Sociedad En Comandita Simple Y En Comandita Por Acciones
Enviado por minervanaranjo • 27 de Septiembre de 2011 • 534 Palabras (3 Páginas) • 2.114 Visitas
Instrucciones: Realice las siguientes lecturas en la LGSM, capítulo Las sociedades de responsabilidad limitada, en nombre colectivo, en comandita simple y por acciones, y de capital variable en el libro de texto Nociones de Derecho Mercantil. Capítulo III de la sociedad en comandita simple: artículo 51 al 57. Capítulo VI de la sociedad en comandita por acciones, artículo 207 a 211.
2. Elabore una síntesis del funcionamiento de las sociedades en comandita simple y sociedad en comandita por acciones.
En la actualidad, la sociedad en comandita ha decaído aún más que la colectiva, En 1941 las sociedades en comandita representaban el 2.70% del total de sociedades; en 1950 apenas llegaban al 0.60%.
Sociedad en Comandita Simple
De acuerdo con el art. 51 de la LGSM, la sociedad en comandita simple es aquélla que existe bajo una razón social y se integra por uno o varios socios comanditados, que responden de las obligaciones sociales de manera ilimitada, solidario y subsidiaria y de uno o varios socios comanditarios que sólo están obligados al pago de sus aportaciones.
Características comandita simple:
a) Existe bajo una razón social
b) Se compone de uno o más socios comanditados
c) Al lado de los comanditados, existe uno o varios socios comanditarios, cuya responsabilidad se limita al importe de sus aportaciones.
Los socios comanditarios quedan sujetos a la responsabilidad de los comanditados cuando:
a) Permiten que su nombre figure en la razón social
b) En la razón social se omita la expresión “sociedad en comandita” o sus siglas.
c) Infrinjan la prohibición de administrar la sociedad.
En la sociedad en comandita simple sólo pueden ser administradores los socios comanditados o personas extrañas a ella.
En el art. 54 de la LGSM dispone que los socios comanditarios no pueden ejercer acto alguno de administración ni aun siendo apoderado de los administradores.
Si el socio administrador muere o se incapacita, y si no se ha determinado en la escritura la manera de sustituirlo y la sociedad tienen que continuar, un socio comanditario, a falta de comanditados, podrá desempeñar interinamente los actos urgentes o de mera administración por un mes, contado desde el día en que ocurrió la muerte o se presentó la incapacidad.
Sociedad en Comandita por acciones:
De acuerdo con el art. 207 de la LGSM, esta sociedad se compone de uno o varios socios comanditados que responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidaria, de las obligaciones sociales y de uno o varios socios comanditarios que sólo están obligados al pago de sus acciones.
Características:
a) Existe bajo una razón social o bajo una denominación, la que, al igual que en la sociedad en comandita simple,
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