TESTIGO UNICO
Enviado por jostmogo • 14 de Septiembre de 2012 • 373 Palabras (2 Páginas) • 447 Visitas
TESTIGO UNICO
En materia penal .cuando se cuenta i5nicamente con un testimonio
y en especial, si éste proviene del ofendido, se sostiene que
no. puede a priori descartarse, sino que debe examinarse si se trata
de un media de prueba libre de vicios y coherente. En esa dirección,
desde ci aflo 1989 la Sala Penal de la Carte Suprema de Justicia ha
planteado:
El testimonio i[inico purgado de sus posibles vicios, defectos o deficiencias,
puede y debe ser mejor que varies ajenos a esta purificadon,
El legisladar, y tambidn la doctrina, ha abandonado aquello de
tesis unus, tesis nullus. La declaraciOn del ofendido tampoco tiene
un definitivo y aprioristico demrito. Si asi fuera, la sana critica del
testimonio, que por la variada ciencia que incorpora a Ia misma y
mediante la cual es dable deducir cuándo se miente y cuándo se dice
la verdad, tendria validez pero siempre y cuando nose tratase de persona
interesada o en solitario. Estes son circunstanciales ohstculos,
pero superables; son motivos' 'de recelo que obligan a profundizar
más en la investigaciOn o en el estudlo de declaraciones tales, pero
nunca pueden ilevar al principio de tenerse en menor estima yde no
alcanzar el beneficio de ser apoyo de un fallo de condena"
El legisladar, y tambidn la doctrina, ha abandonado aquello de
tesis unus, tesis nullus. La declaraciOn del ofendido tampoco tiene
un definitivo y aprioristico demrito. Si asi fuera, la sana critica del
testimonio, que por la variada ciencia que incorpora a Ia misma y
mediante la cual es dable deducir cuándo se miente y cuándo se dice
la verdad, tendria validez pero siempre y cuando nose tratase de persona
interesada o en solitario. Estes son circunstanciales ohstculos,
pero superables; son motivos' 'de recelo que obligan a profundizar
más en la investigaciOn o en el estudlo de declaraciones tales, pero
nunca pueden ilevar al principio de tenerse en menor estima yde no
alcanzar el beneficio de ser apoyo de un fallo de condena
Cone Supretna de Justicia, Sala Penal. Sentencia del 12 de julio de 1989. M. P.
Gustavo G6mez Velasquez, citada en Sentericia del 16 de fehrero de 2005 Proceso
22163; M. P. Marina Pulido Dc BarOn. En el mismo sentido, Sentencias del 15
de diciembre de 2000, Rad, 13119, M. P. Jorge Anibal GOmez Gallego; del 17 de
septiembre de 2003, Rad. 14905, M.P. Mauro Solarte Portilla; y del 28 de abril de
2004, Rad.22122,, M. P. Alvaro Orlando Perez PinzOn.
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