Teoria General De La Norma Juridica
yorche4 de Diciembre de 2012
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TEORÍA DE LA NORMA JURÍDICA
CAPÍTULO 1: CIENCIAS DE LA CONDUCTA
1. LA PERSONA HUMANA
El hombre es el sujeto natural de la moral, dotado de capacidad,
puede discernir acerca del bien y del mal y obrar de acuerdo con la
connotación que significa “ser persona”. Poseemos la facultad de
reflexión. El hombre es también un ser para la comunicación, es la
materia y el espíritu unidos hasta el advenimiento de la muerte, un ser
moral por eminencia.
Bueno es aquello que puede perfeccionar a un ser, siendo por lo tanto
apetecible y deseable para él. El bien moral se entiende como el valor
supremo que perfecciona la personalidad humana en su centro y en su
totalidad.
2. LA CONCIENCIA
La conciencia es una facultad característica de la persona.
Etimológicamente es “conciencia de sí mismo”. La conciencia es
“saberse” y poder evaluarse con alguna escala de valores. La
conciencia moral permite discernir entre el bien y el mal; y la
conciencia psíquica es sobre el propio yo como sujeto de las
vivencias. Conciencia moral constituye la puerta de ingreso a lo que
denominamos “vida interior” tales como el arrepentimiento, el
remordimiento, la satisfacción por las buenas acciones.
La sindéresis es explicada por Santo Tomas de Aquino como “el
habitus” de los principios prácticos superiores ya que gracias a esta
posibilidad se conocen los mandatos de la ley divina.
3. INDIVIDUALIDAD Y SOCIABILIDAD
El temperamento parece presentar un origen fundamentalmente
genético. El carácter se va moldeando poco a poco. Se trata de otra
fase de la personalidad que se moldea a lo largo de toda la vida.
La indigencia humana explica y funda la sociabilidad. La sociabilidad
es un impulso para lograr el crecimiento, no únicamente biológico sino
plenario.
El hombre necesita de los otros, por lo mismo está dotado de esencial
relación de la comunidad. Esa comunidad es la unión de todos sus
elementos humanos.
El fundamento del Derecho, se encuentra en la ordenación de la
persona a desarrollar su ser de hombre, cosa que sólo puede
realizarse por la convivencia y colaboración social. De aquí derivan los
principios de la solidaridad y colaboración.
4. EL OBRAR HUMANO Y EL HACER HUMANO
Las normas refieren al “obrar”, mientras que las reglas tienden a mirar
hacia el “hacer”. Tanto las normas como las reglas técnicas, rigen la
actividad humana. La norma de conducta, es por esencia violable, esto
se refiere al orden de su eficacia.
El hacer humano se rige o bien por las reglas técnicas o bien que
expresan una relación de necesidad física o de necesidad lógica.
Las normas se refieren al obrar mientras que las reglas técnicas al
hacer. El obrar humano constituye el objeto propio regido por las
normas, las que representan reglas imperativas que expresan un
deber, precisamente porque están fundadas para el bien.
El hacer humano, está regulado por el Derecho y la Moral. El hacer
humano es entendido por la escolástica como el “bien útil” y este debe
encontrarse subordinado al “bien honesto”.
5. UBICACIÓN DE LO JURÍDICO EN LA DIMENSIÓN DE LO EXISTENTE
Recaséns Siches: “El cosmos es el conjunto de todo cuanto hay, el
conjunto de las cosas reales externas, las que se dan en la intimidad,
las fantásticas, las ideales, las transreales, cuantos otros tipos de
cosas puede haber, y, desde luego también nosotros mismos, que de
alguna manera, componemos el universo, el Derecho no pertenece a
la naturaleza física ni tampoco a la psíquica, centra su atención en lo
que denomina seres ideales. El Derecho se encuentra en el mundo de
los valores”
El estudio de los valores lo lleva a cabo la axiología o estimativa. Los
valores responden a objetivos de pensamiento que no pueden
caracterizarse por ser, como objetos reales. La realidad del valor es
por tanto valer.
Los valores son objetivos, es decir no dependen de las preferencias
individuales. También poco son ontológicamente independientes sino
que son adherentes a otras realidades. Por eso los valores hacen
siempre referencia al ser y son expresados como predicaciones del
ser. También en los valores se encuentra la polaridad. La polaridad se
descubre en el desdoblamiento de cada cosa Valente en un aspecto
positivo y otro negativo. El negativo es denominado con frecuencia
“disvalor” o “antivalor”.
Un valor significa de acuerdo con el padre Kolvenbach, “Literalmente,
algo que tiene un precio, que es precioso, que vale la pena y por lo
que el hombre está dispuesto a sufrir y sacrificarse, ya que le da una
razón para vivir, y, si es necesario, aún para morir”
Los valores proporcionan motivos. Los valores ante todo están
anclados en la mente, también están arraigados al corazón. Cuando la
mente y el corazón están comprometidos, entonces, toda persona se
compromete.
El hombre en tanto persona, es sujeto de intelección, se puede
apoderar inmaterialmente de la realidad- Ego Cogo. Es también
característica de la persona, su capacidad de decisión y de
autodeterminación- Ego Volo. El hombre es un ser de acción en
cuanto vive en comunidad y para ella-Ego Ago.
Recaséns: El Derecho es “la vida humana objetivada”. Coloca al
Derecho en el campo de los valores, especialmente en el de los
valores sociales.
Virtud ha significado cualquier capacidad o excelencia que pertenezca
al ser, capacidad o potencia propia del hombre, que se refiera al
perfeccionamiento de índole moral.
Aristóteles señalaba que las virtudes dianoéticas, se refieren a la parte
intelectual del hombre, en tanto que las éticas o propiamente morales
y/o cardinales, se refieren a aquella parte del alma, que sin residir en
la razón, si puede y debe obedecerla. Las virtudes dianoéticas son el
arte, la ciencia, la cordura, la sabiduría y el entendimiento.
6. LOS FINES DEL DERECHO
Entendido como el orden normativo al servicio de la sociedad y de sus
componentes humanos, hacen alusión directa y necesaria a los
valores, universo en que se sitúa el propio Derecho.
El Bien Común se integra por elementos espirituales y materiales que
es específicamente diferente de cada uno de los bienes individuales.
La justicia es una necesidad mínima que precisa la persona humana.
Seguridad jurídica es un valor y fin muy importante del Derecho que se
desarrolla y subordina a la justicia. Está se entiende en lo que se
denomina “Estado de Derecho”, en donde el conjunto de
prescripciones que derivan de las normas reunidas y de modo
jerárquico, organizadas, permiten a cada uno saber a qué atenerse.
El dinero no se encuentra en la realidad económica porque es un
invento del hombre. Es objeto del comercio bancario y vale los bienes
que con él se compran.
La teoría general de la norma jurídica es entendida como el conjunto
de prescripciones, que por su contenido y por su forma lógica y de
comunicación, se expresan adecuadamente con la mira de que el
Derecho, consiga de modo creciente, cualitativa y cuantitativamente,
sus fines.
7. LA FUNCIÓN DEL DERECHO
El derecho es uno de los conjuntos teóricos terminológicamente más
confusos, lo que ha hecho que gran parte de las discusiones jurídicas
se motiven en él. El Derecho debe ser visto como un factor
organizador. La función del Derecho, será la de contribuir efectiva y
necesariamente a que se consiga y consolide el conjunto de todos los
supuestos y organizaciones públicos y privados, a fin de que todos los
hombres desde la posición y función que ocupan en la sociedad,
cumplan con su destino material y moral. El Derecho revise una
función que debe encaminarse a facilitar la consecución del “Bien
Común”, en tanto que esté es universal.
8. RESPONSABILIDAD Y SANCIÓN
La inteligencia, la capacidad de autodeterminación y ejecución, los que
conducen a la imputación y a la responsabilidad. La imputación hace
referencia a la atribución objetiva del agente de sus actos deliberados
así como de las consecuencias que de ellos se engendren.
La responsabilidad se despliega en tres vértices: La Conciencia, La
Sociedad y Dios. El sujeto de la responsabilidad es la persona capaz
de acción moral y de acción jurídica.
La imputabilidad sólo se predica cuando se origina el conocimiento y la
libre decisión.
La responsabilidad es graduable, es signo indudable de la grandeza
humana, de su elevado rango en el universo, en fin de su participación
en la naturaleza de Dios.
La sanción es parte importante del orden natural que se sustenta
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