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Tacha De Documentos


Enviado por   •  17 de Enero de 2012  •  1.150 Palabras (5 Páginas)  •  1.489 Visitas

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TACHA DE DOCUMENTOS-.

Cuando se habla sobre la tacha de documentos se entiende que estamos citando un medio de impugnación de un documento publico lo cual tiene como fin y objeto fundamental enervar la capacidad probatoria de dicho documento en el procedimiento judicial en el cual se pretende hacer valer dicho documento. La tacha de documentos públicos tiene como finalidad esencial anular la eficacia probatoria de tales documentos, ya sea por su falta de su veracidad en la forma extrínseca de este o porque su falsedad recaiga sobre su contenido o en su firma, este medio de defensa es muy útil debido a que su interés principal es quitar el valor y la fuerza probatoria a un documento publico que de ser admitido como prueba tendrá efectos directos en la decisión del juez de la causa. Cabe resaltar que la tacha de documentos públicos tiene por finalidad como se estableció anteriormente arriba restarle eficacia probatoria al documento mismo, mas no al acto jurídico contenido en el.

El artículo 83 de la Ley Orgánica Procesal Del Trabajo establece unas causales por la cual los documentos podrían ser tachados de falsedad del procedimiento judicial:

• Que no haya habido la intervención del funcionario público que aparezca autorizándolo, sino que la firma de este haya sido falsificada.

• Que aun cuando sea autentica la firma del funcionario publico, la que apareciere como otorgante del acto haya sido falsificada.

• Que es falsa la comparecencia del otorgante ante el funcionario publico, certificado por este, sea que el funcionario publico haya procedido maliciosamente o que se le haya sorprendido en cuanto a la identidad del otorgante.

• Que aun siendo autentica la firma del funcionario publico y cierta la comparecencia del otorgante ante aquel, el primer atribuya al segundo declaraciones que este no ha hecho; pero esta caución no podrá alegarse por el otorgante qua haya firmado al acto, ni respecto de el.

• Que aun siendo ciertas las firmas del funcionario publico y del otorgante, se hubiesen hecho, con posterioridad al otorgamiento, alteraciones materiales en el cuerpo de la escritura capaz de modificar su sentido o alcance.

• Que aún siendo ciertas las firmas del funcionario público y los otorgantes, el primero hubiese hecho constar falsamente y en fraude de la ley o perjuicio de terceros, que el acto se efectuó en fecha o lugar diferentes de los de su verdadera realización.

Hay que tener en cuenta que la tacha de falsedad de los documentos debe ser propuesta en la audiencia de juicio, el tachante deberá hacer una exposición de forma oral en la cual deberá expresar los motivos y hechos que sirvan de fundamento para así amparar la falsedad del documento, luego dentro de los dos días hábiles siguientes a que se hiciera la formulación de la tacha las partes deberán promover las pruebas que estas veneren pertinentes, sin que se admitan en algún otro momento, así mismo el juez esta en la obligación en ese momento de determinar la evacuación de las pruebas, cuyo lapso no deberá ser mayor de tres días hábiles, en la tacha de documentos la audiencia para la evacuación de las pruebas podrá ser aplazada, vencidas las horas de despacho, tantas veces como fuera indispensable para así evacuar cada una de las pruebas que se promovieron, pero el lapso nunca podrá extralimitarse de cinco días hábiles los cuales se cuentan a partir del inicio del lapso. En todo caso la sentencia definitiva se dictara el día en que culmine la evacuación de las pruebas de la tacha y comprender el pronunciamiento sobre esta. Y por

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