Teoría Del Derecho Cuestionario Leccion 2
Enviado por Dani1909 • 19 de Octubre de 2013 • 600 Palabras (3 Páginas) • 529 Visitas
CUESTIONARIO LECCIÓN 2. DERECHO Y SOCIEDAD
1. Qué significan expresiones o aformismos como “hominum causa omne ius constitutum est” o “Ubi societas, ibi ius”.
- El aformismo “hominum causa omne ius constitutum est” quiere decir que por causa del hombre existe el derecho; mientras que el “ubi sociestas, ibi ius” significa que allí donde hay sociedad, hay derecho. Son aforismos clásicos mil veces repetidos para sostener, primero, que el Derecho es un fenómeno humano o exclusivamente humano; y segundo, que resulta consustancial a toda sociedad, que no es posible concebir una sociedad sin Derecho.
2. Señale algunos datos que pongan en duda el carácter exclusivamente humano del derecho.
- El Derecho puede ser concebido como un artificio, una construcción humana de carácter histórico que responde a variables intereses y necesidades. Hay quien sostiene que también en el mundo animal, siquiera entre las especies más cercanas al hombre, se registran patrones de comportamiento prejurídicos de manera que el Derecho ya no sería hominum causa exclusivamente. Además, Ulpiano, dijo que el Derecho natural era lo que la naturaleza enseña a todos los animales por lo que el Derecho sería una realidad de origen no necesariamente humano.
3. Qué es lo que hace necesaria la existencia del derecho.
- La normatividad jurídica nace de la sociedad y se explica por ciertas peculiaridades que presenta la vida del hombre en sociedad. Para Russell, tal necesidad del Derecho reside en que el hombre es un animal semigregario; si fuese totalmente gregario todas sus acciones vendrían determinadas por un código genético, y si fuera totalmente individualista o carente de alteridad, su comportamiento nunca entraría en conflicto con el de otras personas; y en ambos no sería precisa la existencia de normas. Por otra parte, Hart llama la atención sobre ciertas condiciones o circunstancias que de hecho caracterizan a la vida del hombre en sociedad y que explicarían la necesidad de contar con algún tipo de normas.
4. Diría que en las sociedades primitivas hay derecho. Razone la respuesta.
- Si nos conformamos con un concepto algo más elemental o modesto, en el que lo fundamental sea la mera existencia de algunas normas de conducta respaldadas por la fuerza, tal vez nos resulte díficil indicar algún grupo social que haya carecido por completo de un cierto orden jurídico. Las normas de conducta y sanciones coactivas parecen formar parte de toda experiencia social; pero si tenemos en cuenta la existencia de fórmulas para resolver conflictos mediante la intervención de un tercero, la presencia de policías y jueces, el establecimiento de una legislatura encargada de crear las normas… Se podría decir que las sociedades primitivas carecían de Derecho (carecían de tal grado de institucionalización) puesto que son elementos accidentales
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