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Tema: Alegatos del actor


Enviado por   •  8 de Mayo de 2016  •  Apuntes  •  505 Palabras (3 Páginas)  •  149 Visitas

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EXPEDIENTE. 50901/2016

C. JACOBO MONTERO PEREZ

VS

C. ANGELICA GUZMAN ROMERO.

JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL

C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DE LO MERCANTIL DEL PRIMER DISTRITO

JUDICIAL DEL ESTADO DE CAMPECHE.

P R E S E N T E.

C. JACOBO MONTERO PEREZ, con la personalidad que tenga debidamente acreditada en autos dentro del expediente que al rubro se indica con generales conocidos en el mismo.

Ante usted con el debido respeto compadezco y expongo:

Que vengo por medio del presente escrito, con copia simple de ley a formular alegatos.

A N T E C E D E N T E S:

  1. Mediante escrito de fecha 26 de abril del 2016, la parte actora interpuso demanda en contra de la C. ANGELICA GUZMAN ROMERO, reclamando como prestaciones la cantidad en el pagaré de $8,000 (OCHO MIL PESOS 00/100 M. N.), intereses moratorio por la cantidad $1,200.00 (MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100 M. N), levantamiento de protesto y El pago de los gastos y costos con motivo de la tramitación del presente juicio.
  2. Emplazada que fue debidamente la parte demandada en este asunto, produjo su contestación confesando los hechos I y II por lo que respecto a I no existe controversia alguna. La demandada negó los hechos I, porque según la C. ANGELICA GUZMAN ROMERO, de cierta manera el pago sí son los $8,000.00 (OCHO MIL PESOS 00/100 M. N.) más en los intereses pactados en el documento base de la acción fueron alterados, prueba que no acredito.

  1. Abierto que fue el periodo probatorio, dentro del término legal la parte actora, única oferente, ofreció las siguientes probanzas: La Confesional a cargo de la demandada C. ANGELICA GUZMAN ROMERO; La documental consistente en el documento base de la acción, la instrumental de Actuaciones y la Presuncional legal y humana. Por su parte, la  no ofreció ni rindió prueba alguna en este juicio, por lo que las afirmaciones que realizó al contestar los hechos de la demanda no fueron acreditadas.
  1. Ahora bien, la acción ejercida en este asunto quedó debidamente acreditada con los siguientes elementos probatorios:

 Con la confesional a cargo de la demandada C. ANGELICA GUZMAN ROMERO, quien al contestar las posiciones expresamente confesó 2.- Con la documental consistente en la copia certificada del pagaré la cual hace prueba plena en términos de ley por tratarse de un instrumento de carácter público, por lo que quedó debidamente demostrado; 3.- Con la documental consistente en la copia certificada , la cual hace prueba plena en términos de ley por tratarse de un instrumento de carácter público y con la cual se acreditó.

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