Taller Semana 1 Salud
Enviado por graffmore • 11 de Marzo de 2012 • 2.825 Palabras (12 Páginas) • 563 Visitas
TALLER SEMANA 1
De acuerdo a los temas ya vistos y definidos en la Semana 1 Marco conceptual y legal:
1. Concepto y cobertura
2. Sistema presupuestal
3. Coordinación del sistema presupuestal
4. Principios del sistema presupuestal
5. El Presupuesto General
6. El Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital
7. El Presupuesto de Gastos o Apropiaciones
Genere un documento que contenga un cuadro sinóptico o un resumen de los temas anteriores.
1. CONCEPTO Y COBERTURA
El presupuesto público es una herramienta fundamental para la toma de decisiones de todos los gobiernos territoriales, es a través del cual se puede dar cumplimiento a los programas de gobierno, los planes de desarrollo y en fin poder impulsar y propiciar la satisfacción de necesidades básicas de la población y el desarrollo de los territorios, de ahí la importancia de tener un conocimiento y dominio del tema para quienes tendrán relación con el sector público.
La cobertura del EOP consta de dos niveles, un primer nivel que corresponde al Presupuesto General de la Nación, compuesto por los presupuestos de los Establecimientos Públicos del orden nacional y el Presupuesto Nacional.
El Presupuesto Nacional comprende las Ramas Legislativa y Judicial, el Ministerio Público, la Contraloría General de la República, la Organización Electoral y la Rama Ejecutiva del nivel nacional, con excepción de los establecimientos públicos, las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta.
El segundo nivel incluye la fijación de metas a todo el sector público y la distribución de los excedentes financieros de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas. (Artículo 3º. EOP). Las empresas de servicios públicos domiciliarios en cuyo capital el Estado o sus entidades descentralizadas posean el 90% o más, tendrán, para efectos presupuestales, el régimen de las empresas industriales y comerciales del Estado
2. SISTEMA PRESUPUESTAL
Conjunto de herramientas que permiten programar las fuentes y alternativas de financiación la inversión pública priorizando los recursos limitados para el cumplimiento de la función básica del Estado frente al mejoramiento de la calidad de vida de sus pobladores, en especial de la población de menores recursos, de manera articulada con los programas de Gobierno y el Plan de Desarrollo. Se compone de:
MARCO FISCAL DE MEDIANO Y LARGO PLAZO instrumento con perspectiva de 10 años para la toma de decisiones fiscales en la elaboración de los presupuestos anuales, cuyo fin es identificar de manera preliminar, situaciones críticas y tendencias de comportamiento de las finanzas territoriales que puedan obstaculizar la ejecución del plan de gobierno
PLAN FINANCIERO: Instrumento de planificación y gestión financiera con base en operaciones efectivas que contempla, ingresos, gastos, déficit y su financiación. A nivel nacional es una herramienta de política macroeconómica y a nivel regional de programación presupuestal que define metas máximas de pagos, base para el Plan Operativo Anual de Inversiones y del Programa Anual de Caja.
PLAN OPERATIVO ANUAL DE INVERSIONES: señala los proyectos de inversión clasificados por sectores, órganos y programas, teniendo en cuenta el Plan de Desarrollo y el Plan Plurianual de Inversiones, identificando fuente de financiación.
EL PLAN OPERATIVO ANUAL DE INVERSIONES (POAI) indicará la inversión directa e indirecta y los proyectos a ejecutar, con indicación de los proyectos prioritarios, elaborado para el mismo período del Plan Financiero.
3. COORDINACIÓN DEL SISTEMA PRESUPUESTAL
El CONFIS es un organismo adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargado de dirigir la Política Fiscal y coordinar el Sistema Presupuestal.
El CONFIS esta integrado por el Ministro de Hacienda y Crédito Público quien lo preside, el Director del Departamento Administrativo de Planeación Nacional, el Consejero Económico de la Presidencia de la República o quien haga sus veces, los Viceministros de Hacienda, los directores de la Dirección General del Tesoro Nacional y Crédito Público y de lmpuestos y Aduanas.
Son funciones del CONFIS:
1. Aprobar, modificar y evaluar el Plan Financiero del sector Público, previa su presentación al CONPES y ordenar las medidas para su estricto cumplimiento.
2. Analizar y conceptuar sobre las implicaciones fiscales del Plan Operativo Anual de Inversiones previa presentación al CONPES.
3. Determinar las metas financieras para la elaboración del Programa Anual Mensualizado de Caja del Sector Público.
4. Aprobar y modificar, mediante resolución, los presupuestos de ingresos y gastos de las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta con el régimen de aquellas dedicadas a actividades no financieras, previas consultas con el Ministerio respectivo.
5. Las demás que establezcan la Ley orgánica de Presupuesto, sus reglamentos o las leyes anuales de presupuesto.
El Decreto No. 111 de 1996 establece que el Sistema Presupuestal esta constituido por un plan financiero, por un Plan Operativo Anual de Inversiones y por el Presupuesto Anual de la Nación.
El cumplimiento de las funciones mencionadas requiere de la existencia de la oficina de los asesores del CONFIS cuyo principal objetivo es brindar los insumos necesarios para la toma de decisiones de política fiscal.
Para llevar a cabo esta función, la oficina de asesores del CONFIS debe tener como actividad principal el seguimiento, evaluación y proyección de las cifras fiscales de los sectores de Gobierno Nacional Central, Seguridad Social, Eléctrico, Telecom, EPM, ETB, EMCALI, ECOPETROL, Fondo Nacional del Café, Regionales y locales y Resto de Entidades (SENA, ICBF, INVIAS, FERROVIAS).
4. PRINCIPIOS DEL SISTEMA PRESUPUESTAL
Planificación
El Presupuesto General de la Nación deberá guardar concordancia con los contenidos del Plan Nacional de Desarrollo, del Plan Nacional de Inversiones, del Plan Financiero y del Plan Operativo Anual de Inversiones. (L. 38/89, art. 9; L. 179/94, art.5) (Art. 13, Decreto 111/96)
Anualidad
El año fiscal comienza el 1o. de enero y termina el 31 de diciembre de cada año. Después del 31 de diciembre no podrán asumirse compromisos con cargo a las apropiaciones del año fiscal que se cierra en esa fecha y los
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