Teoria De Ficcion
Enviado por damiangarciafran • 15 de Noviembre de 2013 • 527 Palabras (3 Páginas) • 1.300 Visitas
Acepciones Del Derecho
Acepciones Del Derecho
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Enviado por: Christopher 13 mayo 2011
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re en sus relaciones con el mundo y consigo mismo, una unidad individual de relaciones sociales.
Las tres últimas acepciones se refieren al ser humano como persona, o sea, que identifican al hombre con la persona.
TEORIAS JURIDICAS EXPLICATIVAS DE LA PERSONALIDAD.
Se pueden agrupar en tres: las teorías de la ficción, las teorías realistas y las teorías puramente jurídicas, entre las que destacan las de Ferrara y Kelsen.
Teoría de la ficción.
La teoría jurídica llamada de la ficción, pretende explicar la naturaleza de la personalidad colectica partiendo de que la única persona real es el hombre, por ser la única susceptible de querer, de tener voluntad, origen y fundamento de los derechos subjetivos, careciendo los entes sociales de voluntad.
Para esta teoría, las personas morales o colectivas no son algo real, sino tan solo una ficción legal, pues los seres humanos son los únicos susceptibles de tener una voluntad y ser capaces de derechos subjetivos y obligaciones.
Teorías realistas.
En estas teorías existe una semejanza, con la teoría de la ficción, se identifica la personalidad con su soporte material. Para la teoría de la ficción el ser humano es único soporte real y para las teorías realistas además del ser humano lo es el ente colectivo.
Como consecuencia, las teorías de la ficción y las realistas se semejan en existencia de la voluntad y se distinguen en que mientras que para la teoría de la ficción, la personalidad de los entes colectivos es un “don de la ley”, para las teorías realistas es un reconocimiento que existe obligación de dar, pues la ley no crea las personas colectivas, se concreta reconocerles capacidad jurídica cuando estos seres se presentan con una voluntad real en el campo de las relaciones jurídicas.
Teoría de Francisco Ferrara.
La antinomia al parecer irreductible entre las teorías de la ficción y las realistas fue, sin embargo, superada en las teorías jurídicas de Francisco Ferrara y Hans Kelsen.
Francisco Ferrara hace la exposi
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ción y crítica de las teorías que sobre la personalidad se habían expuesto reconociendo
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