Sucesión Legítima
Enviado por fernandodm14 • 22 de Septiembre de 2013 • 371 Palabras (2 Páginas) • 505 Visitas
Sucesión Legítima
Es aquella en la que a falta de testamento eficaz y los bienes son distribuidos de acuerdo con las disposiciones de la ley.
Casos en los que puede abrirse la sucesión legitima: Cuando no existe o no se otorgó testamento, cuando habiéndose otorgado el testamento este ha desaparecido, cuando el testamento es jurídicamente inexistente, cuando el testamento es nulo, cuando el testador revoca su testamento sin hacer uno nuevo, cuando el heredero testamentario repudia a la herencia, cuando el heredero testamentario muera antes que el testador, cuando el heredero muera antes de que se cumpla la condición suspensiva, en los casos de incapacidad de goce de heredero testamentario.
En la sucesión legitima existen tres sistemas para heredar (herencia por cabezas, por líneas y por estirpe).
La herencia por cabezas se presenta cuando el heredero no es llamado a la herencia en representación de otro, la herencia por cabezas la tenemos en todos los hijos, en los padres y en los colaterales.
La herencia por líneas se presenta en los ascendientes del segundo de ulterior grado como los abuelos, bisabuelos etc. Se caracteriza en que la herencia se divide en dos partes herencia paterna y la herencia materna, aunque en una línea haya diferente número de ascendientes que en la otra.
La herencia por estirpes se presenta cuando un descendiente entra a heredar en lugar de un ascendiente. Ejemplo: Cuando el hijo puede heredar en representación de su padre cuando este ha muerto antes que el testador; la herencia por estirpe siempre es descendiente, nunca ascendiente.
Estos son los sujetos que tienen derecho a heredar en sucesión legítima y su orden:
1.- Descendientes
2.- Conyugue supérstite
3.- Ascendientes
4.-Colaterales
5.- Concubina o concubino
6.- Asistencia publica
En caso de que el testador no tenga hijos, ni nietos, seguirán los padres, abuelos y bisabuelos; a falta de éstos, el esposo o la esposa, sea el caso; a falta de éste, siguen los hermanos, tíos, primos, sobrinos; si no existieran ninguno de los anteriores, seguiría la concubina o el concubinario, sea el caso, pero esté heredará sólo si vivió con el testador, cinco años antes de su muerte; en caso de no ser así, seguirá por orden de importancia, la Beneficencia Pública. Pero, si existieran hijos naturales, entonces la herencia se entregaría a ellos.
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