(Numeral 3 sustituido por el artículo 2° de la Resolución de Superintendencia N°| |
| | |260-2009/SUNAT, publicada el 10.12.2009 y vigente a partir del 11.12.2009). | |
|4 |Caña de azúcar |Bienes comprendidos en la subpartida nacional 1212.99.10.00. |10% |
|5 |Arena y piedra |Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales 2505.10.00.00, 2505.90.00.00, |10% |
| | |2515.11.00.00/2517.49.00.00 y 2521.00.00.00. | |
|6 |Residuos, subproductos, |Solo los residuos, subproductos, desechos, recortes y desperdicios comprendidos |10% |
| |desechos, recortes y |en las subpartidas nacionales 2303.10.00.00/2303.30.00.00, | |
| |desperdicios |2305.00.00.00/2308.00.90.00,
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