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SOLICITUD QUE SE HACE PARTIENDO DE LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES


Enviado por   •  24 de Abril de 2017  •  Trabajo  •  6.217 Palabras (25 Páginas)  •  661 Visitas

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C. JUEZ DE CONTROL DEL DISTRITO

JUDICIAL DE TOLUCA, MÉXICO, CON SEDE EN

ALMOLOYA DE JUÁREZ, MÉXICO.

              EL suscrito LIC. JUAN RICARDO ORTIZ GARCIA Agente del Ministerio Público adscrito a la Fiscalía Especializada de Homicidio del Valle de Toluca con número de gafete-AMP 854, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el correo institucional mp.juanricardo.ortiz @pjedomex.gob.mx comparezco y expongo:

Su Señoría; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16 Párrafos 1ro y 3ro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 141 y 142 del Código Nacional de Procedimientos Penales vigente, vengo a solicitar se sirva librar la correspondiente ORDEN DE APREHENSIÓN en contra de TEODORO MUNGUIA ALPIZAR, por el hecho delictuoso de HOMICIDIO CALIFICADO en agravio de quien en vida respondiera al nombre de CESAR SANCHEZ MARTINEZ, ilícito previsto y sancionado  por los artículos 241, 242 fracción II, 245 fracciones I y II, en relación con el 6, 7, 8 fracciones I y III, y 11 fracción I inciso C), todos del Código Penal vigente para el Estado de México.

SOLICITUD QUE SE HACE PARTIENDO DE LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES:

PRIMERO.- Hago de su conocimiento a su Señoría, que en fecha 22 de diciembre del 2016, se denunciaron ante ésta Representación Social, los hechos en los cuales perdiera la vida CESAR SANCHEZ MARTINEZ, por lo que una vez practicadas las diligencias que se consideraron necesarias en la presente carpeta de investigación, se establece que existen datos de prueba suficientes para establecer que se ha cometido el hecho delictuoso de HOMICIDIO CALIFICADO y que existe muy alta probabilidad de que el inculpado TEODORO MUNGUIA ALPIZAR lo cometió.

Asimismo, hago del conocimiento a su Señoría, que el hecho delictuoso de HOMICIDIO CALIFICADO se ajusta a lo que establece el artículo 141 fracción III, del Código Nacional de Procedimientos Penales Vigente para el nuevo sistema penal acusatorio, adversarial y oral.

SOLICITUD QUE SE HACE DE ACUERDO AL SIGUIENTE HECHO:

Que siendo aproximadamente las cinco horas con cuarenta minutos del día veintidós de diciembre del año dos mil dieciséis, el ahora occiso CESAR SANCHEZ MARTINEZ paso por su pareja de nombre MARIBELVASQUEZ VILCHIS a su domicilio el cual se ubica en  calle Juan A. Mateos, número 104, colonia Héroes 5 de Mayo del Seminario, Toluca, México a bordo de su vehículo de la marca Volkswagen, tipo Jetta, color Azul Marino para llevarla a su lugar de trabajo en la base de taxis denominado “VIFRAM”, el cual se ubica en  la calle Benito Juárez, colonia Capultitlan, del municipio de Toluca, Estado de México, llegando a dicho lugar  aproximadamente a las 6:00 horas, por lo que  MARIBEL VAZQUEZ VILCHIS se bajó del automóvil de CESAR SANCHEZ MARTINEZ e ingreso a la oficina de su trabajo, por lo que aproximadamente cinco minutos después CESAR SANCHEZ MARTINEZ toca a la puerta de la oficina de MARIBEL VAZQUEZ VILCHIS y grita su nombre  por lo que abre la puerta de su oficina  y al abrir se percata que CESAR SANCHEZ MARTINEZ se encuentra lleno de sangre y le dice me pego TEODORO MUNGUIA ALPIZAR y  CESAR SANCHEZ MARTINEZ se cae al suelo por lo que MARIBEL VASQUEZ lo comienza a auxiliar sosteniéndole  la cabeza en ese momento es cuando ve como su ex pareja de nombre   TEODORO MUNGUI ALPIZAR huye del lugar abordo de su vehículo de la marca Nissan tipo  Tsuru, color blanco con cromática de taxi de la empresa NEXUS, ocasionándole  heridas que le causaron la muerte a CESAR SANCHEZ MARTINEZ, quien falleció por laceración pulmonar, cardiaca  y hepática, consecutiva a herida por instrumento punzante, penetrante de tórax y abdomen, lo que se clasifica de mortal.

Hecho que se acredita, con los siguientes: DATOS DE PRUEBA.

1.- CON LA NOTICIA CRIMINAL DE FECHA 22 DE DICIEMBRE DEL  2016.- que siendo las siete horas con quince minutos del día 22 de diciembre del 2016. El CERICK DIAZ ARCOS radio operador de la coordinación de análisis de la FGJEM. reporta el fallecimiento de una persona del sexo masculino de identidad desconocida, que presenta lesiones en la calle privada de Juárez esquina con Juárez, en Capultitlan, Toluca.

2.- REGISTRO DE INSPECCIÓN MINISTERIAL DEL LUGAR DE LOS HECHOS, FE DE CADÁVER, POSICIÓN Y ORIENTACIÓN, LEVANTAMIENTO Y TRASLADO AL SEMEFO DE FECHA 22 DE DICIEMBRE DE 2016, SUSCRITO POR EL ELEMENTO DE LA POLICÍA CON CAPACIDADES PARA PROCESAR EL LUGAR PABLO MANUEL GUADALUPE.- En fecha veintidós de Diciembre del año dos mil dieciséis, siendo las ocho horas con veinte minutos,  la suscrita Agente Investigador de la Policía Ministerial adscrito a la Fiscalía Especializada de Homicidio del Valle de Toluca, en compañía del perito en materia de criminalística y fotografía Juan Vázquez Bernal, Perito oficial en materia de criminalística de campo y fotografía; nos constituimos plena y legalmente en el lugar de intervención ubicado en Calle Privada Benito Juárez número 3, esquina con calle Privada de Marcos Bernal, Poblado de Capultitlan, Municipio de Toluca, Estado de México; lugar donde a nuestra llegada de intervención, se encontró preservado y acordonado con cinta plástica de color amarillo con la leyenda “PROHIBIDO EL PASO” por el Primer Respondiente quien dijo llamarse Genaro Reinoso Peralta, elemento de la Policía Municipal de Toluca, el cual arribo al lugar a bordo de la unidad 2213, en compañía de tres elementos más abordo así como el elemento de la CES Cristian Bastida Olivares a bordo de la unidad 2413; lugar donde se aprecia un arroyo peatonal y vehicular de concreto hidráulico de 38 mts de largo x 4.10 mts de ancho con orientación y circulación de norte a sur y viceversa, en su extremos oriente donde se observa una intersección con otra calle denominada Privada Marcos Bernal de terreno natural constante en tierra con orientación y circulación de oriente a poniente y a la viceversa, en el extremo poniente de la calle Privada Benito Juárez se aprecia un inmueble que cuenta con área de estacionamiento, con su frente dirigido al oriente, en el extremos sur se observa un muro de piedra color negro, en el extremo norte se observa una construcción de cuatro niveles color salmón, siendo en la planta baja en la primera habitación la que se encuentra destinada a “BASE DE TAXIS”,  inmueble que en su parte media cuenta con un libre acceso principal que mide 2.80 mts mismo que da paso a un área destinada a patio y a estacionamiento vehicular, y es precisamente en el acceso principal del inmueble en donde se observa a nivel de piso un cadáver del sexo masculino de identidad desconocida y/o Cesar Sánchez Martínez cubierto con una cobija en color blanco con vivos en color gris y café con diversas figuras, vestido y calzado de aproximadamente 30 a 40 años de edad quien se encontró en la siguiente.- POSICIÓN Y ORIENTACIÓN: en decúbito dorsal, con la extremidad cefálica dirigida al sur, miembro superior derecho en extensión y dirigido al nor-poniente y la extremidad superior izquierda en extensión dirigida al poniente, extremidades inferiores ambas en extensión dirigidas al norte, observándose a simple vista LESIONES; únicamente se observó manchas rojizas en región facial y pectoral; encontrándose en el lugar de intervención los siguientes INDICIOS: 1-cadáver que se ubicó sobre la vía de acceso libre  con respecto a la extremidad cefálica se ubicó a 56 cm al norte con respecto al muro de piedra color negro; 2.- mancha en color rojo sobre el muro sur del área destinada a base de taxis a lado izquierdo de la vía de acceso, manchas en la puerta de madera color blanca en una superficie de 30 cm de largo por 20 cm de ancho; mancha de color rojo a nivel de piso sobre la banqueta que se encuentra enfrente de la vía de acceso en un área de 70 centímetros de largo con 70 cm de ancho. 3.- en el extremo oriente de la intercepción de las calles citadas en líneas anteriores se observó un área desinada a estacionamiento en la cual en su extremo sur se observó un vehículo automotor color azul marino con su frente dirigido al poniente de la marca Volkswagen, tipo Jetta GLI, con placas de circulación MKJ-11-66 del Estado de México; 4.-a 2.20 mts con respecto del neumático anterior derecho del vehículo automotor y con una dirección al nor-oriente a nivel de piso se observó una mancha de color rojiza en un área de 7.60 mts de largo por 90 cm de ancho. En el lugar de intervención se realizó la inspección del vehículo automotor color azul marino tipo Jeta GLI, con placas de circulación MKJ-11-66 del Estado de México mismo que se observó cuenta con: cuatro puertas, cuatro llantas, vidrios en buen estado, en el interior del vehículo se observan asientos en buenas condiciones y en la cajuela se observa diversas cobijas así mismo se procedió a realizar la búsqueda de material sensible encontrándose TRES FRAGMENTOS DACTILARES en el cristal en la puerta anterior izquierda. Realizándose el  procesamiento del lugar  con el apoyo del perito en criminalística y fotografía Lic. Juan Vázquez Bernal, mismos que fueron procesados conforme a las técnicas propias de la materia.

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