Titulo Supletorio
Enviado por ricardillo11 • 4 de Octubre de 2013 • 543 Palabras (3 Páginas) • 470 Visitas
CIUDADANO
JUEZ DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCANTARA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
SU DESPACHO.¬
Yo, SANTIAGO EDUARDO ABREU RIOS y NELLY ALEJANDRINA COLINA, venezolanos, solteros, titulares de la cedula de identidad Nro. V¬7.176.106 y V-9.678.995 respectivamente y domiciliados en el Municipio Francisco Linares Alcántara Estado Aragua, ante usted ocurrimos muy respetuosamente para exponer lo siguiente: Solicitamos el Titulo Supletorio de unas bienhechurías enclavadas dentro de una extensión de terreno de propiedad de la Asociación Civil Comité de Tierra Urbana del Barrio Francisco de Miranda Sector II, Según consta en documento protocolizado en el registro inmobiliario de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara, bajo el N° 23, folio 119¬125, Tomo 17, Protocolo 1°, de fecha 28-08-2005, he construido a mis propias y únicas expensas y con dinero de mi propio peculio, unas bienhechurías constituidas por una casa de habitación familiar que se encuentra dividida ambientalmente de la siguiente manera: TRES (3) habitaciones, UN (1) baño con paredes y piso de cerámica, Una (1) cocina con muebles en concreto y cerámica, Una (1) Sala ¬comedor, paredes de bloque, piso de cemento, techo de acerolit y totalmente cercada y dotada de todos los servicios básicos, instalaciones sanitarias, aguas negras, aguas blancas y energía eléctrica, siendo su área de terreno ciento veinticinco metros cuadrados con cuarenta centímetros cuadrados (125,40 Mts cuadrados), y, su área de construcción es de noventa y nueve metros cuadrados con dieciocho centímetros cuadrados (99,18 Mts. cuadrados). Bienhechuría ubicada en la Calle Piar casa asignada con el Nº 43-A, código catastral Nº 051702U01073016028000000000, del Barrio Francisco de Miranda II del Municipio Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua. Sus linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Henry Henríquez; SUR: Casa
que es o fue de Enrique Matos; ESTE: Casa Nro. 43-B de Yajaira Thibisay Abreu Ríos y OESTE: con la casa Nro. 43 de Santiago Abreu Rodríguez y Petra Antonia Ríos de Abreu cruce con callejón Abreu que es su frente. Ahora bien ciudadano Juez como no poseemos título alguno que nos acredite la posesión y propiedad alguna de las mencionadas bienhechurías, es por lo que ocurrimos ante usted, para que se sirva interrogar a los testigos que oportunamente presentare, acerca de los particulares siguientes: PRIMERO: Si nos conocen, suficientemente de vista, trato y comunicación desde hace mucho tiempo. SEGUNDO: Si por ese conocimiento que dicen tener de nosotros saben y les constan que hemos sido las únicas personas que hemos pagado tanto los materiales como la mano de obra de las bienhechurías antes descritas. TERCERO: Que digan los testigos como es cierto y les consta que las bienhechurías antes descritas, tienen un valor aproximado de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,00),
...