Salario y finiquito
Enviado por vagiu • 25 de Agosto de 2015 • Examen • 6.164 Palabras (25 Páginas) • 347 Visitas
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- CASO ALTAENELMES
CATEGORIA PROFESIONAL - GRUPO 8:
Mes de JUNIO
PASO 1
Salario base + actividad
21+6 = 27 euro
30 – 6 = 24 DIAS TRABAJADOS EL MES DE JUNIO
27 x 24 días= 648 euro (A)
PASO 2
Al no haber percepciones no salariales es 0
= 27 euro
PASO 3
Prorrata de paga extra
(21 x 30 días x 2 pagas)/365 días = 3.45 euro
3.45 x 24días = 82.8
27+3.45= 30.45 euros diarios BASE COT. CON. COMUNES DIARIA
PASO 4
Sumamos:
648+82.8 = 730.8 euros BASE COT. CON. COMUNES MENSUAL JUNIO
Compruebo si está entre máx. y min. del grupo 8
30.45x30= 913.5 euros mensuales : SI
Si un trabajador no realiza horas extras, su base por contingencias comunes y su base por contingencias profesionales serán iguales
730.8 euros mensuales BASE COT. CON. PROFES. MENSUAL JUNIO
CUOTA DE DEDUCCION
730.8 x 4.70% = 34.35 euro POR CONTINGENCIAS COMUNES
730.8 x 1.55% = 11.33 euro POR DESEMPLEO
730.8 x 0.10% = 0.73 euro POR FORMACION PROFECIONAL
648 x 0.0% = 0 euros POR IRPF
TOTAL A DEDUCIR
34.35+11.33+0.73 = 46.38 (B)
TOTAL A PERCIBIR
A-B= 648-46.38 = 601.62 euros
Mes de AGOSTO
PASO 1
Salario base + actividad
21+6 = 27 euro
27 x 31 días= 837 euro (A)
PASO 2
Al no haber percepciones no salariales es 0
= 27 euro
PASO 3
Prorrata de paga extra
(21 x 30 días x 2 pagas)/365 días = 3.45 euro
31 DIAS TRABAJADOS EL MES DE AGOSTO
3.45 x 31 Días = 106.95
27+3.45= 30.45 euros diarios BASE COT. CON. COMUNES DIARIA
PASO 4
Sumamos:
837+106.95 = 943.95 euros BASE COT. CON. COMUNES MENSUAL AGOSTO
Compruebo si está entre máx. y min. del grupo 8
30.45x31= 943.95 euros mensuales : SI
Si un trabajador no realiza horas extras, su base por contingencias comunes y su base por contingencias profesionales serán iguales
943.95 euros mensuales BASE COT. CON. PROFES. MENSUAL AGOSTO
CUOTA DE DEDUCCION
943.95 x 4.70% = 44.37 euro POR CONTINGENCIAS COMUNES
943.95 x 1.55% = 14.63 euro POR DESEMPLEO
943.95 x 0.10% = 0.94 euro POR FORMACION PROFECIONAL
837 x 0.0% = 0 euros POR IRPF
TOTAL A DEDUCIR
44.37+14.63+0.94= 59.94 euros (B)
TOTAL A PERCIBIR
A-B= 837-59.94= 777.06 euros
PARA LOS RECIBO VER ADJUNTO 1 Y ADJUNTO 2
- CASO TRABAJOEXTRA
CATEGORIA PROFESIONAL - GRUPO 7:
Mes de JUNIO
PASO 1
Suma de conceptos salariales
811+81+90 = 982 euros (A)
PASO 2
Suma de conceptos extra salariales
30+36= 66 euros (C)
PASO 3
Parte proporcional paga extraordinaria
(892 x 2)/12 = 148.67 euros
PASO 4
Comprobación del valor mínimo y máximo (756,60 – 3.606):
BCCC = 982+148.67 = 1130.67 euros BASE COT. CON. COMUNES MENSUAL JUNIO
BCCC + horas extra estructurales + horas extra fuerza mayor
BCCC = 1130.67+ 66 extras = 1196.67 euros BASE COT. CON. PROFES. MENSUAL JUNIO
CUOTAS DE DEDUCCION
1130.67 x 4.70% = 53.14 euro POR CONTINGENCIAS COMUNES
1196.67 x 1.55% = 18.55 euro POR DESEMPLEO
1196.67 x 0.10% = 1.20 euro POR FORMACION PROFECIONAL
30 x 2.00% = 0.60 euros POR HORAS EXTRAS FUERZA MAYOR
36 x 4.70% = 1.69 euros POR HORASS EXTRAS EXTRUCTURALES
(982+66) x 15% = 157.2 euros POR IRPF
TOTAL A DEDUCIR
53.14+18.55+1.20+0.60+1.69+157.2 = 232.38 (B)
TOTAL A PERCIBIR
A+C-B = 982+66-232.38 = 815.62 euros
PARA EL RECIBO VER ADJUNTO 3
- CASO SMI & IPREM
CATEGORIA PROFESIONAL DE PEÓN - GRUPO 10:
SMI PEÓN: 25.22 – 120.20 euros diario
Mes de JUNIO
PASO 1
Salario base
25.22 x 30 días= 756.60 euro (A)
PASO 2
Al no haber percepciones no salariales es 0
= 25.22 euro
PASO 3
Prorrata de paga extra
(25.22 x 30 días x 2 pagas)/365 días = 4.15 euro
30 DIAS TRABAJADOS EL MES DE JUNIO
4.14 x 30 Días = 124.20
25.22 + 4.14 = 29.36 euros diarios BASE COT. CON. COMUNES DIARIA
PASO 4
Sumamos:
756.60+124.20 = 880.80 euros BASE COT. CON. COMUNES MENSUAL JUNIO
Compruebo si está entre máx. y min. del grupo 10
25.22x30= 756.60 euros mensuales : SI
Si un trabajador no realiza horas extras, su base por contingencias comunes y su base por contingencias profesionales serán iguales
880.80 euros mensuales BASE COT. CON. PROFES. MENSUAL AGOSTO
CUOTA DE DEDUCCION
880.80 x 4.70% = 41.40 euro POR CONTINGENCIAS COMUNES
880.80 x 1.55% = 13.65 euro POR DESEMPLEO
880.80 x 0.10% = 0.88 euro POR FORMACION PROFECIONAL
756.60 x 0.0% = 0 euros POR IRPF
TOTAL A DEDUCIR
41.40+13.65+0.88 = 55.93 euros (B)
TOTAL A PERCIBIR
A-B= 756.60-55.93 = 700.67 euros
PARA EL RECIBO VER ADJUNTO 4 - CASO AYUDANDTE TITULADO
CATEGORIA PROFESIONAL - GRUPO 2:
Mes de JULIO
PASO 1
Suma de conceptos salariales
1442+120 = 1562 euros (A)
PASO 2
Suma de conceptos extra salariales
0
PASO 3
Parte proporcional paga extraordinaria
(1442 x 2)/12 = 240.33 euros
5 MESES DESDE 1 FEBRERO HASTA 1 JULIO
240.33 x 5 = 1201.67 euros (C) PAGA EXTRA MES JULIO
240.33 x 6 = 1442 PAGA EXTRA MES DICIEMBRE
PASO 4
Comprobación del valor mínimo y máximo (876.60 – 3.606):
Bccc = 1562 + 1201.67 = 2763.67 euros BASE COT. CON. COMUNES MENSUAL JULIO. En este caso no hay prorrateo entonces se suma la paga extra.
Si un trabajador no realiza horas extras, su base por contingencias comunes y su base por contingencias profesionales serán iguales
2763.67 euros mensuales BASE COT. CON. PROFES. MENSUAL JULIO
- ABONO CONJUNTO:
CUOTAS DE DEDUCCION
2763.67 x 4.70% = 129.89 euro POR CONTINGENCIAS COMUNES
2763.67 x 1.55% = 42.84 euro POR DESEMPLEO
2763.67 x 0.10% = 2.76 euro POR FORMACION PROFECIONAL
2763.67 x 18% = 497.46 euros POR IRPF
TOTAL A DEDUCIR
129.89+42.84+2.76+497.46 = 672.95 (B)
TOTAL A PERCIBIR
A+C-B = 2763.67 – 672.95 = 2090.72 euros - ABONO POR SEPARADO:
- NOMINA JULIO
CUOTAS DE DEDUCCION
1562 x 4.70% = 73.41 euro POR CONTINGENCIAS COMUNES
1562 x 1.55% = 24.21 euro POR DESEMPLEO
1562 x 0.10% = 1.56 euro POR FORMACION PROFECIONAL
1562 x 18% = 281.16 euros POR IRPF
TOTAL A DEDUCIR
73.41+24.21+1.56+281.16+ = 380.34 (B)
TOTAL A PERCIBIR
A-B = 1562 - 380.34 = 1181.66 euros - SALARIO EXTRA JULIO
CUOTAS DE DEDUCCION
1201.67 x 4.70% = 56.48 euro POR CONTINGENCIAS COMUNES
1201.67 x 1.55% = 18.63 euro POR DESEMPLEO
1201.67 x 0.10% = 1.20 euro POR FORMACION PROFECIONAL
1201.67 x 18% = 216.30 euros POR IRPF
TOTAL A DEDUCIR
56.48+18.63+1.20+216.30 = 292.61 (B)
TOTAL A PERCIBIR
A-B = 1201.67 - 292.61 = 909.06 euros
PARA LOS RECIBOS VER ADJUNTOS 5 y 6
- CASO DIETAS
CATEGORIA PROFESIONAL - GRUPO 1:
Al realizar una nómina de un trabajador que cobre dietas (gastos de manutención estancia, kilometraje) hay que tener en cuenta los límites establecidos a la hora de considerar que parte es salarial y que parte no lo es y por lo tanto no cotiza.
La parte que excede tampoco se incluirá en la base del IRPF.
Mes de MAYO
DEVENGOS
Suma de conceptos salariales: Salario base + antigüedad + plus convenio + gastos de locomoción + gastos manutención (2 noches) + gastos estancia (3 días) + plus de distancia+ horas extras
1412+120+162+ 180+ 150+150+30 +90 = 2294 euros (A)
BCCC (1056.90 – 3606 euros)
Salario base+ antigüedad + convenio+ pagas extras + concepto considerado salariales de las dietas:
- El exceso de manutención será toda la cuantía percibida que sobrepase los 53.34 euros por día. Cobro 150 euros.
→ 150 - 53.34 x 2 noches: 43.32 euro
- El exceso de la locomoción será toda la cuantía percibida que sobresale los 0.19 euros por Km recorrido.
→ 180 – 0.19 x 1200 = -48 euro
En este caso la cuantía está en negativo, es decir, que el trabajador ha pagado más de lo que ha percibido, y por eso no cotizará.
Por tanto:
(1412+120+162)x3 / 12 = 423.5 3 PAGAS EXTRAS PRORRAT
1412+120+162+43.32+ 423.5 = 2117.5 euros BCCC
BCCF
BCCC+ horas extras:
2117.5+90= 2207.5 euros
IRPF
Coincide con los devengos del mes, quedando exentas de tributación las cantidades correspondientes a las dietas salvo la parte de estas que superan los límites fijados:
Salario base – gasto locomoción – gasto estancia (justificado) – parte del gasto manutención – plus de distancia ( no supera el 20% de Iprem)
2294-180-150-106.68 – 30 = 1827.32 euro
CUOTAS DE DEDUCCION
2117.5 x 4.70% = 99.52 euro POR CONTINGENCIAS COMUNES
2207.5 x 1.55% = 34.21 euro POR DESEMPLEO
2207.5 x 0.10% = 2.20 euro POR FORMACION PROFECIONAL
1827.32 x 18% = 328.91euros POR IRPF
TOTAL A DEDUCIR
99.52+34.21+2.20+328.91 = 464.84 (B)
TOTAL A PERCIBIR
A-B = 2294 - 464.84 = 1829.16 euros
PARA EL RECIBO VER ADJUNTO 7
- CASO SUSPENSIÓN
CATEGORIA PROFESIONAL - GRUPO 9:
Mes de ABRIL
PASO 1
Salario base + actividad
23+2.30+3 = 28.3 euro
30 – 14 = 16 DIAS TRABAJADOS EL MES DE ABRIL
28.3 x 16 días= 452.8 euro (A)
PASO 2
Al no haber percepciones no salariales es 0
= 27 euro
PASO 3
Prorrata de paga extra
(25.3 x 30 días x 2 pagas)/365 días = 4,16 euro
4.16 x 16 días = 66.56
28.3+4.16= 32.46 euros diarios BASE COT. CON. COMUNES DIARIA
PASO 4
Sumamos:
452.8+66.56 = 519.36 euros BASE COT. CON. COMUNES MENSUAL ABRIL
Compruebo si está entre máx. y min. del grupo 9
32.46x30= 973.8 euros mensuales : SI
Si un trabajador no realiza horas extras, su base por contingencias comunes y su base por contingencias profesionales serán iguales
519.36 euros mensuales BASE COT. CON. PROFES. MENSUAL ABRIL
CUOTA DE DEDUCCION
519.36 x 4.70% = 24.40 euro POR CONTINGENCIAS COMUNES
519.36 x 1.55% = 8.05 euro POR DESEMPLEO
519.36 x 0.10% = 0.52 euro POR FORMACION PROFECIONAL
452.8 x 10% = 45.28 euros POR IRPF
TOTAL A DEDUCIR
24.40+8.05+0.52+45.28 = 78.25 (B)
TOTAL A PERCIBIR
A-B= 452.80-78.25 = 374.55 euros
PARA EL RECIBO VER ADJUNTO 8
- CASO HUELGA
CATEGORIA PROFESIONAL - GRUPO 8:
Mes de NOVIEMBRE
PASO 1
Salario base + actividad
30+3+4 = 37 euro
30 – 7 = 23 DIAS TRABAJADOS EL MES DE NOVIEMBRE
37 x 23 días= 851euro (A)
PASO 2
Al no haber percepciones no salariales es 0
= 27 euro
PASO 3
Prorrata de paga extra
(33 x 30 días x 2 pagas)/365 días = 5.42 euro
5.42 x 23 días = 124.66
33+5.42= 38.42 euros diarios BASE COT. CON. COMUNES DIARIA
PASO 4
Sumamos:
851+124.66 = 975.66 euros BASE COT. CON. COMUNES MENSUAL NOV.
Compruebo si está entre máx. y min. del grupo 9
38.42x30= 1152.6 euros mensuales: SI
Si un trabajador no realiza horas extras, su base por contingencias comunes y su base por contingencias profesionales serán iguales
975.66 euros mensuales BASE COT. CON. PROFES. MENSUAL NOV
CUOTA DE DEDUCCION
975.66 x 4.70% = 45.85 euro POR CONTINGENCIAS COMUNES
975.66 x 1.55% = 15.22 euro POR DESEMPLEO
975.66 x 0.10% = 0.97 euro POR FORMACION PROFECIONAL
851 x 14% = 119.14 euros POR IRPF
TOTAL A DEDUCIR
45.85+15.22+0.97+119.14 = 181.18 (B)
TOTAL A PERCIBIR
A-B= 851-181.18 = 669.82 euros
PARA EL RECIBO VER ADJUNTO 9
- CASO ILT
CATEGORIA PROFESIONAL - GRUPO 7
MES DE ABRIL
SALARIO PERIODO ALTA
9 DIAS DE ALTA
870/30x9= 261 euros
SLARIO PERIODO BAJA
En caso de incapacidad temporal o de enfermedad común el cálculo de la base reguladora se hará:
− Calculo de la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al de la baja.
− La dividiremos entre 30 si la retribución es mensual o entre el número de días que tenga el mes si la retribución es diaria.
− La cantidad obtenida será la base reguladora diaria.
BCCC DIARIA
1155/30 = 38.5 euro
La cuantía de la prestación será:
− Del día 1º al 3º de la baja, el trabajador no cobrará nada.
− Del 4º día al 20º día ambos inclusive cobrara el 60% de la base reguladora.
− Del 21º en adelante cobrará el 75% de la base reguladora.
21 DIAS DE BAJA
Días 10,11,12 Abril = 0 euro
Días 13-29 Abril = (38.5*16)x 60% = 616*60% = 369.6 euros
Día 30 Abril = 38.5*75% = 28.88 euros
TOTAL BAJA
369.6+28.88 = 398.48 euros
TOTAL
Alta + baja
261+398.48 = 659.48 euros (A)
BASE CONTINGENCIAS COMUNES PERIODO ALTA
Salario base (9 días) + prorrata pagas extras (9 días)
261+(990*2/12)/30*9 = 310.50 euros
BASE CONTINGENCIAS COMUNES PERIODO BAJA
(Base contingencias comunes mes anterior/30)*21
1155/30*21 = 808.5 euros
BCCC
Base alta + base baja
310.5+808.5 = 1119 euros
BCCP
Si un trabajador no realiza horas extras, su base por contingencias comunes y su base por contingencias profesionales serán iguales
1119 euros mensuales
CUOTA DE DEDUCCION
1119 x 4.70% = 52.59 euro POR CONTINGENCIAS COMUNES
1119 x 1.55% = 17.34 euro POR DESEMPLEO
1119 x 0.10% = 1.12 euro POR FORMACION PROFECIONAL
659.48 x 14% = 92.33 euros POR IRPF
TOTAL A DEDUCIR
52.59+17.34+1.12+92.33 = 163.38 (B)
TOTAL A PERCIBIR
A-B= 659.48-163.38 = 496.10 euros
PARA EL RECIBO VER ADJUNTO 10
- CASO ILT PROFESSIONAL
MES DE NOVIEMBRE
CATEGORIA PROFESIONAL - GRUPO 5
Cuantía de la presentación
Base reguladora de contingencias profesionales * 75 %
El día de la baja el trabajador cobrara como día trabajado.
La duración máxima será de 12 meses prorrogables por otros 6.
DEVENGOS
9 Días de alta
21 Días de baja
SALARIO EN ALTA
(Salario base + complemento /30)*9
[1050+ (1050*10%)*7 trienios]/30*9 = 59.5*9 = 535.5 euros
SALARIO EN BAJA
Base reguladora: (base cont. Prof. Mes anterior – horas extra mes anterior / 30) + (horas extras año anterior/360)
BCCP- Horas extras = BCCC
BCCC = 1330
1330/30 = 44.33 euros
900/360 = 2.5
Base calculadora: 44.33+2.5 = 46.83 euros por día
→ (46.83*x75%)x21 días = 737.57 euros
TOTAL
Alta + baja
535.5+737.57 = 1273.07 euros (A)
BCCC
Periodo alta
(salario base + antigüedad + paga extra) /30 x número de días de alta
[1050+735+ (1050*2/12) ]/30 x 9= 1960/30*9= 588 euros
Periodo baja
(BCCC mes anterior/30) x día de baja
1330/30 x 21 = 1342.6 euros
Total BCCC
Bccc alta + Bcc baja
588+1342.6 = 1930.6 euros
Se encuentra dentro de los mínimos y máximos para el grupo 5
BCCP
Periodo alta
(salario base + antigüedad + paga extra)/30 + horas extras
1050+735+0 = 1785 euros
Periodo Baja
base calculadora x días de baja
46.83*21 = 983.43 euros
TOTAL BCCP
BCCP ALTA + BCCP BAJA
1785+983.43 = 2768.43 euros
Se encuentra dentro de los mínimos y máximos para el grupo 5
CUOTA DE DEDUCCION
1930.6 x 4.70% = 90.74 euro POR CONTINGENCIAS COMUNES
2768.43 x 1.55% = 42.91 euro POR DESEMPLEO
2768.43 x 0.10% = 2.77 euro POR FORMACION PROFECIONAL
1273.07 x 0% = 0 euros POR IRPF
TOTAL A DEDUCIR
90.74+42.91+2.77+0 = 136.42 (B)
TOTAL A PERCIBIR
A-B= 1273.07-136.42 = 1136.65 euros
PARA EL RECIBO VER ADJUNTO 11
- CASO DESDE CONVENIO
En este caso el convenio que yo usaría es el CONVENIO COLECTIVO DE ENSEÑANZA Y FORMACIÓN NO REGLADA.
- Sandra Villoria
Administrativa de segunda: pertenece al grupo II
Jornada laboral anual 1715 horas – 39horas por semana
Sueldo: 12269.77 euros brutos anuales
Plus transporte: 57.65 euros
PASO 1
Salario base + plus transporte
12269.77/12 = 1022.48 euro
1022.48+57.65 = 1080.13 euro (A)
PASO 3
Prorrata de paga extra
0 en el convenio no se habla de pagas extras
1080.13 euros BASE COT. CON. COMUNES
PASO 4
1080.13 euros BASE COT. CON. COMUNES
Si un trabajador no realiza horas extras, su base por contingencias comunes y su base por contingencias profesionales serán iguales
1080.13 euros mensuales BASE COT. CON. PROFES. MENSUAL
Compruebo si está entre máx. y min. del grupo 5
756 - 3606: SI
CUOTA DE DEDUCCION
1080.13 x 4.70% = 50.77 euro POR CONTINGENCIAS COMUNES
1080.13 x 1.55% = 16.74 euro POR DESEMPLEO
1080.13 x 1.08% = 0.97 euro POR FORMACION PROFECIONAL
1080.13 x 0% = 0 euros POR IRPF
TOTAL A DEDUCIR
50.77+16.75+0.97+0 = 68.49 (B)
TOTAL A PERCIBIR
A-B= 1080.13-68.49 = 1011.64 euros
APORTACIÓN DE LA EMPRESA
1080.13 x 23.6% = 254.91 euros POR CONTINGENCIAS COMUNES
1080.13 x 5.5% = 59.40 euros POR DESEMPLEO
1080.13 x 0.6% = 6,46 euros POR FORMACION PROFESIONAL
1080.13 x 0.20% = 216.03 euros FOGASA
1080.13 x 1% = 10.80 euros AT&EP
TOTAL:
254.91+59.40+6.46+216.03+10.80 = 547.60 euros - Fernando Rado
Profesor titulado : pertenece al grupo I
Jornada laboral anual 1446 horas – 34 horas por semana
Sueldo: : 13688.98 euros brutos anuales
Plus transporte: 34.89 euros
PASO 1
Salario base + plus transporte
13688.98/12 = 1140.75 euro
1140.758+34.89 = 1175.64 euro (A)
PASO 3
Prorrata de paga extra
0 en el convenio no se habla de pagas extras
1175.64 euros BASE COT. CON. COMUNES
PASO 4
1175.64 euros BASE COT. CON. COMUNES
Si un trabajador no realiza horas extras, su base por contingencias comunes y su base por contingencias profesionales serán iguales
1175.64 euros mensuales BASE COT. CON. PROFES. MENSUAL
Compruebo si está entre máx. y min. del grupo 1
1056.90 - 3606: SI
CUOTA DE DEDUCCION
1175.64 x 4.70% = 55.26 euro POR CONTINGENCIAS COMUNES
1175.64 x 1.60% = 18.81 euro POR DESEMPLEO
1175.64 x 1.08% = 1.18 euro POR FORMACION PROFECIONAL
1175.64 x 0% = 0 euros POR IRPF
TOTAL A DEDUCIR
55.26+18.81+1.18 = 92.88 (B)
TOTAL A PERCIBIR
A-B= 1175.64-92.88 = 1082.76 euros
APORTACIÓN DE LA EMPRESA
1175.64 x 23.6% = 277.45 euros POR CONTINGENCIAS COMUNES
1175.64 x 6.70% = 78.77 euros POR DESEMPLEO
1175.64 x 0.6% = 7.05 euros POR FORMACION PROFESIONAL
1175.64 x 0.20% = 2.35 euros FOGASA
1175.64 x 1% = 11.75 euros AT&EP
TOTAL:
277.45+78.77+7.05+2.35+11.75 = 377.37 euros
- CASO GLOBAL
- CARLOS BARROSO SANCHEZ
CATEGORIA PROFESIONAL - GRUPO 4:
Mes de MAYO
PASO 1
Suma de conceptos salariales
890+ (890x3%) x 8 cuatrienios + 80 (plus transp) = 1183.6 euros (A)
PASO 2
Suma de conceptos extra salariales
0
PASO 3
Parte proporcional paga extraordinaria
890+ (890x3%) x 8 cuatrienios = 1083.6 euros
1083.6*2/12 = 180.6
PASO 4
Comprobación del valor mínimo y máximo (756,60 – 3.606):
BCCC = 1183.6 + 180.6= 1364.2 euros BASE COT. CON. COMUNES MENSUAL MAYO
BCCP
Si un trabajador no realiza horas extras, su base por contingencias comunes y su base por contingencias profesionales serán iguales
1364.2 euros mensuales BASE COT. CON. PROFES. MENSUAL MAYO
CUOTAS DE DEDUCCION
1364.2 x 4.70% = 64.12 euro POR CONTINGENCIAS COMUNES
1364.2 x 1.55% = 21.15 euro POR DESEMPLEO
1364.2 x 0.10% = 1.36 euro POR FORMACION PROFECIONAL
1183.60 x 14% = 165.70 euros POR IRPF
TOTAL A DEDUCIR
64.12+21.15+1.36+165.70 = 252.69 (B)
TOTAL A PERCIBIR
A-B = 1183.6-252.69 = 930.91 euros
CATEGORIA PROFESIONAL - GRUPO 4:
Mes de JUNIO
Suma de conceptos salariales + extra salariales
890+ (890x3%) x 8 cuatrienios + 80 (plus transp) = 1183.6 euros
1183.6/30x20 = 789.07 euros (A) SALARIO DE JUNIO
(1183.6)/30= 39.45
(2.5*5+1.7)-8= 6.2 Días de vacaciones acumulados no disfrutados
39.45x6.2= 244.59 euros VACACIONES
Parte proporcional paga extraordinaria
[890+ (890x3%)x 8] x2/12 = 183.93 euros/mes
183.93/30= 6.13 euro/día
(183.93x5 )+ (6.13x20)= 919.65+122.6= 1042.25 euros PAGAS EXTRAS
BCCC
Comprobación del valor mínimo y máximo (756,60 – 3.606):
BCCC = 789.07+122.60 = 911.67 BASE COT. CON. COMUNES MENSUAL JUNIO
BCCP
Si un trabajador no realiza horas extras, su base por contingencias comunes y su base por contingencias profesionales serán iguales
911.67 euros mensuales
20 días por año trabajo, máximo 12 mensualidades
20/12 = 1.67 días/mes
1.67/30 = 0.06 días/día
20 x 35 años completos = 700
76 días x 20 días al año / 360 días = 4.22
TOTAL = 700+4.22 = 704.22 días
El máximo son 360 días así que:
12 x 30 x 39.45 = 14202 euros DESPIDO
CUOTAS DE DEDUCCION
911.67 x 4.70% = 42.85 euro POR CONTINGENCIAS COMUNES
244.59 x 4.70% = 11.50 euro
911.67 x 1.55% = 14.13 euro POR DESEMPLEO
244.59 x 1.55% = 3.79 euro
911.67 x 0.10% = 0.91 euro POR FORMACION PROFECIONAL
244.59 x 0.1% = 0.24 euro
789.07 x 14% = 110.47 euros POR IRPF
344.59 x 14% = 48.24 euro
TOTAL A DEDUCIR
42.85+11.50+14.13+3.79+0.91+0.24+110.47+48.24 = 232.13 (B)
TOTAL A PERCIBIR
A-B = 789.07-232.13 = 556.94 euros
TOTAL A FINIQUITAR
último mes +pagas extras + vacaciones + indemnización)
620.71 +1042.25 +244.59 + 14202 = 16109.55 euros - ARMANDO RODRIGUEZ MARTIN
CATEGORIA PROFESIONAL - GRUPO 10:
Mes de MAYO
PASO 1
Suma de conceptos salariales
27x31 = 837+ (837x4%) x 2 cuatrienios + 90 (horas extras) = 977.22 euros (A)
PASO 3
Parte proporcional paga extraordinaria
27x30x2/12 = 135 euros
PASO 4
Comprobación del valor mínimo y máximo (25.22 – 120.20):
BCCC=977.22+135 = 1112.22 euros BASE COT. CON. COMUNES MENSUAL MAYO
BCCC+ HORAS EXTRAS:
1112.22+90= 1202.22 euros BASE COT. CON. PROFES. MENSUAL MAYO
CUOTAS DE DEDUCCION
1112.22 x 4.70% = 52.27 euro POR CONTINGENCIAS COMUNES
1202.22 x 1.55% = 18.63 euro POR DESEMPLEO
1202.22 x 0.10% = 1.20 euro POR FORMACION PROFECIONAL
977.22 x 6% = 58.63 euros POR IRPF
TOTAL A DEDUCIR
52.27+18.63+1.20+58.63 = 130.73 (B)
TOTAL A PERCIBIR
A-B = 977.22-130.73 = 846.49 euros
MES DE JUNIO
SALARIO PERIODO ALTA
4 DIAS DE ALTA
977.22/30x4 = 130.30 euros
SALARIO PERIODO BAJA
En caso de incapacidad temporal de accidente no laboral o de enfermedad común el cálculo de la base reguladora se hará:
− Calculo de la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al de la baja.
− La dividiremos entre 30 si la retribución es mensual o entre el número de días que tenga el mes si la retribución es diaria.
− La cantidad obtenida será la base reguladora diaria.
BCCC DIARIA
1112.22/30 = 37.07 euro
La cuantía de la prestación será:
− Del día 1º al 3º de la baja, el trabajador no cobrará nada.
− Del 4º día al 20º día ambos inclusive cobrara el 60% de la base reguladora.
− Del 21º en adelante cobrará el 75% de la base reguladora.
24 DIAS DE BAJA
Días 5,6,7 Junio = 0 euro
Días 8-23 Junio = (37.07*16)x 60% = 593.12*60% = 355.87 euros
Día 24-28 Junio = (37.07*5)x75% = 185.35x75% = 139.01 euros
TOTAL BAJA
0+355.87+139.01 = 494.88 euros
TOTAL
Alta + baja
130.30+494.88 = 625.18 euros (A)
BASE CONTINGENCIAS COMUNES PERIODO ALTA
Salario base (4 días) + prorrata pagas extras (4 días)
130.30+(27*30*2/12)/30*4 = 130.30+18 = 148.30 euros
BASE CONTINGENCIAS COMUNES PERIODO BAJA
(Base contingencias comunes mes anterior/30)*21
1112.22/30*24 = 899.78 euros
BCCC
Base alta + base baja
148.30+899.78 = 1038.08 euros
BCCP
Si un trabajador no realiza horas extras, su base por contingencias comunes y su base por contingencias profesionales serán iguales
1038.08 euros mensuales
CUOTA DE DEDUCCION
1038.08 x 4.70% = 48.79 euro POR CONTINGENCIAS COMUNES
1038.08 x 1.55% = 16.09 euro POR DESEMPLEO
1038.08 x 0.10% = 1.04 euro POR FORMACION PROFECIONAL
625.18 x 6% = 37.51 euros POR IRPF
TOTAL A DEDUCIR
48.79+16.09+1.04+37.51 = 103.43 (B)
TOTAL A PERCIBIR
A-B= 625.18-103.43 = 521.75 euros - JAVIER SOLANS PUCH
El contrato para la formación tiene una duración máxima de 3 años. Si Javier ha sido contratado en el 2009, ahora que estamos en el 2015 no podría estar todavía contratado con contrato para la formación. Para resolver el ejercicio supongamos que haya sido contratado el 1 de enero 2015
CATEGORIA PROFESIONAL - GRUPO 10:
Mes de MAYO
PASO 1
Suma de conceptos salariales
25.22 * 31 = 781.82
781.82*75% = 586.37 euros
500 euros íntegros (A), suponiendo que es el 75% del salario de Convenio está por debajo del 75% de SMI (primer año de contrato de formación). Así que utilizaremos como salario base 586.37 euros (A)
PASO 3
Parte proporcional paga extraordinaria
586.37*2/12 = 97.73 euros/mes
CUOTAS DE DEDUCCION
6.9 euros POR CONTINGENCIAS COMUNES
11.67 euro POR DESEMPLEO
0.15 euro POR FORMACION PROFECIONAL
586.37 x 2% = 11.73euros POR IRPF
TOTAL A DEDUCIR
6.9+11.67+0.15+11.73= 30.45 (B)
TOTAL A PERCIBIR
A-B = 586.37-30.45 = 555.95 euros - JOSE LUIS MARTIN LOREN
CATEGORIA PROFESIONAL - GRUPO 4:
Mes de MAYO
PASO 1
Suma de conceptos salariales
(5+1)x 48horas = 288 euros
288+ 288*4% = 299.52 (A)
PASO 3
Parte proporcional paga extraordinaria
288*2/12 = 48 euros
PASO 4
BCCC = 299.52+48 = 347.52 euros BASE COT. CON. COMUNES MENSUAL MAYO
BCCC+ HORAS EXTRAS:
Con contrato de tiempo parcial no se pueden hacer horas extras
347.52 euros BASE COT. CON. PROFES. MENSUAL MAYO
Comprobamos mínimo
4.56x 48 = 218.88 euros : SI
CUOTAS DE DEDUCCION
347.52 x 4.70% = 16.31 euro POR CONTINGENCIAS COMUNES
347.52 x 1.60% = 5.57 euro POR DESEMPLEO
347.52 x 0.10% = 0.35 euro POR FORMACION PROFECIONAL
299.52 x 2% = 5.99 euros POR IRPF
TOTAL A DEDUCIR
16.31+5.57+0.35+5.99 = 28.22 (B)
TOTAL A PERCIBIR
A-B = 299.52-28.22 = 271.30 euros
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