Tipos De Sentencias
Enviado por negro68 • 18 de Julio de 2014 • 1.394 Palabras (6 Páginas) • 445 Visitas
TIPOS DE SENTENCIAS
MATERIA: DERECHO PROCESAL CIVIL
PROFR: LICENCIADA KARELIA HERNANDEZ ARTEAGA
ALUMNO: DANIEL SANCHEZ MEDINA
LICENCIATURA EN DERECHO
SEXTO CUATRIMESTRE
INTRODUCCION:
La palabra sentencia tiene su origen en el vocablo latino sententia que significa decisión del juez o del árbitro, en su acepción forense.
La significación gramatical de la sentencia se refiere al acto culminante dentro del proceso, cuando el juzgador, después de hacer conocido de los hechos controvertidos, de las pruebas aportadas por las partes y de las conclusiones o alegatos que ellas han formulado, se forma un criterio y produce un fallo en el que, ejercicio de la función jurisdiccional, decide lo que, en su concepto, y conforme a derecho, es procedente.
De ésta manera, la sentencia constituye, primordialmente, un juicio lógico del juzgador, es decir, que ante todo es un acto de la mente del mismo en el que, a través de un silogismo, se refleja y actualiza la actividad volitiva del Estado, llevada a cabo por medio del Órgano Legislativo y representada por una norma jurídica que puede ser material o procedimental, pero teniendo en consideración que: “Siempre es necesario para que haya esencialmente una sentencia, que se trate de declarar una relación concreta, jurídica, controvertida e incierta” (Alfredo Rocco, la sentencia civil).
El presente trabajo pretende ser una descripción sencilla de la sentencia, parte fundamental y angular de lo concerniente al Derecho Procesal; conociendo las clases de éstas, los requisitos en la forma y la ejecución de las mismas.
CONCEPTO DE SENTENCIA:
Según José Becerra Bautista, debe realizarse la definición considerando dos tipos: la sentencia en general, y la sentencia de primera instancia.
La sentencia en general, sería la resolución del órgano jurisdiccional que dirime, con fuerza vinculativa, una controversia entre partes.
Sentencia definitiva de primera instancia es la resolución formal vinculativa para las partes que pronuncia un tribunal de primer grado, al agotarse el procedimiento, dirimido los problemas adjetivos y sustantivos por ellas controvertidos, con apego al derecho vigente.
Alfredo Rocco define a la sentencia como: “El acto por el cual el Estado, por medio del órgano de la jurisdicción destinado para ello (juez), aplicando la norma al caso concreto, indica aquella norma jurídica que el derecho concede a un determinado interés”.
CLASES DE SENTENCIAS.
SENTENCIA DECLARATIVAS.
Son aquellas que sólo se concretan a expresar la existencia o inexistencia de derecho u obligaciones. El objetivo de estas sentencias es determinar con certidumbre jurisdiccional la existencia o inexistencia de derechos u obligaciones.
SENTENCIAS CONSTITUTIVAS.
Son aquellas que alteran la esfera jurídica de una persona física o moral, creando, modificando o extinguiendo un derecho u obligación.
De esta manera, si se demanda la investigación de la paternidad, la sentencia será constitutiva puesto que se creará a virtud de la sentencia la filiación natural entre padres e hijos.
SENTENCIA DE CONDENA.
Son aquellas que concluyen con la imposición a la parte demandada, y aún a la actora, cuando ha sido condenada al pago de costas o al pago de las prestaciones contenidas en la contrademanda, de una obligación de hacer, de no hacer o abstenerse, o de bien, de tolerar. Se exige una conducta, un comportamiento, al que ha de ceñirse la persona física o moral condenada.
REQUISISTOS EN LA FORMA EN LAS SENTANCIAS.
El maestro Cipriano Gómez Lara, divide la estructura de la sentencia, en cuatro consideraciones especiales referidas a estas partes de la sentencia:
PREAMBULO.
En preámbulo de toda sentencia, debe señalarse, además del lugar y de la fecha, el tribunal del que emana la resolución, los nombres de las partes, y la identificación del tipo del proceso en que se está dando la sentencia. Es decir, en el preámbulo deben vaciarse todos aquellos datos que deriva para identificar plenamente el asunto.
RESULTANDOS.
Los resultandos, son simples consideraciones de tipo históricos descriptivo. En ellos se relatan los antecedentes de todo el asunto, refiriendo la posición de cada una de las partes, sus afirmaciones, los argumentos que ha esgrimido, así como la serie de prueba que las partes han ofrecido y su mecánica de desenvolvimiento. Debe tenerse mucho cuidado en precisar que en esta parte de los resultandos, el tribunal no debe hacer ninguna consideración de tipo estimativo o
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