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Secretaria De Relaciones Exteriores


Enviado por   •  10 de Octubre de 2013  •  4.086 Palabras (17 Páginas)  •  361 Visitas

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La Secretaría de Gobernación o SEGOB es la Dependencia encargada de los asuntos del interior y es considerada como la sucesora de la extinta Secretaría de Asuntos Interiores que desapareció en el Siglo XIX; su principal función es el mantener el dialogo entre los Tres Poderes de la Unión, los Gobiernos Estatales y Municipales, y el dirigir la Protección Civil y la Seguridad Nacional.

-Miguel Ángel Osorio Chong

Las funciones específicas de la SEGOB son las siguientes:

Presentar ante el Congreso de la Unión las iniciativas de ley o decreto del Ejecutivo. 2) Publicar las leyes y decretos del Congreso de la Unión, alguna de las dos Cámaras o la Comisión Permanente y los reglamentos que expida el Presidente de la República, en términos de lo dispuesto en la fracción primera del artículo 89 constitucional, así como las resoluciones y disposiciones que por ley deban publicarse en el Diario Oficial de la Federación. 3) Administrar y publicar el Diario Oficial de la Federación. 4) Manejar el servicio nacional de identificación personal.5) Tramitar lo relativo a la aplicación del artículo 33 de la Constitución. 6) Administrar las islas de jurisdicción federal, salvo aquellas cuya administración corresponda, por disposición de la ley, a otra dependencia o entidad de la administración pública federal. 7) Conducir la política interior que competa al Ejecutivo y no se atribuya expresamente a otra dependencia. 8) Vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a las garantías individuales y dictar las medidas administrativas necesarias para tal efecto. 9) Conducir, siempre que no esté conferida esta facultad a otra Secretaría, las relaciones del Poder Ejecutivo con los demás Poderes de la Unión, con los órganos constitucionales autónomos, con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios y con las demás autoridades federales y locales, así como rendir las informaciones oficiales del Ejecutivo Federal. 10) Conducir, en el ámbito de su competencia, las relaciones políticas del Poder Ejecutivo con los partidos y agrupaciones políticos nacionales, con las organizaciones sociales, con las asociaciones religiosas y demás instituciones sociales.

La Secretaría de Relaciones Exteriores o SRE data del año 1855 con los Presidentes Martín Carrera, Rómulo Díaz de la Vega, Juan Alvarez, e Ignacio Comonfort con el nombre de Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores con el fin de administrar las labores Nacionales e Internacionales del País; pero fue en 1872 con el Presidente Sebastián Lerdo de Tejada cuando se oficializó esta Secretaría con el nombre que hasta la actualidad lleva. (José Antonio Meade Kuribreña)

Según el Artículo 28 de nuestra Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, esta Secretaría de Estado está encargada de las siguientes tareas:

1) Promover, propiciar y asegurar la coordinación de acciones en el exterior de las dependencias y entidades de la administración pública federal; y sin afectar el ejercicio de las atribuciones que a cada una de ellas corresponda, conducir la política exterior, para lo cual intervendrá en toda clase de tratados, acuerdos y convenciones en los que el país sea parte.

2) Dirigir el servicio exterior en sus aspectos diplomático y consular en los términos de la Ley del Servicio Exterior Mexicano y, por conducto de los agentes del mismo servicio, velar en el extranjero por el buen nombre de México; impartir protección a los mexicanos; cobrar derechos consulares y otros impuestos; ejercer funciones notariales, de Registro Civil, de auxilio judicial y las demás funciones federales que señalan las leyes, y adquirir, administrar y conservar las propiedades de l

3) Nación en el extranjero.

4) Coadyuvar a la promoción comercial y turística del país a través de sus embajadas y consulados.

5) Capacitar a los miembros del Servicio Exterior Mexicano en las áreas comercial y turística, para que puedan cumplir con las responsabilidades derivadas de lo dispuesto en la fracción anterior.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público o SHCP (Luis Videgaray Caso) es el nombre de la reformada Secretaría de Estado y del Despacho de Hacienda; las funciones de la SHCP están determinadas en el Artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y son las siguientes:

1) Proyectar y calcular los ingresos de la Federación, del Departamento del Distrito Federal y de las entidades paraestatales, considerando las necesidades del gasto público federal, la utilización razonable del crédito público y la sanidad financiera de la administración pública federal.

2) Manejar la deuda pública de la Federación.

3) Realizar o autorizar todas las operaciones en que se haga uso del crédito público.

4) Planear, coordinar, evaluar y vigilar el sistema bancario del país que comprende al Banco Central, a la Banca Nacional de Desarrollo y las demás instituciones encargadas de prestar el servicio de banca y crédito.

5) Determinar los criterios y montos globales de los estímulos fiscales, escuchando para ello a las dependencias responsables de los sectores correspondientes, y administrar su aplicación en los casos en que no competa a otra Secretaría.

6) Cobrar los impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos y aprovechamientos federales en los términos de las leyes aplicables y vigilar y asegurar el cumplimiento de las disposiciones fiscales.

7) Organizar y dirigir los servicios aduanales y de inspección, así como la Unidad de Apoyo para la Inspección Fiscal y Aduanera.

8) Proyectar y calcular los egresos del Gobierno Federal y de la administración pública paraestatal, haciéndolos compatibles con la disponibilidad de recursos y en atención a las necesidades y políticas del desarrollo nacional.

9) Ejercer el control presupuestal de los servicios personales y establecer normas y lineamientos en materia de control del gasto en ese rubro.

La Secretaría de la Defensa Nacional o SEDENA fue creada por el Emperador Agustín

de Iturbide y Aramburú en el año 1821 con el nombre de Ministerio de Guerra y Marina, este Ministerio se convirtió en Secretaría en 1884 y después en 1937 adquirió su nombre actual.

Según la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en su Artículo 29° declara que la Secretaría de la Defensa Nacional está encargada de las siguientes acciones:

1) Organizar, administrar y preparar al Ejército y la Fuerza Aérea.

2) Organizar y preparar el Servicio Militar Nacional.

3) Organizar las reservas del Ejército y de la Fuerza Aérea, e impartirles la instrucción

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