Sancion y tipo de sanciones
Enviado por florcaa333 • 10 de Noviembre de 2016 • Apuntes • 861 Palabras (4 Páginas) • 257 Visitas
Sanción: Para que las normas jurídicas cumplan con su fin social es necesario que de no cumplirse tengan determinadas consecuencias legales, a estas consecuencias se les denomina sanción. Podemos definir la sanción como la consecuencia jurídica negativa que nace del incumplimiento de una disposición legal. A la norma que tiene como objeto señalar en qué consistirá la sanción se le denomina norma sancionadora, por lo que tiene un carácter secundario, contrario de la norma sancionada que es de carácter primario.
Coacción: Se entiende por Coacción a la aplicación forzada de la sanción por parte de las autoridades. A modo de ejemplo cuando el juez dicta sentencia condenando a un deudor a liquidar el monto adeudado, entendemos que el juez impuso una sanción, siempre y cuando el deudor la cumpla voluntariamente, pero si no es así, el actor tiene derecho a exigir que la sanción se imponga mediante el uso de la fuerza pública, en este caso estamos frente a la figura de la coacción.
La coacción es la principal herramienta que tiene el Estado para establecer su poder normativo, y es el único capaz de utilizar la violencia legítima manifestada mediante el poder público, el cual usara para imponer una determinada disposición legal.
Coerción: coerción es una presión que se ejerce sobre una persona para forzar una conducta o un cambio en su voluntad. La coerción, por lo tanto, se asocia a la represión, la restricción o la inhibición.
Coactividad: Se entiende por coactividad la cualidad o característica de coactivo el que ejerce o se dedica la coacción y la que resulta al uso de la fuerza o bajo presión
De una persona para obligar a decir algo que esté en contra de su propia voluntad.
Categoría de sanción jurídica
- Sanción penal
- Sanción civil
Sanción civil: tiene una función resarcitoria, es decir compensar o dar algo a otro para reparar algún daño que se hizo.
Daño moral: le provoca una afección del tipo moral, le afecta su íntima psicología, le pueden resarcir en dinero.
Reparacion civil: le debe reparar integralmente el daño, quiere decir dejar a la persona dañada en la situación lo más parecida posible a la que estaba antes de que ocurriera el daño.
Sanción del tipo penal
No son resarcitorias, la sanción penal es pena. Hay distintas teorías de autores.
Se divide en preventiva general y especial.
- Preventiva general: coerción. Ejemplo: si os delincuentes ven que las penas se aplican a los que delinquen se los castiga, puede ser que se disuadan de cometer los actos ilícitos.
- Preventiva especial: es con respecto al propio delincuente.
Punitiva: la pena tendría función de castigo. El delincuente debe cumplir una punición.
Las penas tienen una función resocializadora: es decir por el tiempo que transcurre el condenado, saldría apto para integrase a la sociedad sin cometer delitos.
Penas: prisión, reclusión (privación de la libertad), multa (pagar), inhabilitación (privación de ejercer una profesión), probación (trabajos voluntarios).
En lo penal
- Delito de acción pública: se impulsa y se activa por el estado
- Delito de acción privada: lo impulsa un particular
- Delito de acción pública dependiendo de instancias privadas: si el damnificado no lo inicia el estado no se mete, pero una vez iniciado el estado actúa aunque el damnificado de arrepienta.
- Delito civil: hecho del hombre que resulta de una falta intencional y que compromete su responsabilidad civil.
- Delito penal: toda acción típica, antijurídica y culpable. Tienen que darse todos los elementos que están dentro del delito penal. No va a ser antijurídico si hay estado de necesidad (causo un daño para evitar uno mayo), legítima defensa, etc.
Imputable: Imputabilidad es la capacidad del ser humano para entender que su conducta lesiona los intereses de sus semejantes y para adecuar su actuación a esa comprensión. Significa atribuir a alguien las consecuencias de su obrar, para lo cual el acto debe ser realizado con discernimiento, intención y libertad.
...