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TEORIAS CONSTITUCION POLITICA


Enviado por   •  4 de Junio de 2015  •  546 Palabras (3 Páginas)  •  284 Visitas

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Teoría Iusracionalista o natural Teoría positivista

Hay igualdad absoluta El derecho es una creación del ser humano, no existen derechos anteriores al surgimiento del estado. Solo existe el derecho positivo elaborado por los órganos estatales.

Se encontraría el origen de las libertades del hombre, las cuales dentro de ese contexto serian inherentes a su persona, y por tanto cualquier individuo podría conocerlas gracias a una reflexión sobre su propio ser. Si bien los individuos podrían disponer de todos los derechos naturales posibles derivados de la ley natural, el pacto social, jamás dispuso una renuncia total a favor del estado.

Es un orden exclusivamente creado por la razón humana por motivos de convivencia. Fundados la sociedad y el estado, los miembros de la comunidad política solo podían disponer de aquellos derechos civiles y políticos que les otorgara el poder público.

El individuo en su condición natural o situación originaria, gozaba por virtud del derecho natural, iguales libertades, es decir, se encontraba en un estado de igualdad absoluta con los demás. El estado de naturaleza, considera que en este no se podría sostener la existencia de derechos naturales, por cuanto la ley natural dentro de aquella situación, no tiene un valor jurídico.

Nadie debe hacer daño a los demás en su vida, salud, libertad o posesiones, pues en caso de hacerlo puede ser castigado por quien recibió la afrenta, de una manera proporcional al daño sufrido, según dicten la serena razón y la conciencia. En el estado de naturaleza lo que existe son capacidades humanas no sujetas a restricciones, como la de vivir, de locomoción, de expresarse. Dentro de este enfoque, las libertades serán posibles solo tras el pacto social, por cuanto prevalece un estado que garantizara los derechos subjetivos.

Hombre juez de su propia causa. El pensamiento positivista consintió que el estado fuese libre a la hora de determinar la titularidad y contenido de los derechos, desligándose de vínculos históricos y el derecho natural.

Este poder es el resultado del “pacto social”, celebrado entre todos los individuos que desean salir de ese estado de naturaleza, renunciando por ende aparte de cada uno de sus derechos naturales absolutos. Podrán tener la categoría de derechos de libertad, cuando el estado pretenda regularse con base a principios liberales. En otros casos, también podrán tener la condición de derechos de participación política, cuando el estado se estructure con fundamento en principios democráticos. Y tendrán la calidad d derechos prestacionales, cuando el estado pretenda constituirse como un estado social.

Con la porción de los derechos a la que cada individuo renuncia, se forman los poderes estatales.

Dichos derechos civiles, cuyo límite especifico se encuentra ahora determinado por el poder encargado de hacer la ley, van a subsistir como derechos

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