Sistemas Y Regimenes Penitenciarios
Enviado por veronik86 • 4 de Octubre de 2011 • 3.157 Palabras (13 Páginas) • 2.041 Visitas
DESARROLLO DE SISTEMAS Y REGIMENES PENITENCIARIOS PREVIOS A LA PROGRESIVIDAD DEL TRATAMIENTO
DANIEL ACOSTA MUÑOZ
A través de la historia penitenciaria se han generado diversos sistemas, cuya evolución ha determinado "La organización para que el Estado ejecute las sanciones penales que importan privación o restricción de la libertad individual como condición sine qua non para su efectividad" y regímenes que comprenden "el conjunto de influencias que se reúnen en una institución para procurar la abstención de la finalidad particular que le asigne a la sanción penal con relación a una serie de delincuentes cronológicamente integrados"
Estos sistemas y regímenes vienen extendiéndose históricamente de acuerdo con una clasificación de períodos que la criminología identificó como las fases vindicativas, expiacionista, correccionista y resocializante. A modo de resumen, se relacionan los principales sistemas y regímenes que han determinado el funcionamiento de los contemporáneos:
1.1SISTEMA COMUNITARIO
A diferencia de los Sistemas Penitenciario modernos, el primero que se conoció es el de la vida en común y corriente, favoreciendo la promiscuidad y el hacinamiento.
Es el más antiguo, pues se conoce desde tiempos inmemorables. Comenzó a ser reemplazado apenas en el siglo pasado, se tipifica por la constante reunión de los recluidos día y noche. Contra esa práctica se reaccionó al observarse las inconveniencias de mantener juntas a personas de todas las edades, sexo y condiciones, y el hecho de que la comunicación sin obstáculo entre seres de diferente madurez delictiva, perjudicaba a los menos degradados.
1.2 REGIMEN FILADELFICO O CELURAR
Sistema de aislamiento celular, como consecuencia de la aplicación del derecho canónico, donde primó el carácter de la penitencia (ayuno, privaciones, etc.) Aparece en las colonias británicas en América del Norte (Pensilvania).
Este sistema se caracteriza porque hay encierro completo del prisionero en su celda, separándolo hasta el extremo en que le es imposible conocer a los demás compañeros de reclusión. Durante la permanencia en la prisión, se le designa con el número de la celda, y apenas se le permite leer y trabajar en algún oficio. La disciplina es la misma para todos. Su origen lo encontramos en las ideas de Howard, las que sirven a Franklin para que en el año de 1787 funde la Sociedad de Filadelfia y tres años después construya la primera prisión celular, popularizándose así el sistema no solo en los Estados Unidos de Norteamérica, sino en Europa. Existen dos tipos de régimen de ésta naturaleza: el rígido, que mantiene el aislamiento durante las 24 horas del día; y el moderado, que concede cierta libertad de contacto con los demás presos.
Desde un plano de observación inmediata puede señalarse el pro y el contra de la forma punitiva, tal como ha sido planteada por sus impugnadores, y por sus defensores. Señálense entre sus ventajas: la disciplina, la reflexión y autocrítica; una vez puestos en libertad no pueden los reclusos reconocerse y asociarse en sus actividades delictivas; la absoluta imposibilidad de las evasiones; y, desde un punto de vista puramente económico, el que se reduce el número de guardianes, y se evita la construcción de varios edificios para separar a las distintas clases de penados. La anterior serie de consideraciones no pesan sin embargo tanto como los inconvenientes que aducen sus opositores, principalmente el de la soledad que es contraproducente para la naturaleza humana que la sufre, trayendo la imposibilidad para ejercitar su propia voluntad; incrementa el ocio; induce a pensar sobre nuevas actividades delictivas, desadapta al preso del medio ambiente social y predispone a las enfermedades mentales y distorsión de la conducta.
Entre los que critican este sistema se destaca Ferri, quien lo considera como "una de las aberraciones del siglo XIX". Para el penalista argentino reúne estos defectos: es incompatible con la naturaleza social del hombre; dificulta la readaptación del delincuente; importa el sufrimiento cruel; expone al abatimiento; requiere un personal de guardia con actitudes varias y complejas; dificulta tanto la instrucción como el trabajo; origina gastos cuantiosos; no se aviene con la diferente idiosincrasia de los infractores y desconoce que las legislaciones tienden paulatinamente a limitar la duración de la condena.
1.3 RÉGIMEN AUBURIANO O MIXTO
En 1818 se inaugura en Auburn, Estado de Nueva York, un establecimiento penitenciario con las características de un régimen pensilvánico, en 1821 asume la dirección en ese central ELAM LINDS, creador de este sistema. Quien considera al castigo corporal como el más eficaz y el de menor peligro para la salud de los penados.
Este régimen presenta los siguientes características: rígida disciplina, trabajo en común durante el día, silencio absoluto y separación completa en la noche, severo régimen de castigos y aplicación de penas corporales. Se le da relevancia al estilo de vida militar, de ahí la uniformidad de las celdas y del régimen cotidiano.
Se le asignan las siguientes ventajas: facilita la organización del trabajo, el silencio evita el intercambio de ideas entre los presos y se adapta a la naturaleza sociable del hombre. En tanto muchos son los inconvenientes que se le han anotado, entre los cuales se destacan: la obligación del silencio que comporta un suplicio; agudiza la severidad de los castigos que pugnan con los propósitos perseguidos con la represión. Por lo demás, la exigencia del silencio genera entre los reclusos una comunicación entre sí, creando la jerigonza y los gestos, gestores de los códigos carcelarios. Sobre está objeción se pronuncia Herboso, al decir: " no negamos que la reunión de estos individuos entre sí, una vez licenciados del establecimiento, sería mala y convendría evitarla; pero hay que recordar que los malvados no lo son por haberse asociado a otros, sino que se asociaron a los otros porque en ellos encontraron los mismos instintos que en si mismos". Este autor está entre los que cierran filas al lado de los defensores del método auburniano, pues observa como a simple vista resalta la exageración y pasión de los que lo atacan; y que no debe abandonarse, sino introducírsele algunas modificaciones para que pueda servir al fin deseado. Creemos que los inconvenientes del método pesan mucho más que las bondades que se le han querido atribuir.
1.4 REGIMEN IRLANDES
Surge este régimen en 1828 impulsado por el Ministro francés de la Marina Hyde de Neuville, el cual más tarde en 1840, Maconochie lo aplicara en la Isla de Norfolk como "Sistema Progresivo de Neuville", bajo la modalidad de medir la duración de la pena determinada
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