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Seguro Y Sus Generalidades


Enviado por   •  19 de Febrero de 2014  •  6.778 Palabras (28 Páginas)  •  340 Visitas

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UNIDAD I

TEORÍA GENERAL DE SEGUROS

Evolución Histórica del Seguro

En resumen de lo planteado por Mariño (2006) y con el transcurrir del tiempo, se puede diferenciar las siguientes etapas en la evolución del seguro a través de la historia:

1ª.- Edad antigua: Surgió como un sentimiento de solidaridad ante los infortunios. Hacia el siglo V A.C. ya existían en Rodas leyes que imponían la obligación recíproca de los cargadores de contribuir a la indemnización de los daños causados en provecho común en caso de tempestad o de rescate del buque apresado por enemigos.

2ª.- Edad Media: (hasta mediados del siglo XIV). Surgen las denominadas "Guildas" que si bien no eran verdaderas empresas de seguros sí constituían una aproximación de éstas. Se caracterizaban porque en un principio no tenían carácter comercial, sino de defensa mutua o religioso. Con posterioridad ese carácter mutual se fue perdiendo, revistiéndose un carácter más comercial, buscándose propósito de lucro.

3ª.- Desde mediados del siglo XIV a fines del XVII: Surgen en este período las empresas de seguros de incendios como consecuencia del famoso incendio de Londres de 1666 que puso de manifiesto la necesidad del mismo en las ciudades de la época, construidas sin la menor protección contra el fuego.

4ª.- Desde el siglo XVIII hasta mediados del siglo XIX: Durante el siglo XVIII surgen en España, Inglaterra, Alemania y Francia Compañías de Seguros con una estructura muy similar a las actuales. En el siglo XIX la actividad aseguradora se desarrolla de forma paralela a la vida económica, ya mucho más compleja.

5ª.- Desde mediados del siglo XIX hasta nuestros días: En esta etapa surgen fenómenos sociales como la urbanización, la industrialización y la debilitación de la solidaridad familiar, que favorecen en suma el individualismo y por consiguiente el desarrollo de la institución aseguradora.

Desarrollo del Seguro en Venezuela

En 1886, se funda la "C. A. De Seguros Marítimos", con sede en Maracaibo. Posteriormente ésta suspende sus operaciones y en 1919 da origen a la "Compañía Seguros Marítimos del Zulia". En Caracas, se funda la Compañía de Seguros Comerciales "La Venezolana", y luego, en 1914 se fusiona con la C. A. "La Previsora". En 1935 se crea "Seguros Fénix", quien se fusiona en 1930 con La Previsora. Paralelamente, en ese mismo año, se establecen en el país las compañías "Pan American Life Insurance Company" (norteamericana) y "Sun Insurance Office Limited" (inglesa). En julio de 1935 se promulga la Ley de Inspección y Vigilancia de las Empresas de Seguros, primera ley que regula la materia de seguros en Venezuela, inspirada en la Ley Suiza de Supervigilancia. Esta ley fue derogada y en 1938 se promulga una nueva en la Gaceta Oficial Nº 19.648, y el Reglamento de la misma se dictó en abril de 1939, siendo derogado posteriormente por el Reglamento de julio de 1948. En junio de 1965, se aprueba la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros y se promulgó en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 964 del 9 de julio de 1965 y se reimprimió en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 970 del 26 de julio del mismo año. Esta última y el reglamento dictado en julio de 1948, constituyen el marco jurídico que regula actualmente en el país las actividades relativas a los seguros privados en Venezuela.

Definición e importancia del seguro en el desarrollo socio-económico de los pueblos

La palabra seguro proviene del latín Securus, que significa libre y exento de todo peligro, daño o riesgo. Contrato por el cual una persona natural o jurídica, se obliga a resarcir pérdidas o daños que ocurran en las cosas que corren un riesgo en mar o tierra.

Los seguros desempeñan un papel primordial en las economías modernas, proporcionando medios adecuados para reemplazar la pérdida o destrucción de bienes materiales y garantizando un poder adquisitivo mínimo en caso de enfermedad, accidente o defunción.

Desde el punto de vista social la función del seguro es obvia, dado que permite solventar los inconvenientes económicos que derivan de la desaparición física de quien era hasta entonces sostén del hogar. Además permite la detección precoz de enfermedades. Desde el punto de vista económico, posibilita el desarrollo del crédito, es fuente de trabajo para quienes se dediquen a esta actividad (productores asesores, entidades aseguradoras, médicos, laboratorios de análisis clínicos, etc.). Contribuye a la formación del producto bruto interno y por lo tanto del producto bruto nacional.

El Seguro: Principios Fundamentales

Zarazaga y Morán (2008) definen al contrato de seguro como: “un documento en el cual una persona (el asegurador) se compromete, mediante el pago de una suma convenida (prima), a indemnizar ara persona (asegurado) por los perjuicios producidos en su persona o en bienes de su propiedad” (p.3).

Apoyados en los autores antes mencionados tenemos que, el principio fundamental del seguro consiste en repartir el mayor número de personas los riesgos de accidentes que pueden ocurrir a una proporción limitada de ellas. En pocas palabras, esto equivale a decir sin saber de antemano quien será que las personas aseguradas pagan los gastos de la persona que ha tenido un accidente.

Ante esta situación, para la persona asegurada, el objeto del seguro consiste únicamente en la indemnización del daño ocurrido y no debe en ningún caso, ser fuente de provecho.

Siendo esto así, forma parte de las obligaciones del asegurador pagar la suma convenida en el contrato o reparar los daños causados por un accidente. En cuanto a las obligaciones del asegurado, le corresponde pagar la prima, dar una estimación razonable del valor del objeto, declarar el accidente en los plazos requeridos y tomar precauciones con el fin de evitar que se produzca mayores daños. Se llama dicho contrato póliza de seguro, y acta adicional las eventuales modificaciones que se pueden aportar a las clausulas generales; ambas partes del contrato deben hacer cumplimiento del mismo.

El Interés Asegurable: Basados en la Ley de Contrato de Seguro (2001) en su artículo 57 se define a interés asegurable como:

Todo interés económico, directo o indirecto, en que un siniestro no se produzca, puede ser materia del seguro contra los daños. La ausencia de interés asegurable al momento de la celebración del contrato produce la nulidad del mismo.

En un mismo contrato podrán estar incluidas coberturas para amparar diversos riesgos o tipos de seguro; pero deberán cumplir con las disposiciones establecidas para cada seguro en particular.

Principio de Interés

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