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Testimonial


Enviado por   •  24 de Marzo de 2014  •  802 Palabras (4 Páginas)  •  456 Visitas

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TESTIMONIAL A CARGO DE: ALBERTO SANCHEZ MEDINA, quien menciona que si conoce a Juan Antonio Oyarzun Solís y a José Alejandro Contreras Duran, aproximadamente desde hace dos años ya que trabajaron juntos en la empresa HERGO SOLUCIONES EMPRESARIALES, S.A DE C.V., que se ubica en Avenida Tecnológico No. 100, interior 501, San Ángel, así mismo se menciona que recuerda que trabajaron hasta principios de septiembre de dos mil once, desarrollando obligaciones como presentar reportes semanales, con un horario de nueve de la mañana a dos de la tarde y de cuatro a siete, se encontraron algunos correos de GRUPO EXCELL en los cuales se ofrecían los mismos servicios a menor porcentaje más baratos.

TESTIMONIAL A CARGO DE: ARTURO OLIVER FUENTES, quien menciona que si conoce a Juan Antonio Oyarzun Solís y a José Alejandro Contreras Duran, aproximadamente desde hace dos años ya que trabajaron juntos en la empresa HERGO SOLUCIONES EMPRESARIALES, S.A DE C.V., que se ubica en Avenida Tecnológico No. 100, interior 501, San Ángel, así mismo se menciona que recuerda que trabajaron hasta principios de septiembre de dos mil once, eran promotores con un horario de nueve de la mañana a dos de la tarde y de cuatro a siete así mismo menciona que dejaron de laborar por que se fueron a la competencia ya que les ofrecieron un mejor salario.

Fundamento Legal: Arts. 813 y 814 de la Testimonial, requisitos con los cuales se cumple las anteriores testimoniales.

Las respuestas de los dos testigos, algunas coinciden, en otras respuestas cambian términos en tiempo.

Tacha de falsos a los testigos, el Apoderado Legal de la parte actora, toda vez que no se acreditan ni testifican circunstancias, de modo, tiempo y lugar e incluso resultan contradictorias en algunas manifestaciones que a la contestación de los hechos dio la demandada.

VALOR PROBATORIO: NO, RAZON POR LA CUAL ANEXO DOS JURISPRUDENCIAS

PRUEBA TESTIMONIAL EN MATERIA LABORAL. LA JUNTA DEBE CITAR A LOS TESTIGOS SI SU OFERENTE MANIFIESTA LA IMPOSIBILIDAD DE QUE COMPAREZCAN VOLUNTARIAMENTE A SU DESAHOGO.

De conformidad con el artículo 780 de la Ley Federal del Trabajo, en el juicio laboral las pruebas se ofrecerán acompañadas de todos los elementos necesarios para su desahogo; por su parte, el numeral 813 prevé los requisitos que deberá cumplir quien ofrezca la prueba testimonial, señalando en su fracción II, que el oferente indicará los nombres y domicilios de los testigos, y que para el caso de que exista impedimento para presentarlos directamente, deberá solicitarse a la Junta que los cite, señalando la causa o motivo justificado que le impida presentarlos; por tanto, si el oferente de la testimonial señaló el nombre y el domicilio de sus testigos, solicitando su presentación por conducto de la Junta por no poderlos presentar directamente debido a su negativa a comparecer voluntariamente, expresando

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