Sujetos Tributarios
Enviado por katy0430 • 14 de Febrero de 2013 • 573 Palabras (3 Páginas) • 487 Visitas
Sujeto activo.
El sujeto activo es el ente que asume la posición de acreedor dentro de la obligación tributaria, normalmente es un ente público, nunca un particular.
El ente público no debe ser confundido con el titular del poder tributario. El titular del poder tributario puede ser simultáneamente sujeto activo en la obligación tributaria, no hay inconveniente para que el titular del poder tributario y el acreedor de la obligación tributaria no coincidan, es decir, que pueden coincidir.
El sujeto activo de la obligación tributaria debería regularse por ley, determinándose los derechos y obligaciones del mismo. El sujeto activo no puede modificarse por acuerdo o voluntad de las partes. Se establece por ley. El sujeto activo es trascendente para hacer efectivos sus derechos.
SUJETO PASIVO
El sujeto pasivo de la obligación fiscal es la persona que conforme a la ley debe satisfacer una prestación determinada a favor del fisco, ya sea propia o de un tercero o bien se trate de una obligación fiscal sustantiva o formal. Sin olvidar la existencia de los dos tipos de obligación fiscal, estudiaremos al contribuyente, por considerar que se trata de la obligación fiscal más importante.
CLASIFICACIÓN DE LOS SUJETOS PASIVOS
A) Sujetos pasivos por deuda propia, con responsabilidad directa. Es el caso del deudor directo del tributo a su causahabiente “Mortis causa” o “Inter. Vivos”, es decir, herederos, legatorios o donatorios a titulo universal y se trata de personas morales, la que subsiste o se crea por fusión.
B) Sujetos pasivos por deuda de carácter mixto con responsabilidad directa. Es el caso de las personas que, conforme a la ley pueden disponer libremente no solo de sus bienes, si no también de los de terceros, por lo tanto, la ley designa como responsable directo a quien tiene esa facultad, aunque el hecho generador lo haya realizado el tercero.
C) Sujetos pasivos, en parte por deuda propia y en parte por deuda ajena, con responsabilidad parcialmente directa y parcialmente solidaria. Es el caso de copropietarios y coherederos, ya que cada uno se puede exigir el total del adeudo y no solo la parte que le corresponde.
D) sujetos pasivos por deuda ajena con responsabilidad sustituta. Es el caso de sustitutos legales del deudor directo, ya sea voluntarios o por ministerio de la ley, a quienes se respeta su derecho a repetir contra el deudor directo.
E) Sujetos pasivos por deuda ajena con responsabilidad solidaria. Es el caso de determinados funcionarios públicos a quienes la ley impone ciertas obligaciones de carácter formal que no fueron cumplidas, la cual trate como consecuencia un perjuicio al fisco, como por ejemplo el notario que no verifica que por el acto que ante él se otorga se satisfaga el tributo causado.
F) Sujetos pasivos por deuda ajena con responsabilidad objetiva. Es el caso
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