Tecnica Para Elaboracion De Normas Juridicas
Enviado por astridrodriguez • 2 de Marzo de 2014 • 2.910 Palabras (12 Páginas) • 618 Visitas
e los siguientes problemas: vigencia, interpretación, integración y conflictos de leyes, tanto temporales como territoriales.
3. ACTIVIDAD JURISDICCIONAL.
En nuestra legislación es poco frecuente utilizar el término técnica jurídica, sino que el de actividad jurisdiccional, y en la legislación latinoamericana, incluyendo la nuestra; el concepto jurisdiccional tiene varios significados, entre ellos: jerarquía, ámbito territorial, sinónimo de competencia; autoridad de ciertos órganos del Estado y la función adecuada que es la aplicación de la ley.
“La función pública, realizada por órganos competentes del Estado, con las formas requeridas por la ley, en virtud de la cual, por acto de juicio, se determina el derecho de las partes, con el objeto de dirimir sus conflictos y controversias de relevancia jurídica, mediante decisiones con autoridad de cosa juzgada, eventualmente factibles de ejecución”
4. PROCESO.
“La técnica jurídica o actividad jurisdiccional se lleva acabo a través de un proceso, previamente establecido en la ley para cada clase de conflictos, que se sometan a la autoridad jurisdiccional.” El proceso tiene los siguientes pasos:
4.1 INICIACION
El proceso se inicia de oficia, por lo general en los procesos penales, con algunas excepciones. Además se inicia también a solicitud de parte en procesos civiles, mercantiles, laborales, delitos de acción privada, otros.
4.2. CONOCIMIENTO A LA CONTRAPARTE.
Iniciando el proceso se pone en conocimiento de la contraparte, por medio de la notificación, el emplazamiento o la indagatoria. Quien en ese momento inicia su defensa; allanándose a la demanda, aceptando, contestando negativamente, contrademandando, negando los hechos que se le imputan o bien interponiendo excepciones.
4.3. PERIODO DE PRUEBA.
Es el momento procesal en que las partes, el acusado y el acusador, en el proceso penal, actor y demandado, en los demás procesos debe tienen que probar sus afirmaciones, para lo cual se asigna determinado número de días.
4.4. SENTENCIA.
Se hace un resumen de todo el proceso, se analiza la prueba rendida conforme a derecho y se dicta la sentencia que puede ser: declarativa, condenatoria, absolutoria, constitutiva etc.
4.5. APELACION Y CONSULTA.
La segunda instancia se inicia por la apelación, inconformidad de una de la s partes o bien en consulta, en materia panal, cuando no hay apelación, en donde se dicta también sentencia que puede ser: confirmando, modificando o revocando la sentencia de primer grado.
4.6. CASACION
Recurso extraordinario que puede interponerse en materia civil y mercantil en los juicios ordinarios y en los juicios penales para que resuelva la Corte Suprema de Justicia.
4.7. COSA JUZGADA.
Agotados los recursos, la sentencia queda firme y el mismo caso no puede volverse a discutir.
5. TÉCNICA JURÍDICA LEGISLATIVA
“Toda obra humana, en especial la parlamentaria, requiere para su perfecta realización, el empleo de medios determinados por la ciencia, reglas técnicas pertinentes, para obtener el resultado previsto; estas reglas se refieren a los medios o al cómo de la acción y no a los fines de ésta y en el ámbito de la acción parlamentaria, estas pautas específicas constituyen la técnica jurídica legislativa, que procura que los actos emanados del Poder Legislativo reúnan las características: vigencia, aplicabilidad, eficacia y conveniencia.”
La vigencia requiere el acatamiento de determinadas reglas en las etapas de preparación y emisión de la voluntad legislativa; la aplicabilidad exige tener presente normas referidas a la publicación y difusión de los actos y tanto la eficacia como la conveniencia, exigen el cumplimiento de preceptos referidos principalmente al contenido y forma del proyecto.
Teniendo en cuenta lo expuesto, se advierte la división de la técnica legislativa en externa e interna.
5.1 TÉCNICA JURIDICA LEGISLATIVA EXTERNA:
“El proceso jurídico legislativo no constituye una unidad sólida e indivisible, sino una serie de etapas interconexas” ; las distintas alternativas a las que está sujeto el trámite parlamentario constituyen la técnica jurídica legislativa externa, es decir, abarca las reglas referidas a la preparación, emisión y publicación de los actos legislativos (trámite parlamentario).
5.2 TÉCNICA JURIDICA LEGISLATIVA INTERNA:
Comprende el análisis de la forma y el contenido del proyecto. En el primer caso, abarca las reglas que pretenden dar al contenido del mismo una estructura técnica, con el objeto de lograr coherencia, claridad y orden, en cuanto al contenido u objeto, se refiere a las normas jurídicas generales que en virtud al mismo se crean, modifican o extinguen, comprende, entonces, dos aspectos:
5.2.1. Formal:
Estructura: Comprende la conformación del proyecto legislativo (según los lineamientos de la técnica jurídica legislativa), su agrupamiento temático y la división en artículos y en su caso, en secciones, capítulos, etc. y la confección de los fundamentos o exposición de motivos que, si bien no forman parte del proyecto, son de vital importancia, pues contribuyen a la comprensión del mismo.
Redacción del proyecto: es el conjunto de exigencias técnicas que se requieren en cuanto a su vocabulario o terminología, giros verbales empleados, sintaxis, ortografía y estilo.
5.2.2. Material:
Lógica normativa: A través de ella se intenta evitar que el proyecto se vea afectado por incoherencias normativas, es decir, contradicciones, lagunas, redundancias, tanto cuando es considerado en forma aislada (aspecto estático), como cuando pasa a incorporarse a un sistema normativo más amplio (aspecto dinámico).
El derecho tiene carácter sistemático, es decir, conforma un conjunto de normas que ordenan o prohíben ciertas conductas regidas por una serie de reglas lógicas que le otorgan o debieran otorgar coherencia, completitud, e independencia y no un mero conglomerado desordenado de normas.
Los problemas que desde el punto de vista lógico pueden presentar los proyectos, tanto en su aspecto estático, es decir, considerado en forma separada y aislada son contradicciones, lagunas, redundancias, así como en su aspecto dinámico, que alude a la forma en que ese proyecto va a impactar en un sistema normativo más amplio, siendo la promulgación, modificación y derogación.
6. ASPECTO
...