Soberania
Enviado por diyasopy • 13 de Mayo de 2013 • 2.698 Palabras (11 Páginas) • 268 Visitas
La Soberanía es uno de los elementos más representativos del Poder del Estado, y es el pueblo, tan señalado en los ordenamientos jurídicos quien lo usurpa y se ejerce por medio de los órganos destinados para tal fin.
En Venezuela la Soberanía está expresamente establecida y también los sujetos que pueden apropiarse, o ejercerla, es así como la Constitución de la República en su Título I, alusivo a los Principios Fundamentales, en su artículo 5 establece que la Soberanía está en manos del pueblo venezolano quien la delega en los órganos del Estado.
Podemos definir la Soberanía como La autoridad superior de los Poderes Públicos que radica en el pueblo, pero que éste otorga al Estado y la ejerce a través de sus órganos.
Características de la Soberanía
a. Es intransferible, es decir, no puede ser ejercida por otra persona que no sea la señalada expresamente por la Constitución.
b. Es ejercida o su titularidad está en manos del pueblo.
c. La Constitución y las leyes establecen las formas para ejercerla. Es ella quien concede la legalidad al Poder del Estado, por medio del reconocimiento o aceptación del mismo.
La Soberanía también es llamada El Poder del Estado, sin embargo, la soberanía no es otra cosa que un componente integrante de ese poder. Para que éste poder sea considerado como legítimo por el pueblo que es el titular de la soberanía, este poder debe ser originario, es decir, debe ser propio del Estado y no de otro.
Artículo 10.
El territorio y demás espacios geográficos de la República son los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbitrales no viciados de nulidad.
Artículo 11.
La soberanía plena de la República se ejerce en los espacios continental e insular, lacustre y fluvial, mar territorial, áreas marinas interiores, históricas y viales y las comprendidas dentro de las líneas de base recta que ha adoptado o adopte la República; el suelo y el subsuelo de éstos, el espacio aéreo continental, insular y marítimo y los recursos que en ellos se encuentran, incluidos los genéticos, los de las especies migratorias, sus productos derivados y los correspondientes intangibles que por causas naturales allí se encuentren.
El espacio insular de la República comprende el archipiélago de Los Monjes, archipiélago de Las Aves, archipiélago de Los Roques, archipiélago de La Orchila, isla La Tortuga, isla La Blanquilla, archipiélago Los Hermanos, isla de Margarita, Cubagua y Coche, archipiélago de Los Frailes, isla La Sola, archipiélago de Los Testigos, isla de Patos e isla de Aves; y además, las islas, islotes, cayos y bancos situados o que emerjan dentro del mar territorial, en el que cubre la plataforma continental o dentro de los límites de la zona económica exclusiva.
Sobre los espacios acuáticos constituidos por la zona marítima contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva, la República ejerce derechos exclusivos de soberanía y jurisdicción en los términos, extensión y condiciones que determine el derecho internacional público y la ley.
Corresponde a la república derechos en el espacio ultraterrestre suprayacente y en las áreas que son o puedan ser patrimonio común de la humanidad, en los términos, extensiones y condiciones que determinen los acuerdos internacionales y la legislación nacional.
Espacio marítimo de Venezuela
El espacio marítimo de Venezuela es el área que se extiende desde sus costas hacia el mar, hasta los límites establecidos por la legislación internacional. Dicha área está compuesta por el mar adyacente a las costas continentales venezolanas y de sus islas, así como también el lecho y subsuelo de sus áreas marinas, sus recursos vivos y minerales y sobre su espacio aéreo marino, sobre el cual Venezuela ejerce soberanía en distintos grados: aguas interiores, mar territorial, zona contigua, zona económica exclusiva, lecho y subsuelo de la plataforma continental.
En total, Venezuela tiene una extensión de 1.177.445 kilómetros cuadrados, de los cuales 915.169 kilómetros corresponden al territorio continental y 1,276 a los territorios insulares.
Esto sin incluir los 98.500 km. de plataforma continental, espacio geográfico incorporado por primera vez al territorio nacional en la Constitución del 23 de enero de 1961.
Aguas interiores
Las zonas marítimas de acuerdo a la Convención del Mar.
La línea de base normal para medir la anchura del mar territorial es la línea de bajamar a lo largo de la costa, es decir, aquella que sigue el trazado de la costa en marea baja. La línea de base normal aparece marcada mediante el signo apropiado en cartas a gran escala reconocidas oficialmente por el Estado ribereño.
Mar territorial
El mar territorial es el sector del océano en el que un Estado ejerce su soberanía. Según la Convención del Mar, el mar territorial es aquél que se extiende hasta una distancia de doce millas náuticas (22,2 km) contadas a partir de las líneas de base desde las que se mide su anchura. El punto más sobresaliente de geografía de Venezuela, el Cabo San Román en el estado Falcón, ubicado en el paralelo de 12º, 12´ de Latitud Norte.
Zona contigua
La zona contigua es la que se extiende desde el límite exterior del mar territorial hasta las veinticuatro millas náuticas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial. Es la franja de alta mar que limita con el mar territorial. Tiene una extensión de 22.2km. Sobre su superficie el estado no ejerce soberanía plena y solo tiene jurisdicción en material político, aduanera, física, sanitaria y migratoria
Zona económica exclusiva
Zona económica exclusiva es el nombre que se le da al área de mar en el que Venezuela tiene derechos especiales en exploración y explotación de sus recursos. Se extiende desde el límite exterior del mar territorial hasta una distancia de doscientas millas náuticas (370,4 km) contadas a partir de las líneas de base desde las que se mide la anchura del mar territorial. A pesar del nombre, las naves y aeronaves de otros Estados pueden navegarla, sobrevolarla e instalar tuberías y cables submarinos sin más limitaciones que las establecidas en el derecho y la práctica internacional y el ordenamiento legal vigente de Venezuela.
Plataforma continental
Esta es la prolongación natural del territorio de Venezuela hasta 200 millas ó hasta el borde exterior del margen continental (Plataforma + Talud y Emersión Continental), y en caso que se exceda de dicha distancia, tiene un límite máximo
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