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Supuestos De La Interpretación Juridica


Enviado por   •  15 de Septiembre de 2012  •  844 Palabras (4 Páginas)  •  579 Visitas

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SUPUESTOS DE LA INTERPRETACIÓN JURÍDICA

DEFINICION DE INTERPRETACIÓN JURÍDICA.

La Interpretación es la acción de interpretar. Etimológicamente hablando, el verbo Interpretar proviene de la voz latina interpretare o interpretari, Asi mismo, la interpretación jurídica (o del derecho) es una actividad que consiste en establecer el significado o alcance de las normas jurídicas y de los demás modelos, que es posible encontrar en todo ordenamiento jurídico y que no son normas, como por ejemplo, los principios.

Es oportuno establecer la Interpretación como norma jurídica ya que esclarece su sentido, precisa y es decisiva para la vida jurídica, por lo tanto, también para la resolución judicial.

En consecuencia, hablar de interpretación del derecho es igual a referirse a una actividad que comprende a todas las normas jurídicas, y no únicamente a las normas legales que produce el órgano legislativo.

T IPOS DE INTERPRETACIÓN

La Interpretación Judicial

Es la practicada por los jueces y tribunales para emitir sus decisiones (sentencias y demás resoluciones motivadas jurídicamente) en las cuales esta interpretación queda plasmada.

En la medida que provenga de instancias más elevadas la interpretación judicial, sentada en los precedentes, tenderá a influenciar con mayor autoridad y frecuencia.

En Venezuela, existe el Recurso de Casación la interpretación judicial resulta obligatoria para los órganos jurisdiccionales de instancias inferiores si se emite en los términos y condiciones legalmente exigidos.

La Interpretación Declarativa (o estricta)

Esta clase de interpretación es también conocida como Interpretación estricta, y se presenta cuando al interpretar el operador jurídico se rige a lo que dice la norma, limitándose a aplicarla a los supuestos estrictamente comprendidos en ella.

La Interpretación Modificativa

Esta interpretación es la que dirige el alcance de la norma cuando, en relación a lo que pretendía el legislador, ha sido expresada con excesiva estrechez, en cuyo caso deberá efectuarse una interpretación extensiva, o con excesiva amplitud, para lo cual, deberá efectuarse una interpretación restrictiva.

La Interpretación Extensiva

En esta clase de interpretación lo que hace el operador jurídico o intérprete es extender el alcance de la norma a supuestos no comprendidos expresamente en ella, por considerar que habría sido voluntad del legislador comprender en la norma a aplicar tales supuestos.

La Interpretación Restrictiva

Al contrario de lo que sucede en la interpretación extensiva, en la Interpretación Restrictiva, se restringe el alcance de la norma apartando de ella determinados supuestos que se encontrarían incluidos de acuerdo con la redacción de su texto, pero que se entiende que no fue voluntad del legislador comprenderlos dentro.

La interpretación derogatoria (interpretatio abrogans)

Cuando

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