Surge en la edad antigua
Enviado por alidior • 19 de Octubre de 2011 • Monografía • 4.789 Palabras (20 Páginas) • 1.117 Visitas
1. Como surge el Derecho.
Surge en la edad antigua en el siglo V a.C. cuando los sofistas pusieron en discusión el origen divino del derecho.
Surgió así la pregunta sobre si la justicia y las leyes se fundaban en la naturaleza o eran el producto de una convención establecida por el hombre. Para Platón el derecho y la justicia encuentran su fundamento en la idea universal y eterna del Bien.
Por su parte, Aristóteles concebía la justicia en parte como virtud social y en parte como derecho emanado de la naturaleza. Los representantes del estoicismo hicieron referencia al concepto de derecho natural o ley no escrita (, subrayando que todos los hombres son por naturaleza libres e iguales. A partir de la reelaboración de la teoría platónica de las ideas brotó la imagen de un orden jurídico que se materializa en un Estado cosmopolita. Así surge el derecho como ciencia.
Durante la edad media, la investigación filosófica sobre el derecho se mezcló con la relativa a la virtud en el sentido moral, con la reflexión sobre el poder político, sobre la relación entre derecho natural y derecho divino. El escolasticismo recogió a su vez el concepto de derecho natural como ley emanada de Dios.
En los albores de la edad moderna, contra el concepto de razón de Estado argüido por los anteriores fueron formuladas las teorías contractualísticas de Althusius (según el cual la soberanía descansa en el pueblo) y el iusnaturalismo de Hugo Grocio, que definió la injusticia como aquello que parece contrario a la comunidad de los seres sensitivos.
Con Samuel von Pufendorf, quien aplicó al derecho el método deductivo de las ciencias matemáticas, adquirió valor el concepto de respeto recíproco.
Thomas Hobbes señaló formalmente el paso de la doctrina del derecho natural a la teoría del derecho como contrato social. Según este filósofo inglés, en la condición de estado de naturaleza todos los hombres son libres, y sin embargo viven en el perpetuo peligro de que acontezca una guerra de todos contra todos.
Desde el momento en que la sumisión por contrato de un pueblo al dominio de un soberano abre una posibilidad de paz, no la verdad, sino el principio de autoridad (en tanto que garante de la paz) constituye el fundamento del derecho.
Frente a Hobbes, John Locke subrayó los derechos naturales del individuo frente a la autoridad del Estado. Su apelación a la libertad, a la igualdad y a la defensa de la propiedad privada, así como la doctrina de la separación de poderes del Estado que Charles-Louis de Montesquieu.
Para el siglo XIX Friedrich Karl von Savigny, fundador de la escuela histórica, no concebía el derecho como expresión de una única razón universal sino como directa emanación del espíritu de cada pueblo, desarrollándose históricamente como una totalidad orgánica. A su lado, Georg Wilhelm Friedrich Hegel entendía el derecho como expresión del espíritu objetivo, cuya progresiva adquisición de autoconciencia tiende al fin último de la libertad.
La elaboración de la doctrina del derecho parte del momento de la legalidad (el reconocimiento de otro como personalidad jurídica), pasando por el momento de la moralidad (reconocimiento del otro como personalidad moral) para llegar en la eticidad (el Estado como realización de una eticidad intersubjetiva).
Mientras, en el sentido materialista, Karl Marx concebía el derecho como superestructura de las relaciones de producción.
El derecho se convirtió en la expresión de intereses enfrentados y se desarrolló el concepto de “jurisprudencia de los intereses”, de la que seguidamente se separó la sociología del derecho como disciplina autónoma.
Y en el siglo XX en neto contraste con la visión de los utilitaristas, Hans Kelsen fundó el positivismo jurídico en donde identificaba el derecho como un sistema de normas que debe estar separado de los fundamentos teóricos de la realidad, descrita mediante los conceptos de tiempo, espacio y causalidad; la esencia del derecho debe buscarse exclusivamente en el sistema normativo jurídico, sin recurrir a categorías sociológicas o políticas.
Para Kelsen, el juicio jurídico es el resultado de la interpretación normativa, y la interpretación de normas jurídicas dentro de un sistema jurídico conduce a su vez a las normas fundamentales (como las constituciones).
2. Por que es necesario que existan normas jurídicas para regular las relaciones sociales.
Es necesario debido a la expresión natural de las cosas, como lo dijo el germanista Runde.
Según este las relaciones de la vida social o los elementos de hecho de toda la organización necesitan ser regidos por normas y sanciones para regular las acciones de la población.
Bajo estas condiciones se llegaría a un equilibrio, pero para lograr estos fundamentos morales y espirituales del derecho, se debe primero analizar la relación entre el Estado y el ciudadano, la legitimidad de las penas y las relaciones entre “ser” y “deber ser”.
Así como también verificar la justicia y la utilidad.
En donde la justicia ha de servir como criterio general de orientación, pero sin embargo no puede por si misma procurar la solución a los casos concretos. En seguida vienen en cuestión las diversas reglas o máximas generales de conducta, que en contacto con los hechos de la vida adquieren su mayor eficacia. Son principios permanentes e inmutables, y tienen valor objetivo.
Y según la sociología del derecho es necesario que existan normas jurídicas por las formas de manifestación de la conducta humana, por las condiciones sociales, así como la influencia del ordenamiento sobre la sociedad. Para que esta pueda tener una estabilidad se ocupa de las relaciones e interacciones entre
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