TRABAJO FINAL DE DERECHO
Enviado por ozkarem • 9 de Mayo de 2017 • Trabajo • 4.244 Palabras (17 Páginas) • 344 Visitas
Contenido Temático
El alumno elaborará el siguiente trabajo final, mismo que debe contener los subsecuentes puntos.
- Investiga las diversas definiciones del derecho, mencione el autor y articula tu propio concepto.
- Estructura la jerarquía de las leyes, señalando conceptos, características, quien las crea y donde se aplican respectivamente (considerando como base la pirámide de Kelsen).
- Explicación por lo menos tres cuartillas las normas jurídicas y morales.
- Refiere la clasificación del derecho, especificando las teorías monista, dualista y tricotómica, además de las del derecho subjetivo y objetivo. Se pueden realizar de manera de mapa conceptual o algún instrumento semejante.
Definiciones de Derecho
- Derecho (Clase): Conjunto de normas jurídicas creadas por el poder legislativo, para regular la conducta externa del hombre en la sociedad y obtener una vida pacífica.
- Derecho (De Pina Vara): En general se entiende como derecho todo conjunto de normas eficaz para regular la conducta de los hombres, siendo su clasificación más importante le de derecho positivo y natural.
- Derecho (Juan Palomar de Miguel): Conjunto de principios, reglas y preceptos a que están sometidas las relaciones humanas en toda sociedad civil, y a cuya observancia los individuos pueden ser compelidos por la fuerza.
- Derecho (Emmanuel Kant): Es el complejo de las condiciones por las cuales el arbitro de cada uno puede existir con el arbitro de los demás, según una ley universal de libertad.
- Derecho (Rudolf Stammler): Es el querer entrelazante, autártico e inviolable.
- Derecho: (Giorgio Del Vicchio): Es la coordinación objetiva de las acciones posibles entre varios sujetos, según un principio ético que las determina, excluyendo todo impedimento.
- Derecho (Marco Gerardo Monroy Cabra): Un imperativo de la vida en sociedad y agrega que la observancia del orden jurídico es indispensable para lograr una convivencia pacífica y ordenada de los asociados. El derecho es una exigencia de la sociedad humana.
- Derecho (Gustavo Radbruch): El derecho solo puede comprenderse en el círculo de la conducta impregnada de valor. El derecho es un fenómeno cultural, un hecho relacionado a un valor.
- Derecho (Miguel Villoro Toranzo): La palabra Derecho deriva del vocablo latino Directum, que en su sentido figurado significa “lo que está conforme a la regla, a la ley, a la norma”. Derecho es lo que no se desvía a u lado ni a otro, lo que es recto, lo que se dirige son oscilaciones a su propio fin.
- Derecho (Wikipedia): Es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia y certeza jurídica, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter en un lugar y momento dado. En otras palabras, son conductas dirigidas a la observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos intersubjetivos.
- Derecho (Concepto propio): Es un conjunto de normas jurídicas, creadas con el fin de regular la conducta del ser humano en la sociedad; así mismo de organizar sus deberes y derechos.
Jerarquía de Leyes
Hans Kelsen es considerado como el padre del positivismo jurídico. Según esta corriente el Derecho es una obra que proviene del Estado, ya que éste es el único facultado mediante una norma primigenia constitucional para el diseño del cuerpo normativo jurídico, el cual le dará forma y contenido a la regulación de la vida social.
Hans KelsenHans Kelsen fue un jurista, filósofo y político austríaco de origen judío, nació en Praga en el año de 1881 y murió en Berkeley, California, Estados Unidos en 1973.
El orden de importancia que guardan las normas jurídicas en relación con la constitución, que por considerarse ley suprema o norma hipotética fundamental (como la llama el jurista austriaco HANS KELSEN) se ubica en el grado más alto de la pirámide, es lo que constituye la jerarquía de la leyes.
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CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Máximo cuerpo normativo de nuestro sistema jurídico del cual emana todo ordenamiento legal ya sea federal o local. Contiene los principios y objetivos de la nación. Establece la existencia de órganos de autoridad, sus facultades y limitaciones, así como los derechos de los individuos y las vías para hacerlos efectivos.
La teoría jurídica mexicana divide el estudio de la Constitución en dos grandes partes: la dogmática, que incluye las garantías o derechos individuales; y, la pragmática, que establece: 1) la estructura, funcionamiento, y facultades de los poderes federales y locales; 2) los principios que rigen a la nación y Estado mexicanos; 3) prevenciones generales y complementarias; y, 4) disposiciones transitorias. Se le denomina también carta magna, carta fundamental, pacto federal o ley fundamental. La que actualmente nos rige fue promulgada el 5 de febrero de 1917, contiene 136 artículos y 19 transitorios.
TRATADOS INTERNACIONALES
Por tratados celebrados por México, debe entenderse cualquier "acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular" (artículo 2, inciso a), de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969), así como aquellos celebrados entre México y organizaciones internacionales.
Se utilizan muchos nombres para designar a los tratados, aunque esto no es relevante desde el punto de vista jurídico, ya que la Convención de Viena señala “... cualquiera que sea su denominación.” Esta multiplicidad de nombres se debe a que los tratados internacionales presentan entre sí características muy diversas según la materia a que se refieren, las partes que intervienen en la celebración, la formalidad o solemnidad con que se concluyen, etc.
La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados respeta expresamente los usos de los Estados partes en lo que se refiere a la terminología acerca de los tratados al decir, en el párrafo 2º de su artículo 2: “Las disposiciones del párrafo i sobre los términos empleados en la presente Convención se entenderán sin perjuicio del empleo de esos términos o del sentido que se les pueda dar en el derecho interno de cualquier Estado”.
LEYES FEDERALES Y TRATADOS
En mayo de 1999, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció una tesis con la que modificó la interpretación sobre la jerarquía normativa que ocupan los tratados internacionales en el sistema jurídico mexicano. En esta decisión, la Suprema Corte abandonó el criterio según el cual las leyes federales y los tratados internacionales contaban con la misma jerarquía, para establecer que éstos se ubican por encima tanto de las leyes federales como de las locales.
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